Saltar al contenido
aautonomosde.com
CuotaIRPFBonificacionesComunidadCalculadoras
  • Cuota
  • IRPF
  • Bonificaciones
  • Comunidad
  • Calculadoras
  • Novedades
  • Informe
  • Comparativas
  • Guías
  • Análisis
  • Preguntas
  • Calcular
  • Alta sectorial
  • Sectores
  • Glosario
  • Calendario fiscal
  • Cierre fiscal
  • Doctrina
  • Internacional
  • Sobre
aautonomosde.com

Observatorio editorial del trabajador autónomo en España. Datos verificables de fuentes oficiales.

Fuentes

  • TGSS
  • AEAT
  • INE
  • BOE
  • MITES

Datos

  • Datos
  • Metodología
  • Fuentes
  • Changelog
  • Sobre

Legales

  • Aviso legal
  • Privacidad
  • Cookies

© 2026 autonomosde.com. Cifras citadas con su fuente y vigencia legal.

  1. Inicio›
  2. Guías›
  3. Modelo 369 y régimen OSS: ventanilla única IVA para ventas B2C intracomunitarias 2026

Modelo 369 y régimen OSS: ventanilla única IVA para ventas B2C intracomunitarias 2026

Qué es el modelo 369, cuándo un autónomo que vende a consumidores de otros países de la UE está obligado a presentarlo, cómo funciona el umbral de 10.000 euros y cómo evitar registrarse en cada país de la UE.

El modelo 369 es la autoliquidación trimestral del IVA correspondiente a las ventas a distancia intracomunitarias de bienes y a los servicios prestados a consumidores finales (B2C) de otros Estados de la Unión Europea, cuando esas ventas superan el umbral de 10.000 euros anuales y el autónomo ha optado por el régimen de ventanilla única (One Stop Shop, OSS). A través de ese régimen, el autónomo declara y paga en España el IVA que corresponde a cada país de destino, sin necesidad de registrarse como sujeto pasivo en cada uno de esos países.

De un vistazo

PiezaValor 2026
NaturalezaAutoliquidación (se ingresa el IVA de los países de destino)
RégimenOne Stop Shop (OSS) — régimen de la Unión
PeriodicidadTrimestral
PlazoÚltimo día del mes siguiente al trimestre (30 abril, 31 julio, 31 octubre, 31 enero)
Umbral de aplicación obligatoria10.000 € anuales de ventas a distancia B2C intracomunitarias
Quién puede optarAutónomos con ventas B2C a consumidores de la UE que superen el umbral
Alta en el régimenModelo 035 ante la AEAT
Norma de referenciaLey 37/1992 del IVA (BOE-A-1992-28740); Directiva 2017/2455/UE

Qué es el régimen OSS y el modelo 369

Hasta 2021, cuando un autónomo español vendía productos o servicios digitales a consumidores (no empresarios) de Alemania, Francia o Italia, en principio debía registrarse como sujeto pasivo en cada uno de esos países para declarar el IVA local. Ese sistema era inmanejable para pequeños autónomos.

El régimen de ventanilla única (OSS) resuelve ese problema: el autónomo se registra una sola vez en España (su país de establecimiento), declara trimestralmente el IVA de todos los países de la UE a los que vende en el modelo 369, y la AEAT distribuye automáticamente los importes a las haciendas nacionales de cada país.

El OSS no crea un tipo único: el autónomo debe aplicar el tipo de IVA del país del consumidor para cada venta. Si vende a un consumidor alemán, aplica el tipo alemán vigente; si vende a uno francés, el tipo francés.


Qué operaciones cubre el modelo 369

El régimen OSS (modalidad de la Unión, para autónomos establecidos en la UE) cubre:

  • Ventas a distancia intracomunitarias de bienes a consumidores finales de otros Estados UE: ventas en las que el autónomo o su proveedor expide o transporta los bienes desde España a otro país UE y el destinatario es un particular.
  • Prestaciones de servicios a consumidores finales de otros Estados UE: servicios electrónicos (descarga de software, cursos online, servicios de streaming, acceso a contenidos digitales), servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y televisión, y en general cualquier servicio que, por las reglas de localización, se entienda prestado en el país del consumidor.

No cubre:

  • Operaciones B2B (empresario a empresario): esas se declaran en el modelo 303 y el modelo 349.
  • Ventas a distancia de bienes importados de fuera de la UE con un valor intrínseco superior a 150 €: para esas existe el régimen IOSS (Import One Stop Shop), que se gestiona con el modelo 369 pero en la modalidad de importación, con reglas distintas.
  • Ventas de bienes que no se desplazan de España a otro país UE (entregas interiores): no son ventas a distancia intracomunitarias.

El umbral de 10.000 euros

El umbral de 10.000 euros es la clave para saber si el autónomo tiene que preocuparse por el régimen OSS:

  • Si las ventas a distancia B2C intracomunitarias y los servicios a consumidores de la UE no superan 10.000 euros en el año en curso ni en el anterior, el autónomo puede seguir aplicando IVA español (el del país de origen) a todas esas operaciones y declararlas en el modelo 303 ordinario. No está obligado a registrarse en el OSS.
  • En cuanto las ventas superan los 10.000 euros anuales (o en el año en curso o en el anterior), el autónomo debe aplicar el IVA del país del consumidor para las ventas que excedan ese umbral. A partir de ese momento tiene dos opciones: registrarse en el OSS (modelo 369), o registrarse como sujeto pasivo en cada país de la UE donde tenga consumidores. La primera opción es la práctica habitual.

El umbral de 10.000 euros se calcula sumando el importe total (sin IVA) de todas las ventas a distancia de bienes y servicios a consumidores de todos los países de la UE, no por país individual.

Una vez superado el umbral, el OSS aplica desde la primera venta que lo supera, no solo a partir del año siguiente.


Cómo se calcula el IVA en el modelo 369

El autónomo aplica el tipo de IVA de cada país de destino a sus ventas en ese país. Cada Estado miembro tiene sus propios tipos generales, reducidos y superreducidos. La Comisión Europea publica las tablas actualizadas de tipos de IVA de todos los países UE.

Caso numérico: autónomo de cursos online con ventas en la UE

Perfil: diseñador español que vende cursos de diseño online a consumidores de varios países de la UE. Segundo trimestre de 2026.

País del consumidorVentas (base)Tipo IVA local (ejemplo)IVA a declarar
Alemania2.100 €19 %399,00 €
Francia1.600 €20 %320,00 €
Italia900 €22 %198,00 €
Portugal450 €23 %103,50 €
Total5.050 €1.020,50 €

El diseñador presenta el modelo 369 del 2T antes del 31 de julio e ingresa 1.020,50 € en España. La AEAT distribuye los importes a las haciendas de Alemania, Francia, Italia y Portugal.

Los tipos de IVA en este ejemplo son ilustrativos de la mecánica: los tipos exactos vigentes de cada Estado miembro en 2026 deben consultarse en la tabla oficial de la Comisión Europea o en la sede de cada hacienda nacional.


Cómo darse de alta en el OSS

El alta en el régimen OSS se solicita mediante el modelo 035 ante la AEAT, por vía telemática. Una vez registrado, el autónomo comienza a aplicar el OSS a partir del primer día del trimestre siguiente al de la solicitud (o antes si ya ha superado el umbral en ese mismo trimestre).

El alta en el OSS no afecta a las operaciones interiores españolas ni a las B2B intracomunitarias: esas siguen declarándose en el modelo 303 y el modelo 349 con normalidad.


Cómo se presenta: pasos

Paso 1: Verificar si has superado el umbral

Comprueba que el total de tus ventas a distancia B2C a consumidores de la UE (todos los países) supera o va a superar 10.000 euros en el año. Si no lo supera, puedes optar por declararlo en el 303 ordinario con IVA español.

Paso 2: Registrarse en el OSS (modelo 035)

Si superas el umbral o decides acogerte voluntariamente al régimen, presenta el modelo 035 en la sede electrónica de la AEAT para darte de alta.

Paso 3: Llevar registro separado de ventas por país

Para cada venta, registra el país del consumidor, la base imponible y el tipo de IVA aplicado. Necesitarás dos pruebas no contradictorias que acrediten el país del destinatario (dirección de entrega, país de la tarjeta de pago, dirección IP, prefijo telefónico, etc.).

Paso 4: Calcular el IVA por país al cierre del trimestre

Agrupa las ventas por país y aplica el tipo de IVA de cada uno. Suma el IVA total a ingresar.

Paso 5: Presentar el modelo 369 en la sede electrónica de la AEAT

El formulario está en la sede de la AEAT dentro del apartado de OSS. Se cumplimenta con las ventas desagregadas por país y tipo de IVA. El sistema calcula el total a ingresar.

Paso 6: Pagar el importe total

El ingreso se efectúa en euros a la AEAT. La AEAT distribuye a cada hacienda nacional el importe que corresponde.

Paso 7: Conservar los registros durante 10 años

El régimen OSS exige conservar los registros de operaciones durante diez años desde el final del año en que se realizó la operación (plazo superior al ordinario de cuatro años de prescripción). Estos registros deben estar disponibles para cualquier autoridad fiscal de la UE que los solicite.


