Bonificaciones autonómicas
Programas vigentes de fomento al autoempleo en Andalucía. Complementan las bonificaciones nacionales de la TGSS. Se solicitan en el portal autonómico y se reciben como subvención.
Norma reguladora: Orden de 29 de junio de 2023, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras (BOJA). Convocatoria vigente: Resolución de 22 de diciembre de 2023 de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, prorrogada para 2026. Plazo de solicitud: del 2 de enero de 2024 al 30 de septiembre de 2026.
La Junta de Andalucía reembolsa al nuevo autónomo el 100 % de la cuota reducida estatal que ya está pagando por acogerse a la tarifa plana de la TGSS (en torno a 87,15 €/mes (cifra 2025, revisable anualmente) en 2026). El esquema funciona como un complemento autonómico: el autónomo abona la cuota a la Seguridad Social y, posteriormente, la Junta le devuelve esa cantidad como subvención.
No es una exención de cotizar (la cuota se paga primero y se recupera después). Tampoco es una rebaja sobre la cuota completa del tramo: el reembolso aplica únicamente sobre la cantidad efectivamente abonada bajo tarifa plana estatal.
Total potencial: hasta 24 meses sin coste neto de cotización para el autónomo cuyos rendimientos no superen el SMI.
La Junta ha automatizado el proceso mediante un sistema basado en robotización e inteligencia artificial que verifica el cumplimiento de los requisitos sin necesidad de aportar documentación adicional. La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Junta de Andalucía:
Una autónoma que se da de alta en marzo de 2026 y se acoge a la tarifa plana estatal:
Frente al autónomo que no solicita la ayuda y paga la tarifa plana sin reembolso, el ahorro acumulado a 24 meses asciende a 1.920 €.
La Cuota Cero andaluza es compatible y dependiente de la tarifa plana de la TGSS: no la sustituye, la complementa. El autónomo debe primero acogerse a la tarifa plana estatal (87,15 €/mes (cifra 2025, revisable anualmente) los primeros 12 meses, prorrogables) y, sobre esa cuota efectivamente pagada, la Junta interviene con el reembolso.
No es acumulable con otras bonificaciones autonómicas de la propia Junta para la misma cotización.
Última revisión: 2026-05-26.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes