Pregunta frecuente
No hay límite máximo de edad para ser autónomo en España. Un autónomo puede mantener la actividad incluso tras alcanzar la edad de jubilación, mediante la jubilación activa (100 % pensión + actividad si tiene 37 años cotizados y un asalariado contratado, o 50 % en otros casos).
No hay edad máxima para ser autónomo en España. El Estatuto del Trabajo Autónomo no fija tope:
Puedes seguir como autónomo:
Modalidades:
| Modalidad | Requisitos | Pensión cobrada |
|---|---|---|
| Jubilación activa al 50 % | Edad ordinaria + 37 años cotizados | 50 % de la pensión |
| Jubilación activa al 100 % | Edad ordinaria + 37 años cotizados + al menos 1 asalariado contratado | 100 % de la pensión |
| Jubilación parcial | 63 años + 33 años cotizados + reducción jornada 25-75 % | Proporcional |
El autónomo en jubilación activa sigue cotizando al RETA con tipo reducido (~9 %) por el "tipo de solidaridad" introducido en 2024.
Perfil: Pedro, 67 años, 38 años cotizados, decide jubilarse pero seguir activo con un asalariado. Pensión calculada: 1.500 €/mes × 14 = 21.000 €/año.
| Concepto | Importe año |
|---|---|
| Pensión cobrada (100 %) | 21.000 € |
| Rendimientos actividad autónoma | 25.000 € |
| Cotización RETA reducida (~9 % de base mínima) | ~700 €/año |
| Total ingreso bruto | 46.700 € |
Hay una regla anti-pico: los autónomos que cumplan 47 años en el ejercicio y no hayan cotizado por una base superior a la base máxima del RG previamente, tienen limitada la base máxima al máximo del año en curso, no al máximo del tramo 15 absoluto.
Esta regla evita saltos artificiales de cotización tardía para mejorar la pensión rápidamente.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes