Bonificación del autónomo
Bonificación nacional. Vigente desde 1 de enero de 2008.
Vigente desde: 1 de enero de 2023, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización. Norma: Artículo 38 ter LETA, modificado por el Real Decreto-ley 13/2022. BOE: BOE-A-2022-12482.
Cuota reducida adicional para autónomos varones menores de 30 años y mujeres menores de 35 años que se incorporan al RETA. Funciona como prórroga de 12 meses adicionales sobre la tarifa plana general una vez agotada esta, siempre que en el primer ejercicio los rendimientos netos hayan quedado por debajo del SMI anual. El objetivo es reforzar el emprendimiento juvenil en el primer ciclo de actividad económica.
A diferencia de la tarifa plana general, el género femenino amplía el umbral de edad hasta los 35 años, alineándose con la política comunitaria de promoción del autoempleo femenino y con las series de afiliación MITES, donde el peso de la mujer autónoma sigue siendo estructuralmente inferior al del hombre en todos los tramos de edad.
En el régimen anterior a 2023 esta bonificación se aplicaba como reducción porcentual sobre la base mínima del Régimen General (30 % durante 12 meses adicionales). El RDL 13/2022 la unificó como cuota fija reducida, alineada con la tarifa plana, simplificando su gestión y mejorando el ahorro efectivo para perfiles de rendimientos bajos.
| Tramo de edad | Periodo bonificado | Importe |
|---|---|---|
| Hombres <30 años | Meses 13-24 tras tarifa plana | Cuota fija reducida (≈ 87,15 €/mes en 2025) |
| Mujeres <35 años | Meses 13-24 tras tarifa plana | Cuota fija reducida (≈ 87,15 €/mes en 2025) |
Total combinado con tarifa plana: 24 meses con cuota reducida, con el cumplimiento del requisito de renta del segundo año (rendimientos < SMI).
Mujer autónoma de 28 años con previsión de rendimientos netos en el tramo 4 (1.166-1.300 €/mes). Cuota mínima del tramo: ≈ 300,80 €/mes.
| Periodo | Bonificación | Cuota mensual | Ahorro mensual |
|---|---|---|---|
| Meses 1-12 (tarifa plana) | Cuota fija | ≈ 87,15 € | ≈ 213,65 € |
| Meses 13-24 (joven) | Cuota fija | ≈ 87,15 € | ≈ 213,65 € |
Ahorro acumulado 24 meses ≈ 213,65 × 24 = 5.128 €, frente a la cuota normal del tramo.
Encadenada con tarifa plana general (no simultánea). Compatible con bonificaciones autonómicas específicas para jóvenes que pueden añadir reembolso adicional:
No compatible simultáneamente con bonificación por discapacidad (se opta por la más ventajosa, que suele ser la de discapacidad por mayor duración: 60 meses vs 12 meses). Si el autónomo joven es además víctima de violencia de género o víctima del terrorismo, la bonificación reforzada del artículo 32 LETA prevalece.
¿Cuento la edad en el momento del alta o al cumplirse los 12 primeros meses? La edad relevante es la del momento del alta inicial en el RETA. Si en el mes 11 cumples 30 años (hombre) o 35 años (mujer), la prórroga sigue aplicándose porque ya causaste el alta dentro del umbral.
¿Si tengo 29 años y me doy de alta como mujer, qué umbral se aplica? Se aplica el umbral correspondiente al sexo: 30 años para hombres y 35 años para mujeres. Una mujer de 29 años puede acceder igual que una de 34, siempre que cumpla el resto de requisitos.
¿Cómo se calcula el SMI anual de referencia? El SMI vigente en el ejercicio fiscal cerrado. Para verificar los rendimientos del primer año de tarifa plana se usa el SMI publicado por el Ministerio de Trabajo: 16.576 € en 2024, actualizado anualmente vía RD que se publica en BOE.
¿Qué pasa si en el primer año supero el SMI por unos cientos de euros? La prórroga se pierde íntegramente. La TGSS no aplica proporcionalidad: o se cumple el umbral o se vuelve a cuota normal en el mes 13.
¿Puedo recuperar la bonificación si me doy de baja y vuelvo al RETA? No. La bonificación se vincula al alta inicial: la baja y reincorporación anula el cómputo. La excepción es la bonificación post-maternidad para reincorporación tras nacimiento o adopción.
Bonificacion adicional tras la tarifa plana para autonomos menores de 30 anyos (35 mujeres). Importe y duracion a verificar en articulo 38 bis de la Ley 20/2007 vigente.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes