Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (IS). La presentan sociedades mercantiles (SL, SA, sociedades civiles con objeto mercantil) que tributan por IS. No es un modelo del autónomo individual (que tributa IRPF), pero sí lo presenta el autónomo societario por la sociedad en la que tiene control efectivo.
25 días posteriores a los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio social. Para sociedades con ejercicio coincidente con el año natural, el plazo va del 1 al 25 de julio del año siguiente.
A lo largo del año la sociedad presenta tres pagos fraccionados mediante el modelo 202:
Estos pagos se descuentan en la declaración anual del modelo 200.
Si el autónomo es socio mayoritario y administrador de una SL:
Si hay operaciones entre el socio autónomo y su sociedad (por ejemplo, el socio factura servicios a su SL), deben cumplir el principio de plena competencia: precios de mercado, con documentación específica si el volumen lo exige.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes