Pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades. La presentan las sociedades mercantiles que cumplen los requisitos de volumen establecidos. No es un modelo del autónomo individual, pero sí lo presenta la sociedad en la que el autónomo es socio mayoritario.
Tres pagos a lo largo del año:
| Pago | Plazo |
|---|---|
| 1P (1er pago) | 1 al 20 de abril |
| 2P (2º pago) | 1 al 20 de octubre |
| 3P (3er pago) | 1 al 20 de diciembre |
pago fraccionado = 18 % × (cuota íntegra del último IS − retenciones soportadas)
pago fraccionado = (base imponible del periodo × tipo) − retenciones − pagos anteriores
El tipo aplicable es del 17 % (régimen general) o porcentaje específico según la cifra de negocios.
Si el autónomo socio mayoritario lleva la administración de la SL:
Si la sociedad tiene pérdidas, presenta el modelo 202 a cero.
Presentación fuera de plazo:
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes