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Bonificaciones autonómicas

Bonificaciones del autónomo en Andalucía

Programas vigentes de fomento al autoempleo en Andalucía. Complementan las bonificaciones nacionales de la TGSS. Se solicitan en el portal autonómico y se reciben como subvención.

En detalle

Cuota Cero Andalucía 2026

Norma reguladora: Orden de 29 de junio de 2023, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOJA). Convocatoria vigente: Resolución de 22 de diciembre de 2023 de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, prorrogada para 2026. Plazo de solicitud: del 2 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2026.

Qué es la Cuota Cero andaluza

La Junta de Andalucía reembolsa al nuevo autónomo el 100 % de la cuota reducida estatal que ya está pagando por acogerse a la tarifa plana de la TGSS (en torno a 87,15 €/mes (cifra 2025, revisable anualmente) en 2026). El esquema funciona como un complemento autonómico: el autónomo abona la cuota a la Seguridad Social y, posteriormente, la Junta le devuelve esa cantidad como subvención.

No es una exención de cotizar (la cuota se paga primero y se recupera después). Tampoco es una rebaja sobre la cuota completa del tramo: el reembolso aplica únicamente sobre la cantidad efectivamente abonada bajo tarifa plana estatal.

Importe y duración

  • Primer año (12 meses): reembolso íntegro de la cuota reducida estatal, equivalente a unos 960 € anuales (80 € × 12) en 2026.
  • Segundo año (otros 12 meses): prórroga del reembolso si los rendimientos netos del primer ejercicio se sitúan por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (15.876 € anuales en 2025; pendiente de actualización SMI 2026).

Total potencial: hasta 24 meses sin coste neto de cotización para el autónomo cuyos rendimientos no superen el SMI.

Requisitos para acceder

  • Alta inicial en el RETA desde 2023 o reincorporación tras al menos dos años sin estar de alta.
  • Estar disfrutando o haber disfrutado de la tarifa plana estatal de la TGSS.
  • Domicilio fiscal y centro de actividad principal en Andalucía.
  • Mantener el alta de forma ininterrumpida durante el período de la ayuda.
  • No haber sido beneficiario previo de la Cuota Cero por el mismo período.

Cómo solicitarla

La Junta ha automatizado el proceso mediante un sistema basado en robotización e inteligencia artificial que verifica el cumplimiento de los requisitos sin necesidad de aportar documentación adicional. La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Junta de Andalucía:

  1. Acceso con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico.
  2. Selección del trámite "Subvenciones para el fomento del trabajo autónomo. Línea 1: Cuota Cero".
  3. Cumplimentación de los datos básicos del solicitante; el sistema cruza automáticamente la información con la TGSS y la AEAT.
  4. Notificación electrónica de la resolución y abono en la cuenta bancaria designada.

Caso numérico

Una autónoma que se da de alta en marzo de 2026 y se acoge a la tarifa plana estatal:

  • Abona a la TGSS 80 €/mes durante 12 meses = 960 € en el primer año.
  • La Junta le reembolsa los 960 €. Coste neto del primer año: 0 €.
  • Si en su declaración de la renta 2026 sus rendimientos netos quedan por debajo del SMI, se prorroga 12 meses más → 24 meses con coste neto cero.

Frente al autónomo que no solicita la ayuda y paga la tarifa plana sin reembolso, el ahorro acumulado a 24 meses asciende a 1.920 €.

Compatibilidad con la tarifa plana estatal

La Cuota Cero andaluza es compatible y dependiente de la tarifa plana de la TGSS: no la sustituye, la complementa. El autónomo debe primero acogerse a la tarifa plana estatal (87,15 €/mes (cifra 2025, revisable anualmente) los primeros 12 meses, prorrogables) y, sobre esa cuota efectivamente pagada, la Junta interviene con el reembolso.

No es acumulable con otras bonificaciones autonómicas de la propia Junta para la misma cotización.

Errores frecuentes que invalidan la solicitud

  • No haberse acogido a la tarifa plana estatal antes (la TGSS la marca de oficio para la mayoría de altas iniciales, pero conviene verificarlo en Importass).
  • Domicilio fiscal fuera de Andalucía aunque la actividad se desarrolle parcialmente en la comunidad.
  • Bajas y altas sucesivas que rompan la continuidad mínima exigida (12 meses ininterrumpidos para acceder a la prórroga).
  • Rendimientos netos del primer ejercicio por encima del SMI cuando se solicita la prórroga al segundo año.
  • Solicitudes fuera del plazo del 30 de septiembre de 2026 (la convocatoria es de presupuesto agotable).

Dónde se publica

  • BOJA — Boletín Oficial de la Junta de Andalucía: https://www.juntadeandalucia.es/boja
  • Ficha oficial del trámite: Subvenciones Línea 1: Cuota Cero
  • Sede electrónica: Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

Fuentes

  • Orden de 29 de junio de 2023, Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo (BOJA).
  • Resolución de 22 de diciembre de 2023 de la Dirección General de Trabajo Autónomo.
  • Página oficial Cuota Cero — Junta de Andalucía

Última revisión: 2026-05-26.

Relacionado

  • Ficha completa de Andalucía con datos de autónomos y régimen fiscal.
  • Catálogo de bonificaciones nacionales.
  • Mapa de bonificaciones autonómicas en España.

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Las cuantías concretas de cada bonificación autonómica cambian por convocatoria. Para el dato exacto vigente en tu caso, consulta el boletín oficial y el portal de empleo de Andalucía citados arriba.