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Observatorio editorial del trabajador autónomo en España. Datos verificables de fuentes oficiales.

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Import@ss

Portal de servicios al autónomo de la Tesorería General de la Seguridad Social, accesible en importass.seg-social.es. Es la sede operativa donde el trabajador por cuenta propia gestiona en autoservicio sus trámites: alta y baja en el RETA, cambio de base de cotización, modificación de rendimientos netos previstos, consulta de informes y certificados, comunicación de actividad y solicitud de bonificaciones (tarifa plana, post-maternidad, cuidado de menor con cáncer, entre otras).

El acceso se realiza con certificado digital, DNI electrónico, sistema Cl@ve o usuario y contraseña de la Seguridad Social. La autenticación con certificado es la vía más estable para trámites con firma vinculante.

Aplicación al autónomo

Sustituye a los trámites presenciales en las oficinas de la TGSS para la inmensa mayoría de gestiones del autónomo. Un alta en RETA completa puede tramitarse en quince minutos, incluyendo elección de base de cotización, comunicación de rendimientos previstos y solicitud de bonificación si procede. La atención presencial sigue disponible con cita previa para casos que requieran documentación física o regularizaciones complejas.

Hasta seis cambios de base de cotización al año pueden formalizarse en Import@ss, con efectos los días 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del año siguiente. La solicitud debe presentarse antes del día último del mes inmediatamente anterior a cada hito.

Cifra de referencia o caso

El plazo para comunicar el alta inicial en RETA es de 60 días naturales anteriores al inicio efectivo de la actividad y, como tarde, el mismo día de inicio. La presentación fuera de plazo genera recargos del 10 % o 20 % sobre la cuota según la demora, y puede acarrear pérdida del derecho a bonificaciones del primer ejercicio.

Cuándo importa (o no)

Importa para cualquier gestión con la TGSS: alta, baja, cambios de base, certificados, consulta de cuotas pagadas, regularización, autorización de domiciliación. No reemplaza a la sede de la AEAT (declaraciones tributarias) ni al SEPE (prestaciones por desempleo o cese de actividad fuera de la TGSS).

Términos relacionados

  • TGSS
  • RETA
  • cuota RETA
  • alta inicial
  • certificado digital

Ver también

  • TGSS
  • RETA
  • Cuota RETA
  • Alta inicial en el RETA
  • Certificado digital

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes