IAE 683 · módulos 2026

Módulos IRPF 2026: Hospedaje en fondas y casas de huéspedes

Tabla de signos, índices y módulos vigentes en 2026 para la actividad de hospedaje en fondas y casas de huéspedes (epígrafe IAE 683). Cada signo se multiplica por su número de unidades y se suma para obtener el rendimiento neto previo.

Módulos definidos

3

Suma rend. anual por unidad

19.198,15 €

Si todos los módulos valen 1 unidad

Reducción general

5,00 %

Aplicable a 2026 por DA 1ª

Tabla de módulos

Fuente: BOE-A-2025-25272 · Vigencia: 1 enero 2026.
MóduloDefiniciónUnidad€/año por unidad
#1Personal asalariadoPersona4.478,31 €
#2Personal no asalariadoPersona14.587,57 €
#3Número de plazasPlaza132,27 €

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 683 — Hospedaje en fondas y casas de huéspedes corresponde a alojamientos de muy pequeña dimensión: fondas tradicionales, casas rurales en formato pequeño con habitaciones para huéspedes, y alojamientos urbanos de baja categoría sin clasificación de hotel ni hostal. Requieren autorización turística básica autonómica y registro REAT.

La actividad incluye:

  • Fonda tradicional (común en zonas rurales y pueblos pequeños).
  • Casa de huéspedes urbana de pocas habitaciones.
  • Habitaciones de alquiler en vivienda compartida (modelo histórico).
  • Alojamiento rural de pequeña dimensión, salvo que entre en el régimen específico de Vivienda de Uso Turístico (VUT) autonómico.

Métodos de tributación admitidos

Solo estimación directa (simplificada si la facturación no excede 600.000 €/año). No elegible para módulos.

Régimen IVA

  • Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
  • Tipo IVA aplicable: 10 % reducido en hospedaje (art. 91 LIVA).
  • Si presta servicios complementarios (limpieza diaria, desayuno cocinado): siguen al 10 %.
  • Si solo alquila habitación sin servicios complementarios (modelo VUT puro): puede estar exento de IVA (art. 20.1.23º LIVA) y tributar como rendimiento de capital inmobiliario, no como actividad económica.

Diferencia clave Fonda vs VUT

  • Fonda (epígrafe 683): presta servicios complementarios propios del sector hotelero (limpieza diaria, cambio de toallas, recepción). Tributa por IRPF como actividad económica y debe darse de alta en RETA si gestiona personalmente.
  • VUT pura (sin servicios): no es actividad económica, tributa como capital inmobiliario, sin alta en RETA.

Particularidades fiscales

  • Modelo 115 trimestral por retención del 19 % si el local es alquilado.
  • Modelo 111 si hay asalariados (poco frecuente en fondas).
  • Modelo 347 si hay operaciones superiores a 3.005,06 € con un mismo cliente o proveedor.
  • Registro de viajeros ante el Ministerio del Interior (Real Decreto 933/2021).
  • Tasa turística autonómica en CCAA con tasa (Cataluña, Baleares, Comunidad Valenciana).

Caso típico con cifras

Perfil: fonda rural de 5 habitaciones en pueblo de 800 habitantes, titular sin asalariados.

  • Facturación bruta anual: 25.000-45.000 €.
  • Gastos reales: suministros 4.000-6.000 €, mantenimiento, lavandería, productos de limpieza, gestoría.
  • Rendimiento neto IRPF: 10.000-22.000 €/año.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 10.000-22.000 €/año (833-1.833 €/mes), tramos 3 reducida a 7 general. Cuota mensual aproximada: 268-360 €/mes en 2026.

Por nivel de rendimientos, prórroga de tarifa plana al segundo año muy frecuente (rendimiento < SMI mensual).

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal en alta inicial con prórroga a 24 meses muy frecuente.
  • Mujer rural en municipios <5.000 habitantes (gran parte de las fondas son rurales).
  • Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
  • Familiar colaborador (cónyuge o hijo en casa familiar).
  • Cuota Cero autonómica en CCAA con esta bonificación.
  • Bonificaciones zona despoblada (Castilla y León, Aragón, Extremadura).

Datos sectoriales

España tiene aproximadamente 4.000-5.000 fondas y casas de huéspedes activas, en retroceso desde 2010 por la doble presión:

  • VUT/Airbnb: muchas casas de huéspedes han pasado al modelo VUT sin servicios.
  • Turismo rural reglado: las CCAA han creado figuras específicas (casa rural, agroturismo) que sustituyen a la fonda.

