Sede electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social específicamente diseñada para trabajadores autónomos, accesible en importass.seg-social.es. Es el canal principal de autogestión del autónomo con la TGSS: concentra los trámites del RETA que antes exigían presencia física en ventanilla y los pone a disposición del trabajador en cualquier momento. Su nombre deriva de la contracción "Importa" (verbalmente relevante) y la extensión ".ss" (Seguridad Social).
El acceso requiere identificación mediante certificado digital (FNMT u otras entidades acreditadas), DNI electrónico o el sistema Cl@ve (PIN o Permanente). Para los trámites con efectos jurídicos plenos —alta, baja, modificación de base de cotización— la autenticación con certificado es la más robusta. Cl@ve Permanente permite acceso a la mayoría de gestiones habituales.
El portal articula el ciclo completo de relación del autónomo con la TGSS:
El alta en el RETA puede tramitarse desde 60 días naturales antes del inicio efectivo de la actividad y, como último momento válido, el mismo día del inicio. El alta con fecha de efecto previo —anterior al inicio real— no es posible sin justificación.
La presentación fuera de plazo —es decir, después de haber comenzado la actividad sin haber tramitado el alta— genera recargos sobre la cuota: 10 % si la demora no supera un mes, 20 % si la supera. Además, puede suponer la pérdida del derecho a bonificaciones aplicables en el primer período de actividad, como la tarifa plana, cuya condición habitual es que no se hayan tenido altas previas en el RETA en los últimos años.
El sistema de cotización por rendimientos netos reales, implantado progresivamente desde 2023, convierte Import@ss en el instrumento de ajuste continuo. Si a mitad de año el autónomo detecta que sus rendimientos previstos van a diferir significativamente de los comunicados, puede actualizar la previsión y, en consecuencia, ajustar la base de cotización. El sistema consolida o regula al final del ejercicio en función de los rendimientos declarados en la renta.
El autónomo dispone de seis ventanas de cambio al año; cada solicitud tiene una fecha límite de presentación estricta. No cumplir ese plazo implica esperar a la siguiente ventana.
Import@ss es la sede de la TGSS, no de la AEAT ni del SEPE. No sirve para:
¿Puedo tramitar el alta en el RETA sin certificado digital? Sí, mediante Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN, aunque la autenticación con certificado es más completa para firmar documentos con plenos efectos jurídicos.
¿Es posible hacer todo el alta en RETA desde el móvil? Import@ss tiene versión responsive, pero para instalar el certificado en el móvil se requiere configuración previa. La experiencia en escritorio es más estable para trámites con firma.
¿Cuánto tarda la TGSS en confirmar el alta? El alta tramitada correctamente en Import@ss suele tener resolución inmediata o en horas. En casos con incidencias o solicitud de bonificación, puede requerir revisión manual con plazo de días.
importass.seg-social.es.Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes