Cuota reducida
80,00 €/mes
Bonificación del autónomo
Bonificación nacional. Vigente desde 1 de enero de 2023.
Cuota reducida
80,00 €/mes
Duración
12meses
Vigente desde: 1 de enero de 2023, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por rendimientos netos. Norma: Artículo 38 ter de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, redactado por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. BOE: BOE-A-2022-12482.
Cuota reducida y fija para el autónomo que se da de alta por primera vez en el RETA, o que no ha estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si ya disfrutó de la tarifa plana en alguna ocasión previa). Sustituye al esquema progresivo del régimen anterior por un importe único, sin importar el tramo de rendimientos netos.
La cuota concreta del ejercicio la fija la Ley de Presupuestos Generales del Estado anualmente. En 2025 fue 87,15 €/mes (LPGE 2025, BOE-A-2024-26794). La cuantía para 2026 aparece publicada en la Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296). Aplica tanto a autónomos individuales como a familiares colaboradores y a socios trabajadores de cooperativas asimilados al RETA.
| Periodo | Importe | Condición |
|---|---|---|
| Meses 1-12 | Cuota reducida del ejercicio | Automático al cumplir requisitos |
| Meses 13-24 | Cuota reducida del ejercicio | Prórroga si rendimientos netos previstos < SMI anual |
Desde el mes 25 se vuelve a la cuota normal del tramo de rendimientos. La cuota reducida se actualiza cada ejercicio en la LPGE.
Autónomo individual que se da de alta el 1 de enero de 2026 con previsión de rendimientos netos de 1.000 €/mes (tramo 3, base mínima reducida 900 €).
| Concepto | Sin tarifa plana | Con tarifa plana |
|---|---|---|
| Cuota mensual | ≈ 286,16 € | ≈ 87,15 € (revisable) |
| Cuota anual (12 meses) | ≈ 3.433,92 € | ≈ 1.045,80 € |
| Ahorro 12 meses | — | ≈ 2.388 € |
| Cuota 24 meses con prórroga | ≈ 6.867,84 € | ≈ 2.091,60 € |
| Ahorro acumulado 24 meses | — | ≈ 4.776 € |
Compatible con bonificaciones autonómicas tipo Cuota Cero o Tarifa Cero, según cada decreto autonómico. No se solapa con otras bonificaciones porcentuales nacionales mientras dura, porque la cuota ya está en importe fijo. Tras los 24 meses se puede encadenar con la bonificación joven, mujer rural o discapacidad si se cumplen sus requisitos.
Profesional liberal que se da de alta el 1 de enero de 2026 con previsión de rendimientos netos de 4.500 €/mes (tramo 12 general). Cuota normal del tramo: ≈ 590 €/mes.
| Concepto | Sin tarifa plana | Con tarifa plana |
|---|---|---|
| Cuota mensual primer año | ≈ 590 € | ≈ 87,15 € |
| Ahorro 12 meses | — | ≈ 6.034 € |
En este perfil, la prórroga del segundo año NO aplica porque los rendimientos superan el SMI. Tras el mes 12 se vuelve a cuota normal. Aún así, el ahorro del primer año compensa con creces el coste de la regularización fiscal posterior.
¿Cuento como "alta inicial" si tuve actividad en el Régimen General hace 5 años? Sí. La carencia se aplica al RETA específicamente. Haber cotizado en el Régimen General no impide el acceso a la tarifa plana del RETA.
¿Y si fui autónomo hace 3 años y me di de baja? Necesitas 2 años completos sin alta en el RETA para volver a tener derecho. Si la baja fue hace 3 años pero entre medias hubo un alta breve, el cómputo reinicia.
¿La cuota fija incluye contingencias profesionales y cese de actividad? Sí. Es una cuota completa: contingencias comunes + profesionales + cese + formación + MEI. No hay opt-out durante el periodo bonificado.
¿Qué pasa si supero el SMI a mitad del primer año? Nada en el primer año (12 meses garantizados). Lo que se pierde es la prórroga del segundo año.
¿Puedo elegir base de cotización dentro del periodo bonificado? No. La cuota es fija, no se puede subir voluntariamente para mejorar prestaciones futuras. Esa es la principal contrapartida de la tarifa plana frente a la cuota normal del tramo: pagas poco pero cotizas por la base mínima.
¿Se aplica también al autónomo societario que monta su primera SL? La tarifa plana general no se aplica a autónomos societarios salvo cumplimiento estricto del plazo de carencia con la misma actividad. La normativa restringe la figura para evitar abusos por reactivación de la actividad bajo forma societaria.
Cuota reducida de 80 EUR/mes durante los primeros 12 meses de alta como autonomo. Prorrogable 12 meses adicionales si los rendimientos netos previstos son inferiores al SMI anual.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes