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IRPF por módulos de una carpintería en 2026

La carpintería y cerrajería (epígrafe IAE 505.4) tributa en estimación objetiva por módulos de personal, superficie del taller y consumo eléctrico. Es un oficio de obra menor con una particularidad de IVA importante: el tipo es del 21 % general, pero baja al 10 % en reformas de vivienda particular si el material no supera el 40 % del coste, y aplica inversión del sujeto pasivo cuando se subcontrata para constructora.

En detalle

La carpintería en estimación objetiva

La carpintería y cerrajería se encuadra en el epígrafe IAE 505.4 (carpintería y cerrajería), dentro del sector de la construcción. Cubre la fabricación, instalación y reparación de elementos de madera (puertas, ventanas, muebles a medida) y de hierro o aluminio (rejas, persianas, portones, barandillas). Es uno de los epígrafes con más autónomos de obra menor.

El acceso a estimación objetiva exige no superar los límites de exclusión por ingresos y compras de la normativa anual. El taller del carpintero, con su superficie y su consumo eléctrico, encaja en la lógica de signos del régimen.

Los módulos aplicables a la carpintería

La Orden ministerial de módulos fija para el epígrafe 505.4 los signos propios de un taller de oficio:

  • Personal asalariado: oficiales y ayudantes contratados.
  • Personal no asalariado: titular y, con frecuencia, cónyuge o familiar colaborador (los talleres familiares son habituales en el sector).
  • Superficie del taller en metros cuadrados: el espacio de trabajo donde se ubica la maquinaria.
  • Consumo de energía eléctrica: relevante por la maquinaria fija (sierra de cinta, tupí, fresadora, plegadora, soldadores), que consume más que un local comercial.

No hay módulo de mesas ni de máquinas recreativas: la actividad es de taller, no de cara al público. La cuantía de cada signo se publica en la Orden de módulos de cada ejercicio y no es trasladable de un año a otro. Para el importe vigente en 2026, recurre a la calculadora o a la ficha de la actividad.

Pagos fraccionados: modelo 131

El carpintero en módulos ingresa los pagos a cuenta del IRPF con el modelo 131 trimestral, aplicando el porcentaje correspondiente al rendimiento neto de la Orden según el número de módulos. La declaración anual se presenta en el modelo 100.

IVA: simplificado, tipos mixtos e inversión del sujeto pasivo

La carpintería en estimación objetiva tributa en IVA régimen simplificado, pero su casuística de tipos es más compleja que la de un comercio:

  • 21 % general en obra nueva, comercio de productos terminados y trabajos de taller.
  • 10 % reducido en reformas de vivienda particular cuando el material aportado no supera el 40 % del coste total y la vivienda tiene más de dos años. Por encima del 40 % de material, todo va al 21 %.
  • Inversión del sujeto pasivo cuando se subcontrata para constructora o promotor en ejecución de obra (art. 84.uno.2.f LIVA): se factura sin IVA y el contratista principal autoliquida.

Módulos frente a estimación directa en la carpintería

En este oficio módulos y directa suelen quedar cercanos, con ventaja para módulos cuando las compras de material son altas y el margen es bueno. El rendimiento que calculan los signos de taller tiende a quedar por debajo del beneficio real de un carpintero con cartera estable de obra.

La estimación directa gana cuando hay inversiones fuertes en maquinaria —que se amortiza íntegramente en directa— o asalariados, cuyo coste se deduce. La amortización de la maquinaria también es deducible en módulos, pero con los límites de la Orden.

Interacción con la cuota RETA

El rendimiento neto de módulos es la referencia para el tramo de cotización en el RETA 2026. La calculadora de cuota convierte el rendimiento mensualizado en tramo. La regularización anual de la TGSS parte del rendimiento declarado en el modelo 100.

Errores frecuentes

  • No diferenciar correctamente el IVA del 10 % y el 21 % según el tipo de cliente y la proporción de material aportado: es el error más caro del sector.
  • No aplicar la inversión del sujeto pasivo en obra subcontratada para constructora, repercutiendo IVA cuando no procede.
  • No actualizar la superficie del taller o el consumo eléctrico tras instalar nueva maquinaria, que altera ambos módulos.
  • No actualizar el número de asalariados cuando hay altas o bajas de oficiales durante el año, lo que cambia tanto el módulo de personal como el porcentaje del pago fraccionado.

Recursos

  • Calculadora IRPF módulos
  • Inversión del sujeto pasivo en construcción
  • IVA al 10 % en obras de reforma de vivienda
  • Ficha de la actividad: carpintería y cerrajería
  • Cuota RETA según rendimientos netos

Fuente: Ley 35/2006 del IRPF; Reglamento IRPF (RD 439/2007), arts. 32-38; Ley 37/1992 del IVA (régimen simplificado, arts. 122-134; tipo reducido, art. 91; inversión del sujeto pasivo, art. 84); Orden HAC/1425/2025 de módulos vigente en 2026 (BOE-A-2025-25272). Las cuantías por unidad de módulo para el epígrafe 505.4 se publican en la Orden anual de módulos de la AEAT.

Calculadoras dinámicas

  • Calculadora de cuota RETA
  • Calculadora IRPF estimación directa
  • Calculadora ahorro tarifa plana
  • Calculadora neto disponible

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 14 de julio de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Cálculo orientativo basado en cifras vigentes 2026. Para casos concretos consulta a tu asesor fiscal o a la AEAT.