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Observatorio editorial del trabajador autónomo en España. Datos verificables de fuentes oficiales.

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Cuota RETA

Cuota de autónomo en 2023

15 tramos según los rendimientos netos mensuales. Cada uno define una horquilla de base de cotización entre la que el autónomo puede elegir, y la cuota mensual resultante se calcula sobre esa base.

Cuota mínima

234,51 €/mes

Cuota máxima

1291,49 €/mes

Base mínima

751,63 €/mes

Base máxima

4139,40 €/mes

Tabla por tramo

Fuente: BOE BOE-A-2022-12482. Vigencia desde 1 de enero de 2023.
TramoRendimientos netosBase mín.Base máx.Cuota mín.Cuota máx.
R1Hasta 670 €/mes751,63 €849,66 €234,51 €265,09 €Ver →
R2Entre 670 y 900 €/mes849,67 €900,00 €265,10 €280,80 €Ver →
R3Entre 900 y 1.166,70 €/mes898,69 €1166,70 €280,39 €364,01 €Ver →
G4Entre 1.166,70 y 1.300 €/mes950,98 €1300,00 €296,71 €405,60 €Ver →
G5Entre 1.300 y 1.500 €/mes960,78 €1500,00 €299,76 €468,00 €Ver →
G6Entre 1.500 y 1.700 €/mes960,78 €1700,00 €299,76 €530,40 €Ver →
G7Entre 1.700 y 1.850 €/mes1013,07 €1850,00 €316,08 €577,20 €Ver →
G8Entre 1.850 y 2.030 €/mes1029,41 €2030,00 €321,18 €633,36 €Ver →
G9Entre 2.030 y 2.330 €/mes1045,75 €2330,00 €326,27 €726,96 €Ver →
G10Entre 2.330 y 2.760 €/mes1078,43 €2760,00 €336,47 €861,12 €Ver →
G11Entre 2.760 y 3.190 €/mes1143,79 €3190,00 €356,86 €995,28 €Ver →
G12Entre 3.190 y 3.620 €/mes1209,15 €3620,00 €377,25 €1129,44 €Ver →
G13Entre 3.620 y 4.050 €/mes1274,51 €4050,00 €397,65 €1263,60 €Ver →
G14Entre 4.050 y 6.000 €/mes1372,55 €4139,40 €428,24 €1291,49 €Ver →
G15Más de 6.000 €/mes1633,99 €4139,40 €509,80 €1291,49 €Ver →

Resumen del año

Qué cambió respecto al año anterior

2023 fue el año del giro estructural en la cotización del autónomo en España. La Ley 27/2011 había anunciado el modelo de cotización por rendimientos reales, pero el Real Decreto-ley 13/2022 (BOE-A-2022-12482) lo materializó con efectos del 1 de enero. La consecuencia operativa: la libre elección de base por el autónomo (vigente desde 1995) se sustituyó por una rejilla de 15 tramos (3 reducidos y 12 generales) con base mínima y máxima por tramo.

A la vez se introdujo el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) del 0,6 % sobre la base de cotización, destinado al Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Aplica desde 2023 y se incrementa 0,1 puntos por año hasta 2029.

Tabla resumen del año

PiezaValor
Cuota mínima (tramo 1 reducida)≈ 230 €/mes
Cuota máxima (tramo 12 general)≈ 500 €/mes
Tipo conjunto30,6 % (28,3 cc + 1,3 cp + 0,9 ce + 0,1 fp + 0,6 mei)
Norma de cotizaciónOrden PCM/74/2023 (BOE-A-2023-2079)
Disposición principalRDL 13/2022 (BOE-A-2022-12482)

Hito normativo

El cambio se acompañó de una disposición transitoria que prorrogaba la tarifa plana (87,15 €/mes en 2025, importe revisable anualmente por LPGE) durante 12 meses (más 12 si los rendimientos previstos eran inferiores al SMI), sustituyendo la antigua tarifa plana porcentual del Real Decreto-ley 8/2019. La transición permitió que autónomos ya bonificados conservaran condiciones equivalentes durante el ejercicio.

A partir del 1 de enero de 2023 también pasó a ser obligatoria la cobertura por contingencias profesionales para el conjunto de los autónomos. Antes era opcional; con el nuevo modelo se integró en el tipo conjunto único, lo que dio acceso universal a prestaciones por accidente de trabajo, enfermedad profesional, riesgo durante el embarazo y lactancia, y cese de actividad.

Cómo afectó al autónomo individual

Perfil de rendimiento neto previstoTramoCuota mensual orientativa
600 €/mes1 reducida≈ 230 €
1.200 €/mes3 reducida≈ 294 €
2.000 €/mes7 general≈ 310 €
3.500 €/mes11 general≈ 400 €
5.000 €/mes14 general≈ 500 €

Para quien venía cotizando por la base mínima del sistema anterior (294,02 €/mes) y declaraba rendimientos efectivos por debajo del SMI, el efecto fue una bajada nominal de cuota. Para quien venía cotizando por base mínima pero declaraba rendimientos superiores, el efecto fue una subida progresiva al tramo correspondiente, con regularización pendiente en 2024-2025.

Lectura comparativa con la inflación

La cuota mínima absoluta subió respecto a 2022 (era de unos 294 €/mes para quien cotizaba por la base mínima del sistema antiguo). Pero la cifra absoluta no es comparable directa porque cambió el método: en 2022 todos tenían la misma base si la elegían; en 2023 los autónomos con rendimientos por debajo del SMI pasaron a un tramo reducido con cuota efectivamente menor que la del sistema anterior. El IPC interanual al cierre de 2022 fue del 5,7 % según el INE, lo que en términos reales situó la cuota mínima del autoempleo bajo en una contracción significativa.

Régimen transitorio y previsión de rendimientos

El RDL 13/2022 introdujo la obligación de comunicar la previsión de rendimientos netos del ejercicio en el momento del alta y de actualizarla hasta 6 veces al año vía Importass. La previsión inicial podía hacerse con margen amplio, y la regularización final se realizaba al cierre del ejercicio cuando la AEAT compartía los rendimientos reales declarados en el IRPF.

Cambios concretos respecto a 2022 (régimen libre elección)

Concepto2022 (régimen anterior)2023 (régimen rendimientos)
EstructuraBase elegida libremente15 tramos por rendimientos
Base mínima del sistema960,60 €751,63 € (tramo 1 reducida)
Cuota mínima del sistema≈ 294,02 €≈ 230 € (tramo 1 reducida)
Base máxima4.139,40 €4.495,50 € (tramo 12 general)
Tipo conjunto30,3 %30,6 % (con MEI 0,6 %)
Contingencias profesionalesOpcionalObligatorias
Cese de actividadOpcionalObligatorio
MEINo existía0,6 %

El cambio liberó a los autónomos de rendimientos bajos (≈ 30 % del colectivo) que pasaron a pagar cuota inferior a la anterior, y subió la cotización mínima para los de rendimientos altos que antes elegían la base mínima del sistema independientemente de su facturación real.

Casos numéricos por perfil de rendimientos

Perfil bajo: 600 €/mes de rendimientos netos

Tramo 1 reducida. Cuota mínima: ≈ 230 €/mes.

ConceptoImporte anual
Cotización RETA al mínimo≈ 2.760 €
Si aplica tarifa plana (80 €/mes en 2023)≈ 960 €
Ahorro tarifa plana primer año≈ 1.800 €
Diferencia frente a régimen 2022 (294 € base mínima)−768 €/año

Perfil medio: 2.000 €/mes de rendimientos netos

Tramo 7 general. Cuota mínima: ≈ 310 €/mes.

ConceptoImporte anual
Cotización RETA al mínimo≈ 3.720 €
Diferencia frente a régimen 2022 (294 € base mínima)+192 €/año

Este perfil pasó a tener obligación de subir al tramo correspondiente a sus rendimientos reales. Quien declaró rendimientos bajos en 2023 con facturación alta tuvo que regularizar en 2024.

Perfil alto: 5.000 €/mes de rendimientos netos

Tramo 14 general. Cuota mínima: ≈ 500 €/mes.

ConceptoImporte anual
Cotización RETA al mínimo del tramo≈ 6.000 €
Diferencia frente a régimen 2022 (294 € base mínima)+2.472 €/año

Este perfil fue el principal "perdedor" en términos puramente fiscales del cambio de modelo, al no poder seguir cotizando por base mínima del sistema.

Impacto del MEI: año cero

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional debutó en 2023 con un tipo del 0,6 % sobre la base de cotización. Es un recargo finalista destinado al Fondo de Reserva de la Seguridad Social que financia el efecto demográfico del baby boom sobre las pensiones futuras.

AñoMEISobrecoste mensual (base mínima ≈ 750 €)
20230,60 %≈ 4,50 €
20240,70 %≈ 5,25 €
20250,80 %≈ 6,00 €
20260,90 %≈ 6,75 €
2029 (techo)1,20 %≈ 9,00 €

El recargo se aplica sobre la base de cotización, no sobre la cuota. Por eso el efecto monetario depende del tramo: en tramo 15 con base máxima 4.495,50 €, el MEI del 0,6 % supuso ≈ 27 €/mes adicionales.

Ver también

  • Tabla completa por tramo, año 2023
  • Guía de la nueva cuota según rendimientos
  • Resumen año 2024
  • BOE-A-2022-12482
  • BOE-A-2023-2079

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Cifras derivadas matemáticamente sobre datos oficiales del BOE. Detalle metodológico en datos/metodología.