Comparativa fiscal definitiva entre el trabajador asalariado y el autónomo equivalente en España, 2026. Cifras vigentes con la cotización RETA y RGSS de la Orden ISM/144/2026 y los tipos del IRPF estatal.
Metodología
- Coste empresa (asalariado): salario bruto + cotización empresarial RGSS (~30 % aprox.).
- Salario bruto (asalariado): lo que la empresa anuncia como "sueldo bruto" en oferta.
- Cotización trabajador RGSS: 6,48 % sobre la base de cotización (4,82 % contingencias + 1,55 % desempleo + 0,1 % FOGASA + 0,1 % FP + MEI 0,13 %).
- IRPF: tarifa estatal sin tramo autonómico, sin mínimos personales (techo teórico).
- Autónomo equivalente: se asume que el autónomo factura lo que la empresa pagaría como coste total, descontando 25 % de gastos deducibles, lo que da el rendimiento neto. Sobre ese rendimiento aplica cuota RETA mensual + IRPF.
Tabla maestra: coste empresa = facturación autónomo
Salario bruto 18.000 €/año (mileurista)
| Concepto | Asalariado | Autónomo equivalente |
|---|---|---|
| Coste empresa total | 23.310 € | 23.310 € (factura el autónomo) |
| Cuota Seg. Social/año | 1.166 € (trabajador) | 3.588 € (RETA tramo 4 gen.) |
| IRPF estatal/año | ≈ 1.450 € | ≈ 1.045 € |
| Renta neta/año | 15.384 € | 13.062 € |
| Neto/mes (12 pagas) | 1.282 € | 1.088 € |
Salario bruto 24.000 €/año
| Concepto | Asalariado | Autónomo equivalente |
|---|---|---|
| Coste empresa total | 31.080 € | 31.080 € |
| Cuota Seg. Social/año | 1.555 € | 4.812 € (RETA tramo 9 gen.) |
| IRPF estatal/año | ≈ 2.585 € | ≈ 2.560 € |
| Renta neta/año | 19.860 € | 15.938 € |
| Neto/mes (12 pagas) | 1.655 € | 1.328 € |
Salario bruto 30.000 €/año
| Concepto | Asalariado | Autónomo equivalente |
|---|---|---|
| Coste empresa total | 38.850 € | 38.850 € |
| Cuota Seg. Social/año | 1.944 € | 4.812 € (RETA tramo 9 gen.) |
| IRPF estatal/año | ≈ 3.875 € | ≈ 4.395 € |
| Renta neta/año | 24.181 € | 20.531 € |
| Neto/mes (12 pagas) | 2.015 € | 1.711 € |
Salario bruto 45.000 €/año
| Concepto | Asalariado | Autónomo equivalente |
|---|---|---|
| Coste empresa total | 58.275 € | 58.275 € |
| Cuota Seg. Social/año | 2.916 € | 6.048 € (RETA tramo 13 gen.) |
| IRPF estatal/año | ≈ 8.150 € | ≈ 9.480 € |
| Renta neta/año | 33.934 € | 28.178 € |
| Neto/mes (12 pagas) | 2.828 € | 2.348 € |
Salario bruto 70.000 €/año
| Concepto | Asalariado | Autónomo equivalente |
|---|---|---|
| Coste empresa total | 90.650 € | 90.650 € |
| Cuota Seg. Social/año | 3.058 €* | 7.284 € (RETA tramo 15 gen.) |
| IRPF estatal/año | ≈ 16.620 € | ≈ 19.405 € |
| Renta neta/año | 50.323 € | 43.299 € |
| Neto/mes (12 pagas) | 4.194 € | 3.608 € |
*Tope de la base máxima de cotización en RGSS 2026: 4.909,50 €/mes (≈58.914 €/año), por lo que la cotización del trabajador se estanca.
Lectura: por qué el asalariado obtiene mejor neto al mismo coste
A igualdad de coste para la empresa, el asalariado obtiene entre un 13 % y 18 % más de neto que el autónomo equivalente. Razones:
- Cotización RGSS del trabajador es solo del 6,48 % sobre la base, mientras el autónomo aporta el 100 % de su cuota.
