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  3. ¿Qué pasa si no presento el modelo 303?

Pregunta frecuente

¿Qué pasa si no presento el modelo 303?

No presentar el modelo 303 en plazo activa recargo del 1-15 % si hay ingreso pendiente o sanción mínima 100-200 € si es a cero. Si tras requerimiento de la AEAT no se presenta, sanción del 50-150 % sobre la cuota más posibles infracciones específicas del IVA.

En detalle

Respuesta directa

El modelo 303 es la autoliquidación trimestral del IVA. Quien está sujeto al IVA debe presentarlo cada trimestre:

Presentación fuera de plazo SIN requerimiento

Escala LGT art. 27:

DemoraRecargo (con ingreso)
Hasta 1 mes1 %
Hasta 3 meses3 %
3-6 meses4 %
6-12 meses5 %
> 12 meses15 % + intereses

Sin ingreso o a cero fuera de plazo: sanción mínima 100-200 €.

Con requerimiento AEAT

Sanción 50-150 % sobre la cuota dejada de ingresar (LGT art. 191).

Caso numérico

Pablo debía ingresar 2.500 € de IVA en el 1T 2026. Olvida presentar el modelo 303 y la AEAT le requiere 5 meses después:

EscenarioCoste total
Presentación voluntaria a los 5 meses2.500 × 1,04 = 2.600 € (recargo 4 %)
Tras requerimiento AEAT (sanción 50 %)2.500 + 1.250 = 3.750 €
Con resistencia o reincidencia (150 %)2.500 + 3.750 = 6.250 €

Qué entra en el cómputo del recargo

  • El recargo se aplica sobre la cuota tributaria (lo que debías ingresar), no sobre el resultado del trimestre.
  • Si el resultado es a compensar o devolver y olvidas presentar el modelo, la sanción es fija (100-200 €), no porcentual.

Excepciones a la obligación de 303

No están obligados a presentar 303:

  • Recargo de equivalencia (comercio minorista persona física).
  • Régimen REAGP (agricultura, ganadería, pesca acogida).
  • Actividades exentas del artículo 20 LIVA (sanidad pública/concertada, enseñanza reglada, alquiler de vivienda, operaciones financieras).
  • Régimen simplificado parcialmente (presentan 303 simplificado con porcentajes módulos).
  • Franquicia europea opcional desde 2025 (< 85.000 €/año).

Errores frecuentes

  • No presentar a cero: aunque no haya actividad, hay que presentar el modelo trimestral mientras estés sujeto.
  • Domiciliar fuera de plazo: la domiciliación cierra 5 días antes del fin de plazo voluntario.
  • No conservar libros de IVA: la AEAT puede requerirlos en 4 años.
  • No incluir operaciones intracomunitarias: van en el 303 + el 349.

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Fuentes

  • LGT arts. 27 y 191.
  • Ley 37/1992 IVA.

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Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Cifras vigentes en 2026 según BOE citado. Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la administración correspondiente.