Saltar al contenido
aautonomosde.com
CuotaIRPFBonificacionesComunidadCalculadoras
  • Cuota
  • IRPF
  • Bonificaciones
  • Comunidad
  • Calculadoras
  • Informe
  • Comparativas
  • Guías
  • Análisis
  • Preguntas
  • Calcular
  • Alta sectorial
  • Sectores
  • Glosario
  • Calendario fiscal
  • Cierre fiscal
  • Internacional
  • Sobre
aautonomosde.com

Observatorio editorial del trabajador autónomo en España. Datos verificables de fuentes oficiales.

Fuentes

  • TGSS
  • AEAT
  • INE
  • BOE
  • MITES

Datos

  • Datos
  • Metodología
  • Fuentes
  • Changelog
  • Sobre

Legales

  • Aviso legal
  • Privacidad
  • Cookies

© 2026 autonomosde.com. Cifras citadas con su fuente y vigencia legal.

  1. Inicio›
  2. Glosario›
  3. Modelo 200

Modelo 200

Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (IS). La presentan sociedades mercantiles (SL, SA, sociedades civiles con objeto mercantil) que tributan por IS. No es un modelo del autónomo individual (que tributa IRPF), pero sí lo presenta el autónomo societario por la sociedad en la que tiene control efectivo.

Plazo

25 días posteriores a los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio social. Para sociedades con ejercicio coincidente con el año natural, el plazo va del 1 al 25 de julio del año siguiente.

Tipos vigentes 2026

  • General: 25 %.
  • Empresas de reducida dimensión (cifra de negocios < 1 M€): 23 % (sobre los primeros 50.000 € y 25 % sobre el resto, en algunos casos).
  • Entidades de nueva creación: 15 % los dos primeros ejercicios con beneficios.
  • Cooperativas: tipo reducido específico.
  • Fundaciones acogidas a Ley 49/2002: 10 %.

Pagos fraccionados — Modelo 202

A lo largo del año la sociedad presenta tres pagos fraccionados mediante el modelo 202:

  • 1-20 de abril (pago 1P).
  • 1-20 de octubre (pago 2P).
  • 1-20 de diciembre (pago 3P).

Estos pagos se descuentan en la declaración anual del modelo 200.

Aplicación al autónomo societario

Si el autónomo es socio mayoritario y administrador de una SL:

  • La sociedad presenta el modelo 200 anualmente sobre su resultado contable ajustado.
  • El autónomo socio tributa en su IRPF (modelo 100) por:
    • Rendimientos del trabajo si la sociedad le paga nómina.
    • Rendimientos del capital mobiliario si percibe dividendos.
  • El autónomo cotiza al RETA independientemente del modelo 200.

Operaciones vinculadas

Si hay operaciones entre el socio autónomo y su sociedad (por ejemplo, el socio factura servicios a su SL), deben cumplir el principio de plena competencia: precios de mercado, con documentación específica si el volumen lo exige.

Términos relacionados

  • [[autonomo-societario]]
  • [[modelo-202]]

Ver también

  • Autónomo societario
  • Modelo 202

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes