Una de las decisiones más cotidianas del autónomo es subir tarifas o aceptar un cliente más. La cuenta mental es directa: "si gano 200 € más al mes, eso son 2.400 € al año en el bolsillo". El sistema fiscal y de cotización dice otra cosa.
Este reportaje calcula, con cifras 2026 verificadas, cuánto dinero real entra realmente en la cuenta del autónomo cuando sus rendimientos netos suben 200 €/mes desde tres puntos de partida distintos. La sorpresa es consistente: entre el 45 % y el 60 % de ese ingreso adicional se va en cuota e IRPF marginal.
El cálculo
Incremento neto real = Δ rendimiento − Δ cuota RETA anual − Δ IRPF marginal
La clave está en dos efectos que rara vez se ponen juntos:
- Cambio de tramo RETA: pasar a un tramo superior eleva la cuota mensual mínima.
- Tipo marginal del IRPF: los 2.400 € adicionales tributan al tipo marginal del contribuyente, que suele ser 30 %, 37 % o 45 % según el tramo, no al tipo medio.
Cifras 2026 según la Orden PJC/297/2026 y la tarifa estatal del IRPF en la Ley 35/2006.
Escenario 1 — Autónomo medio sube de 2.080 €/mes a 2.280 €/mes
Salto del tramo 8 al tramo 9 general.
| Concepto | Antes | Después | Δ |
|---|---|---|---|
| Rendimientos netos/mes | 2.080 € | 2.280 € | +200 € |
| Rendimientos netos/año | 24.960 € | 27.360 € | +2.400 € |
| Tramo RETA | 8 general | 9 general | — |
| Cuota mensual mínima | ≈ 350 € | ≈ 359 € | +9 € |
| Cuota anual | 4.200 € | 4.308 € | +108 € |
| Base liquidable IRPF aprox. | 18.162 € | 20.442 € | +2.280 € |
| Tipo marginal del IRPF | 24 % | 24-30 % | — |
| IRPF adicional sobre 2.400 € | — | — | ≈ 624 € |
| Total Δ Estado | — | — | −732 € |
| Δ neto que llega al bolsillo | — | — | +1.668 € (69 %) |
Lectura: de los 2.400 € de subida bruta, el autónomo conserva 1.668 €. La cuota apenas sube 108 €/año porque entre tramo 8 y 9 hay poca diferencia, pero el IRPF marginal se lleva 624 €.
Escenario 2 — Autónomo alto sube de 4.500 €/mes a 4.700 €/mes
Salto dentro del tramo 13 general (sin cambio de tramo).
| Concepto | Antes | Después | Δ |
|---|---|---|---|
| Rendimientos netos/mes | 4.500 € | 4.700 € | +200 € |
| Rendimientos netos/año | 54.000 € | 56.400 € | +2.400 € |
| Tramo RETA | 13 general | 13 general | — |
| Cuota mensual mínima | 496,15 € | 496,15 € | 0 € |
| Cuota anual | 5.954 € | 5.954 € | 0 € |
| Base liquidable IRPF aprox. | 46.450 € | 48.850 € | +2.400 € |
| Tipo marginal del IRPF | 37 % | 37 % | — |
| IRPF adicional sobre 2.400 € | — | — | 888 € |
| Total Δ Estado | — | — | −888 € |
| Δ neto que llega al bolsillo | — | — | +1.512 € (63 %) |
Lectura: sin cambio de tramo RETA, todo el impacto está en el IRPF marginal del 37 %. El autónomo se queda con 1.512 €.
Escenario 3 — Autónomo bajo sube de 800 €/mes a 1.000 €/mes
Salto del tramo 2 reducida al tramo 4 general (cambio brusco de tabla).
| Concepto | Antes | Después | Δ |
|---|---|---|---|
| Rendimientos netos/mes | 800 € | 1.000 € | +200 € |
| Rendimientos netos/año | 9.600 € | 12.000 € | +2.400 € |
| Tramo RETA | 2 reducida | 4 general | — |
| Cuota mensual mínima | 226,47 € | ≈ 291 € | +64,53 € |
| Cuota anual | 2.718 € | 3.492 € | +774 € |
| Base liquidable IRPF aprox. | 3.570 € | 5.850 € | +2.280 € |
| Tipo marginal del IRPF | 19 % | 19 % | — |
| IRPF adicional sobre 2.400 € | — | — | ≈ 456 € |
| Total Δ Estado | — | — | −1.230 € |
| Δ neto que llega al bolsillo | — | — | +1.170 € (49 %) |
Lectura: aquí está la sorpresa del estudio. Para un autónomo bajo que cruza de tabla reducida a general, menos de la mitad del incremento de ingresos llega al bolsillo. La cuota sube 774 € (subida del 28 %) y el IRPF añade 456 €.
El patrón en una línea
| Perfil de partida | Δ ingreso | Δ cuota anual | Δ IRPF | Δ neto bolsillo | % conservado |
|---|---|---|---|---|---|
| Bajo (800 → 1.000 €/mes) | +2.400 € | +774 € | +456 € | +1.170 € | 49 % |
| Medio (2.080 → 2.280 €/mes) | +2.400 € | +108 € | +624 € | +1.668 € | 69 % |
| Alto (4.500 → 4.700 €/mes) | +2.400 € | 0 € | +888 € | +1.512 € | 63 % |
Tres lecturas
- El "efecto trampa" del tramo bajo: el salto entre tabla reducida y tabla general (alrededor de los 1.166 €/mes de rendimiento neto) penaliza más que cualquier otro punto del sistema. Subir 200 € en ese umbral te cuesta 64 €/mes de cuota adicional.
- El tramo medio es el más "eficiente": entre los tramos 7 y 12 generales, los saltos son pequeños y la cuota no penaliza tanto subir de tramo. Es donde el incremento marginal queda mejor protegido.
- El tope del marginal: a partir de 60.000 € de rendimiento neto el tipo IRPF marginal es 45 %, lo que significa que de cada euro adicional el autónomo conserva 55 céntimos antes de cuota RETA. En la práctica, cerca del 50 % se va.
Cuándo cobrar más sigue compensando
Casi siempre. Aunque solo te quedes con el 49 % de cada euro adicional, 49 % es mucho más que 0 %. La verdadera decisión no es si subir tarifas, sino:
- Si tu cliente lo va a aceptar (cuestión comercial).
- Cuánto trabajo extra implica (no es lo mismo facturar 200 € más con el mismo trabajo que con horas adicionales).
- Si vas a optimizar deducciones: el rendimiento neto, no la facturación bruta, es lo que cuenta para tramo RETA e IRPF. Más deducciones = menos rendimiento neto = menor tramo.
Para calcularlo tú
/calculadora/cuota-autonomo te dice qué tramo cae para cualquier rendimiento neto. /calculadora/irpf-estimacion-directa calcula el IRPF según tu base liquidable. Hazlo dos veces (antes y después de la subida) y resta. Ahí está tu Δ real.
Fuentes: tabla RETA 2026 según Orden PJC/297/2026. Tarifa estatal IRPF según Ley 35/2006. Sistema de cotización por rendimientos netos del RDL 13/2022.