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Pregunta frecuente

¿Hasta qué edad se puede ser autónomo?

No hay límite máximo de edad para ser autónomo en España. Un autónomo puede mantener la actividad incluso tras alcanzar la edad de jubilación, mediante la jubilación activa (100 % pensión + actividad si tiene 37 años cotizados y un asalariado contratado, o 50 % en otros casos).

En detalle

Respuesta directa

No hay edad máxima para ser autónomo en España. El Estatuto del Trabajo Autónomo no fija tope:

  • Edad mínima: 16 años (con autorización de los padres si menor de 18) o 18 años (mayoría plena).
  • Edad máxima: sin límite legal.

Puedes seguir como autónomo:

  • Después de jubilarte: con jubilación activa (compatibilidad pensión + actividad).
  • Sin haberse jubilado nunca: mantienes alta RETA y cotizas como cualquier autónomo.

Jubilación activa: compatibilidad pensión + actividad

Modalidades:

ModalidadRequisitosPensión cobrada
Jubilación activa al 50 %Edad ordinaria + 37 años cotizados50 % de la pensión
Jubilación activa al 100 %Edad ordinaria + 37 años cotizados + al menos 1 asalariado contratado100 % de la pensión
Jubilación parcial63 años + 33 años cotizados + reducción jornada 25-75 %Proporcional

El autónomo en jubilación activa sigue cotizando al RETA con tipo reducido (~9 %) por el "tipo de solidaridad" introducido en 2024.

Caso numérico: jubilación activa al 100 %

Perfil: Pedro, 67 años, 38 años cotizados, decide jubilarse pero seguir activo con un asalariado. Pensión calculada: 1.500 €/mes × 14 = 21.000 €/año.

ConceptoImporte año
Pensión cobrada (100 %)21.000 €
Rendimientos actividad autónoma25.000 €
Cotización RETA reducida (~9 % de base mínima)~700 €/año
Total ingreso bruto46.700 €

Topes para mayores de 47 años

Hay una regla anti-pico: los autónomos que cumplan 47 años en el ejercicio y no hayan cotizado por una base superior a la base máxima del RG previamente, tienen limitada la base máxima al máximo del año en curso, no al máximo del tramo 15 absoluto.

Esta regla evita saltos artificiales de cotización tardía para mejorar la pensión rápidamente.

Errores frecuentes

  • Asumir que tras los 65 años no se puede seguir: legalmente sí, mediante jubilación activa o mantenimiento sin jubilación.
  • No actualizar el régimen al jubilarse: hay que comunicar el paso a jubilación activa expresamente.

Preguntas relacionadas

  • ¿Puede un autónomo cobrar la jubilación?

Fuentes

  • LGSS.
  • Ley 20/2007, Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • Ley 27/2011, jubilación activa.

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Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Cifras vigentes en 2026 según BOE citado. Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la administración correspondiente.