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FUNDAE (Fundación Estatal para la Formación en el Empleo)

Organismo público estatal que gestiona el sistema de formación profesional para el empleo en España, financiado mediante la cotización por formación profesional que abonan empresas y trabajadores. Creada en 2015 en sustitución de la Fundación Tripartita, FUNDAE articula la planificación, el registro y la supervisión de las acciones formativas para trabajadores en activo, tanto por iniciativa de las propias empresas como en la oferta gestionada por el SEPE y las comunidades autónomas.

Para el autónomo, FUNDAE es relevante en dos planos distintos según si trabaja solo o tiene empleados.

Estructura del sistema de formación

Formación programada por las empresas

Las empresas —incluido el autónomo empleador con al menos un trabajador— pueden organizar o contratar formación para sus empleados y bonificarla en las cuotas de la Seguridad Social. El mecanismo es el siguiente: la empresa dispone de un crédito anual de formación calculado sobre lo cotizado por el concepto de formación profesional en el ejercicio anterior. Al realizar una acción formativa con un proveedor acreditado, descuenta su coste de las cuotas mensuales hasta agotar el crédito disponible.

El crédito mínimo garantizado para empresas con menos de seis trabajadores es de 420 € anuales, independientemente de lo cotizado. Para empresas de mayor tamaño, el crédito es proporcional a la cotización del ejercicio anterior con porcentajes variables según el tramo de plantilla.

Formación de oferta

Cursos financiados por el SEPE y los servicios autonómicos de empleo, de acceso libre para trabajadores en activo —incluidos autónomos— y para desempleados. El catálogo es amplio y variable: ofimática, idiomas, gestión empresarial, prevención de riesgos, competencias digitales, sectorial por actividad económica. La inscripción es gratuita y se tramita a través de los portales autonómicos de empleo o directamente en FUNDAE.

Cotización por formación profesional

La cotización que financia este sistema se desglosa:

  • Régimen General — empresa: 0,60 % sobre la base de cotización del trabajador.
  • Régimen General — trabajador: 0,10 % sobre la base de cotización.
  • RETA: el autónomo cotiza también por el concepto de formación profesional, aunque a un tipo reducido. Ese importe no genera crédito de formación bonificado para el autónomo sin trabajadores, pero sí contribuye a financiar el sistema del que puede beneficiarse mediante la formación de oferta.

Aplicación al autónomo individual sin trabajadores

El autónomo que trabaja solo no tiene crédito de formación bonificado: la bonificación requiere que exista una relación laboral con empleados. Sin embargo, puede:

  • Acceder a los cursos de oferta de FUNDAE y del servicio de empleo de su comunidad autónoma, de forma gratuita.
  • Cursar formación sectorial ligada a su CNAE o IAE: hostelería, transporte, construcción, sanidad, comercio.
  • Beneficiarse de formación específica para autónomos que algunas comunidades autónomas y cámaras de comercio ofertan en colaboración con FUNDAE.

Aplicación al autónomo empleador

Si tiene al menos un trabajador, el autónomo entra en el sistema de bonificaciones con las mismas reglas que cualquier empresa pequeña:

  1. Calcula el crédito disponible para el ejercicio (mínimo 420 € con menos de seis trabajadores).
  2. Selecciona cursos o programas para sus empleados con un proveedor acreditado por el SEPE.
  3. Aplica la bonificación al mes siguiente de realizada la formación, reduciendo el importe de las cuotas empresariales de ese mes.
  4. Conserva la documentación justificativa (facturas, diplomas, registros de asistencia) durante al menos cuatro años por si hay comprobación de FUNDAE.

La formación no consumida en un año no se acumula para el siguiente; el crédito vence el 31 de diciembre.

Sectores con formación obligatoria vinculada

En ciertos sectores, la formación no es solo una oportunidad sino una exigencia normativa o de convenio:

  • Construcción: la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC) acredita la formación en prevención de riesgos del sector.
  • Transporte por carretera: el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) es obligatorio para conductores profesionales.
  • Hostelería y alimentación: formación en manipulación de alimentos y alérgenos (normativa sanitaria).
  • Sanitario: formación continua vinculada a habilitación profesional.

Errores frecuentes

  • Creer que el autónomo sin trabajadores puede bonificar formación: la bonificación requiere empleados. Sin ellos, el acceso es a través de la oferta gratuita.
  • No consumir el crédito antes de diciembre: el crédito de formación es anual y caduca; muchas empresas pequeñas lo pierden por no gestionarlo a tiempo.
  • Usar proveedores no acreditados: la bonificación solo aplica a formación impartida por entidades inscritas en el Registro Estatal de Entidades de Formación o por centros autorizados.

Preguntas frecuentes

¿Puedo apuntarme a cursos FUNDAE siendo autónomo sin trabajadores? Sí, a los de oferta gratuita. No a los bonificados, que son para empresas con empleados.

¿La formación en mi cámara de comercio está vinculada a FUNDAE? Depende de la acción formativa concreta. Muchas cámaras imparten formación cofinanciada por FUNDAE o por los servicios autonómicos de empleo. Consulta si la actividad está acreditada antes de apuntarte con intención de bonificarla.

¿Cuánto tiempo tengo para aplicar la bonificación? La empresa puede aplicarla en el mismo mes en que finaliza la acción formativa o en los tres meses siguientes, según el tipo de formación. Pasado ese plazo, la bonificación no se puede aplicar.

Términos relacionados

  • Coste de empresa
  • TGSS
  • Cuota RETA

Fuentes

  • Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
  • Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015.
  • FUNDAE — Estatutos y catálogo de formación: fundae.es.
  • SEPE — Formación para el empleo: sepe.es.

Ver también

  • Coste empresa
  • TGSS

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes