Pregunta frecuente
Sí. El sistema de cotización por rendimientos introducido por el RDL 13/2022 permite cambiar de tramo y base hasta seis veces al año. El cambio se solicita en Importass y entra en vigor en los hitos fijos establecidos: 1 de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y 1 de enero.
Desde el 1 de enero de 2023, los autónomos cotizan en función de sus rendimientos netos previstos. La base de cotización no es fija: se elige dentro de la horquilla del tramo que corresponde a los rendimientos declarados y puede modificarse hasta seis veces al año, en los hitos establecidos por el RDL 13/2022.
| Hito | Efectos desde | Solicitud hasta |
|---|---|---|
| 1 | 1 de marzo | 28 de febrero |
| 2 | 1 de mayo | 30 de abril |
| 3 | 1 de julio | 30 de junio |
| 4 | 1 de septiembre | 31 de agosto |
| 5 | 1 de noviembre | 31 de octubre |
| 6 | 1 de enero | 30 de noviembre |
Hay dos variables independientes:
Para consultar los 15 tramos con sus bases mínimas, máximas y cuotas resultantes, ver Guía de cuota según rendimientos netos.
Ana cotiza en tramo 3 (base mínima 822,60 €/mes, cuota 259,12 €/mes). En junio obtiene un contrato recurrente que eleva sus rendimientos previstos al nivel del tramo 6.
| Periodo | Tramo | Cuota mensual |
|---|---|---|
| Enero-junio (sin cambio) | 3 | 259,12 € |
| Julio-diciembre (con cambio a tramo 6) | 6 | 330,65 € |
| Total año cotizado | — | 3.537 € |
Sin el cambio, en la regularización anual se le reclamaría la diferencia entre lo cotizado y el tramo correcto, más intereses. Cambiando en julio, la regularización es menor y Ana ha cotizado de forma más ajustada a sus rendimientos reales.
Elegir un tramo que no se corresponde exactamente con los rendimientos reales no es una infracción. Al año siguiente la TGSS practica la regularización, que ajusta sin penalización lo cotizado de más o de menos.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes