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  3. ¿Qué pasa si no pago la cuota de autónomo?

Pregunta frecuente

¿Qué pasa si no pago la cuota de autónomo?

No pagar la cuota del RETA activa un recargo del 10 % el primer mes de demora y 20 % a partir del segundo, más intereses. A los 6 meses la deuda pasa a vía ejecutiva con embargos. Pierdes acceso a bonificaciones, aplazamientos y el derecho al cese de actividad.

En detalle

Respuesta directa

La cuota RETA es obligatoria mensualmente mientras estés de alta. No pagarla genera:

DemoraConsecuencia
1er mes desde fin plazoRecargo 10 % sobre la cuota
A partir 2º mesRecargo 20 %
> 6 mesesVía ejecutiva: 20 % + intereses + posibles embargos
Deudas pendientesPérdida de bonificaciones (tarifa plana, joven, etc.)
Deudas con TGSSNo estás "al corriente" → bloqueo de aplazamientos, contratos públicos, subvenciones

Norma: LGSS arts. 21 y 28.

Cómo se activa el impago

  • Domiciliación bancaria rechazada (saldo insuficiente, cuenta cerrada): se considera impago el último día hábil del mes.
  • Sin domiciliación (alguna excepción tasada): cargo manual fuera de plazo es impago automático.

Caso numérico — impago de 3 meses

Pablo no paga la cuota de marzo (205,88 €) durante 4 meses:

ConceptoImporte
Cuota marzo205,88 €
Recargo 10 % (1er mes demora)20,59 €
Recargo 20 % (a partir del 2º)41,18 €
Intereses de demora aproximados~5 €
Total a pagar~272,65 € (32 % sobre la cuota original)

A los 6 meses la deuda entra en vía ejecutiva: posibles embargos de cuenta, salario o bienes.

Qué pierdes mientras tengas deuda

  • Tarifa plana prospectiva: si solicitas nueva tarifa plana al volver al alta, denegada por deudas.
  • Bonificaciones autonómicas: la Cuota Cero exige estar al corriente.
  • Aplazamiento sin garantía: el aplazamiento se solicita en Importass; requiere estar al corriente para aceptarse en buenos términos.
  • Cobro del cese de actividad: requiere estar al corriente.
  • Certificado de estar al corriente: necesario para muchos trámites con AAPP, bancos, clientes.

Cómo solicitar aplazamiento

Antes de que la deuda escale:

  1. Importass → "Aplazamiento de cuotas".
  2. Importes < 30.000 €: sin garantía.
  3. Hasta 12 mensualidades en plazo ordinario.
  4. Intereses de demora (~5 %/año).
  5. La domiciliación de las cuotas aplazadas es obligatoria.

Errores frecuentes

  • Ignorar las notificaciones: las notificaciones llegan al buzón Importass. Sin lectura, recargo automático.
  • Cambiar de cuenta sin actualizar domiciliación: cargos rechazados activan recargo.
  • Asumir que la baja borra la deuda: NO. La deuda se mantiene tras la baja.

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Fuentes

  • LGSS arts. 21-28.
  • Orden PJC/297/2026.

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Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Cifras vigentes en 2026 según BOE citado. Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la administración correspondiente.