Errores frecuentes

  • No darse de alta cuando se supera el umbral: si el autónomo supera 10.000 € sin declarar el IVA del país del consumidor, está incumpliendo la normativa del país de destino. Cada país puede exigir el registro y el pago del IVA adeudado con sus propias sanciones e intereses.
  • Aplicar IVA español a ventas B2C intracomunitarias por encima del umbral: es el error más frecuente. A partir de los 10.000 € hay que aplicar el tipo del país del consumidor, no el 21 % español.
  • No acreditar el país del consumidor: el régimen exige dos pruebas no contradictorias. Una sola prueba (solo la dirección postal, por ejemplo) puede no ser suficiente si hay una inspección.
  • Incluir operaciones B2B en el modelo 369: las ventas a empresarios con VAT-ID van al modelo 303 y al modelo 349, no al 369.
  • Confundir el modelo 369 con el IOSS: el IOSS es la modalidad de importación del OSS, para ventas de bienes procedentes de fuera de la UE con valor intrínseco de hasta 150 €. El modelo 369 ordinario (modalidad de la Unión) es para operaciones dentro de la UE.
  • No conservar registros 10 años: el plazo de conservación en el OSS es más largo que el ordinario de prescripción fiscal española.

Relación con otros modelos

ModeloRelación
Modelo 303Las ventas B2C por debajo del umbral de 10.000 € siguen declarándose en el 303 con IVA español. Las ventas acogidas al OSS no se incluyen en el 303.
Modelo 349El 349 es para operaciones B2B. El 369 es para B2C. No se solapan.
Modelo 390El resumen anual del 390 no incluye las operaciones del 369 (son IVA de otros países, no IVA español).
Modelo 035El alta en el OSS se tramita mediante el modelo 035, no el 036.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si en un trimestre no tengo ventas intracomunitarias B2C?

Debes presentar el modelo 369 a cero. Una vez registrado en el OSS, la obligación de presentar existe aunque el resultado sea cero, hasta que te des de baja del régimen.

¿Puedo desregistrarme del OSS si mis ventas bajan del umbral?

Sí. La baja en el OSS se solicita mediante el modelo 035. Una vez dado de baja, vuelves a declarar las ventas B2C intracomunitarias en el modelo 303 con IVA español, siempre que estés por debajo del umbral.

¿El IVA del 369 es deducible para mi empresa?

No en el sentido ordinario. El IVA declarado en el modelo 369 es el IVA de otros países que recaudas en nombre de esas haciendas. No lo deduces en el modelo 303 español: lo ingresas íntegro y la AEAT lo distribuye. El IVA soportado en tus compras en España sigue siendo deducible en el modelo 303.

¿Y si vendo productos físicos a través de un marketplace?

Si el marketplace es considerado sujeto pasivo ficto (plataformas como Amazon, Zalando, etc. en determinadas condiciones), puede ser el marketplace quien declare el IVA del país de destino, no el autónomo vendedor. Esta distinción tiene implicaciones específicas que conviene verificar con el marketplace y con un asesor fiscal.

¿El umbral de 10.000 euros es por país o global?

Global. Se suman todas las ventas a distancia B2C a consumidores de todos los países de la UE (no solo a un país concreto). Si vendes 5.000 € a Alemania y 6.000 € a Francia, ya has superado el umbral aunque individualmente ninguno lo supere.


Recursos

  • Ley 37/1992, del IVA (BOE-A-1992-28740).
  • Tablas de tipos de IVA por Estado miembro de la UE: taxation-customs.ec.europa.eu.
  • Sede electrónica AEAT — modelo 369 y OSS: sede.agenciatributaria.gob.es (sección Impuestos y Tasas › IVA › Modelos 035 y 369).
  • Modelo 303: autoliquidación trimestral de IVA.
  • Modelo 349: operaciones intracomunitarias B2B.
  • Glosario: ventanilla única OSS.
  • Calendario fiscal del autónomo 2026.

Esta guía es información editorial y no constituye asesoramiento fiscal personalizado. Los tipos de IVA de cada Estado miembro de la UE pueden variar. La mecánica del OSS puede tener particularidades según el tipo de servicio o producto. Para casos concretos, consulta con un asesor fiscal o la sede electrónica de la AEAT.

Fuentes

  • BOE-A-1992-28740
Información editorial. No es asesoría fiscal personalizada. Para casos concretos consulta a tu asesor o a la administración competente.

Última actualización: 29 de mayo de 2026. Próxima revisión planificada: 1 de noviembre de 2026.