Qué incluye la actividad
El epígrafe IAE 861.2 — Restauradores de obras de arte corresponde al ejercicio libre de la restauración de obras pictóricas, escultóricas, retablos, libros, archivos, mobiliario antiguo y patrimonio cultural en general. Es una profesión técnica especializada con titulación universitaria propia (Grado en Conservación y Restauración de Bienes Culturales).
La actividad incluye:
- Restauración de pintura (óleo, acrílico, frescos).
- Restauración de escultura (madera, piedra, metal, cerámica).
- Restauración de retablos y bienes muebles eclesiásticos.
- Restauración de obra gráfica y libros (encuadernación, papel).
- Restauración de archivos y documentos históricos.
- Restauración de mobiliario antiguo y artes decorativas.
- Conservación preventiva en museos e instituciones.
Métodos de tributación admitidos
Solo estimación directa (simplificada hasta 600.000 €/año). No elegible para módulos.
Régimen IVA
- Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
- Tipo IVA aplicable: 21 % general sobre los servicios.
- Trabajos para institución pública (museos estatales, autonómicos): retención del 19 % por la propia administración pagadora.
Retenciones en facturas
- Particulares: sin retención.
- Empresas, instituciones, museos: retención del 15 %.
- Administración pública: retención del 19 %.
- Nuevos restauradores: pueden solicitar retención del 7 % los 3 primeros años.
Particularidades fiscales
- Material técnico de restauración:
- Productos químicos especializados: disolventes técnicos, consolidantes, barnices reversibles.
- Herramientas especializadas: bisturíes, pinceles de marta, microscopios, lámparas UV.
- Instrumentos ópticos (loupes, microscopio estereoscópico, lámparas Wood): inmovilizado amortizable.
- Taller-laboratorio especializado: deducible al 100 % si es local exclusivo.
- Formación continuada: cursos en IPCE (Instituto del Patrimonio Cultural de España), ICCROM, jornadas técnicas internacionales: deducible.
- Asociación a entidades del sector:
- ACRE (Asociación de Conservadores-Restauradores de España).
- AERR (Asociación Española de Restauradores y Conservadores de Obras de Arte).
- GE-IIC (Grupo Español de Conservación).
- Seguro de responsabilidad civil profesional: muy recomendable por la naturaleza única e irreversible de los bienes restaurados.
Caso típico con cifras
Perfil: restauradora autónoma individual con taller propio, cartera mixta (museos provinciales, parroquias, particulares con patrimonio familiar, colaboraciones con anticuarios).
- Facturación bruta anual: 40.000-75.000 € + 21 % IVA.
- Gastos reales: alquiler taller 4.000-9.000 €, material técnico 5.000-10.000 €, suministros (humedad y temperatura controladas), formación continua, asociación profesional, seguro RC, gestoría.
- Rendimiento neto IRPF: 18.000-40.000 €/año.
Cuota RETA orientativa
Con rendimientos 18.000-40.000 €/año (1.500-3.333 €/mes), tramos 6-11 generales. Cuota mensual aproximada: 303-453 €/mes en 2026.
Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (87,15 €/mes en 2025; cifra revisable cada año).
Particularidades del oficio
- Trabajo lento y especializado: una restauración puede durar semanas o meses.
- Bienes únicos e irrepetibles: alta responsabilidad profesional.
- Documentación obligatoria: informe técnico previo, durante y posterior a la intervención.
- Procedimientos reversibles: la ética profesional exige tratamientos reversibles cuando es posible.
- Subvenciones: muchos proyectos vienen de ayudas autonómicas o estatales a patrimonio.
Pluriactividad
- Restauradora + asalariada en museo, archivo o universidad.
- Restauradora + docencia en facultad de Bellas Artes o Conservación.
- Restauradora + investigación (proyectos I+D culturales).
Bonificaciones aplicables al perfil
- Tarifa plana estatal en alta inicial.
- Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
- Mujer rural en municipios <5.000 habitantes.
- Pluriactividad frecuente.
- Cuota Cero autonómica según CCAA.
Datos sectoriales
España tiene aproximadamente 3.500 restauradores activos (datos ACRE y federaciones), con concentración en Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia y Granada. El sector está estrechamente vinculado a:
- Patrimonio eclesiástico: España conserva un volumen excepcional de patrimonio religioso.
- Museos estatales, autonómicos y provinciales.
- Mercado del arte: anticuarios, galerías, casas de subasta.
- Particulares: herencias familiares con piezas que requieren restauración.
Errores fiscales frecuentes
- No solicitar la retención del 7 % en los primeros 3 años.
- No declarar la retención del 19 % practicada por la administración pública.
- No tener seguro RC (alta exposición patrimonial).
- No documentar correctamente el trabajo realizado (problema profesional y legal).
- No diferenciar consultoría de conservación (asesoramiento) de la intervención directa sobre la obra.
Contratación con administración pública
La restauración para administración estatal y autonómica se canaliza vía contrato menor (hasta 15.000 € sin IVA en servicios), contrato basado en acuerdo marco o procedimiento abierto según cuantía. La retención del 19 % del IRPF se practica directamente por la administración pagadora y se acredita con el certificado anual del modelo 296. La factura electrónica al sector público es obligatoria desde 2015 (Ley 25/2013) vía FACe o plataforma autonómica equivalente. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECSP) facilita la presentación recurrente.
Calendario operativo del año
| Periodo | Hitos |
|---|
| Enero | Modelo 130 T4, modelo 303 T4, modelo 390 resumen IVA, modelo 180 alquiler taller. |
| Marzo-abril | Pico de licitaciones de patrimonio para campaña de verano. |
| Abril | Modelo 130 T1, modelo 303 T1. |
| Abril-junio | Modelo 100 IRPF. |
| Julio | Modelo 130 T2, modelo 303 T2. |
| Septiembre-noviembre | Trabajos en parroquias y patrimonio religioso de cara a festividades locales. |
| Octubre | Modelo 130 T3, modelo 303 T3. |
| Febrero | Modelo 347 con instituciones y museos privados superiores a 3.005,06 €. |
Recursos relacionados
Norma de referencia
- Ley 35/2006 del IRPF:
BOE-A-2006-20764.
- Ley 37/1992 del IVA.
- Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español.
- Real Decreto 111/1986 que desarrolla parcialmente la Ley 16/1985.
- Códigos deontológicos de ACRE y GE-IIC.