Errores fiscales frecuentes

  • Confundir fonda y VUT: la fonda tributa como actividad económica, la VUT pura como capital inmobiliario.
  • No registrar viajeros ante el Ministerio del Interior.
  • No declarar el ingreso anual del alquiler turístico.
  • No diferenciar servicios complementarios del alquiler puro.

Caso numérico ampliado: fonda mediana con familiar colaborador

Perfil: fonda urbana de 8 habitaciones en cabecera comarcal, titular más cónyuge dado de alta como familiar colaborador, sin asalariados externos.

  • Facturación bruta anual: 62.000 € + 10 % IVA = 68.200 €.
  • Suministros y limpieza: 8.500 €.
  • Lavandería externa: 3.200 €.
  • Mantenimiento y reparaciones: 2.800 €.
  • Cuota RETA del titular y del familiar colaborador: 7.800 € (aproximado en tramo 6-7 general).
  • Amortizaciones del mobiliario y reformas: 4.500 €.
  • Comisiones de plataformas de reserva: 3.700 €.
  • Rendimiento neto previo: ~31.500 €.
  • 5 % gastos de difícil justificación: 1.575 €.
  • Rendimiento neto IRPF: ~29.925 €.

Repartido al 50 % entre cotitulares declarantes en estimación directa, cada uno tributa por unos 14.962 € en su base general del IRPF.

Calendario operativo del año

PeriodoHitos
EneroModelo 130 T4, modelo 303 IVA T4, modelo 390 resumen IVA, modelo 180 retenciones alquiler, modelo 184 entidades en régimen de atribución (si lo hay).
AbrilModelo 130 T1, modelo 303 IVA T1, registro mensual del libro de viajeros.
Abril-junioModelo 100 IRPF.
JulioModelo 130 T2, modelo 303 T2.
OctubreModelo 130 T3, modelo 303 T3.
DiciembrePlazo renuncia/inclusión en estimación directa simplificada, regularización de tramo RETA.
MensualTasa turística autonómica donde aplique (Cataluña, Baleares, C. Valenciana).

Tendencias 2024-2026 del sector

El censo de fondas y casas de huéspedes continúa en descenso según las estadísticas del INE (Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos). El desplazamiento hacia VUT acelerado entre 2015 y 2022 ha provocado el cierre de figuras tradicionales. La regulación restrictiva de VUT en grandes ciudades (Barcelona, Madrid, San Sebastián) y los planes de moratoria a partir de 2024 están provocando un movimiento contrario: cierta recuperación de figuras intermedias como casa rural y casa de huéspedes en municipios pequeños, especialmente vinculadas a turismo de interior y peregrinaciones (Camino de Santiago, Vía de la Plata, Camino del Cid).

Recursos relacionados

Norma de referencia

  • Ley 35/2006 del IRPF: BOE-A-2006-20764.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 91 (10 %) y art. 20.1.23º (exención del alquiler de vivienda sin servicios).
  • Real Decreto 933/2021 (registro de viajeros).
  • Normativa autonómica de turismo: figura de fonda y casa de huéspedes en cada CCAA.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de IRPF un autónomo de hospedaje en fondas y casas de huéspedes por módulos en 2026?
En estimación objetiva (módulos) el rendimiento neto no depende de los ingresos reales, sino de los signos de la actividad (personal, superficie, potencia instalada, etc.): cada módulo de la tabla se multiplica por sus unidades, se suman, se aplican los índices correctores y la reducción general del 5 %. Sobre ese rendimiento neto se calcula el IRPF según la escala. El pago se anticipa cada trimestre con el modelo 131 (2 %, 3 % o 4 % del rendimiento neto según el personal empleado) y se regulariza en la renta. Para el importe concreto de tu caso, usa la calculadora de IRPF por módulos enlazada más abajo.
¿Cuándo conviene tributar por módulos en vez de por estimación directa?
Módulos suele convenir cuando el rendimiento real supera al que fijan los signos de la actividad y no se han superado los límites de exclusión (volumen de ingresos y de compras). Si los gastos reales son altos o hay pérdidas, la estimación directa simplificada suele salir mejor, porque tributa sobre el beneficio real. La comparación depende de cada caso.
¿Qué modelos presenta en Hacienda un autónomo de hospedaje en fondas y casas de huéspedes en módulos?
El pago fraccionado trimestral del IRPF se presenta con el modelo 131 y el resultado anual se integra en la declaración de la renta (modelo 100). En el IVA, el régimen simplificado se liquida con el modelo 303 trimestral y el 390 anual. El alta de la actividad se tramita con el modelo 036 o 037.

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Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de agosto de 2026 · Autor: Borja Cifuentes