- La empresa asume el grueso de la SS del asalariado (~24 % de su salario bruto vía cotización empresarial), sin que pase por las nóminas del trabajador.
- El autónomo paga la cuota RETA aunque haya meses sin ingresos. El asalariado solo cotiza por los meses trabajados.
Pero hay tres compensaciones del autónomo
1. Gastos deducibles
El autónomo descuenta de su rendimiento bruto todos los gastos profesionales (gestoría, software, suministros, vehículo, formación, dietas, suministros del local), además del 5 % de difícil justificación automático.
Un asalariado solo puede deducir mínimos personales y familiares, no sus gastos reales.
A facturación 30.000 € con 25 % de gastos, el autónomo declara 22.500 € de rendimiento neto. Un asalariado con salario 30.000 € no puede deducir gastos profesionales: tributa por los 30.000 € íntegros (menos mínimos).
2. Control de la base de cotización
A partir de los 47 años o cuando interesa una mayor pensión futura, el autónomo puede subir la base de cotización dentro de su tramo o pagar más para situarse en tramo superior. El asalariado cotiza por su salario real sin flexibilidad.
3. Tarifa plana y Cuota Cero
Los autónomos nuevos pueden acceder a 87,15 €/mes (cifra 2025, revisable anualmente) durante 12-24 meses (tarifa plana). En 8 CCAA además existe la Cuota Cero que cubre la cuota completa. Esto puede suponer un ahorro de hasta 6.000 € en los dos primeros años.
Punto de equilibrio: ¿cuándo conviene cada modelo?
Conviene ser asalariado si...
- La empresa cubre tu rol como nómina sin diferencia.
- Tienes pocos gastos deducibles (trabajo desde casa sin local, sin material profesional caro).
- Buscas estabilidad de ingresos y prestaciones (paro, IT, jubilación temprana).
- No quieres dedicar tiempo a la gestión administrativa (facturación, IVA, IRPF trimestrales).
Conviene ser autónomo si...
- Tienes varios clientes o quieres autonomía sobre el tipo de trabajo.
- Tu actividad tiene gastos deducibles significativos (>25 % de la facturación).
- Buscas flexibilidad de horario y posibilidad de escalar ingresos.
- Te interesa la fiscalidad activa (cotización elevada, planes de pensiones, deducciones).
El falso autónomo: cuando no hay elección
Hay un caso problemático: el falso autónomo o autónomo dependiente económicamente (TRADE). Es el trabajador que factura a un único cliente principal en condiciones de subordinación (horario, lugar, herramientas del cliente).
Legalmente, el TRADE solo es legítimo si cumple los requisitos del Estatuto del Trabajador Autónomo (Ley 20/2007): contrato escrito, autonomía organizativa, riesgo y ventura propios. Cuando no se cumplen, la Inspección de Trabajo declara relación laboral encubierta y obliga a regularizar como asalariado.
Conclusión: la decisión real es estructural, no fiscal
A igualdad de ingresos brutos para la empresa, ser asalariado siempre da más neto que ser autónomo equivalente. La diferencia oscila entre 13 % y 18 % según el nivel salarial.
El autónomo solo recupera (y supera) ese diferencial si:
- Aprovecha al máximo las deducciones de gastos profesionales.
- Negocia con sus clientes precios superiores al "coste empresarial" del puesto equivalente (factura 30-50 % más para compensar la diferencia).
- Construye una cartera de varios clientes que le da más libertad real que un asalariado.
La decisión, por tanto, no es solo fiscal: es estructural sobre el tipo de carrera profesional que se quiere construir.
Para profundizar
- Calculadora de cuota autónomo
- Calculadora IRPF estimación directa
- Tarifa plana autónomos
- Cuánto paga un autónomo según lo que factura
Norma de referencia
- Orden ISM/144/2026 (cuotas RETA 2026): BOE-A-2026-7296.
- Ley 35/2006 del IRPF: BOE-A-2006-20764.
- Real Decreto Legislativo 8/2015 Ley General de la Seguridad Social: BOE-A-2015-11430.
- Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajador Autónomo: BOE-A-2007-13409.