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IRPF por módulos del engrase y lavado de vehículos en 2026

El engrase y lavado de vehículos (epígrafe IAE 751.5) tributa en estimación objetiva por módulos de superficie del local, potencia eléctrica, consumo eléctrico y personal. Es una actividad de servicio con IVA al 21 % general que, en módulos, se liquida por el régimen simplificado. Sus particularidades no fiscales —autorización ambiental, vertidos de agua— condicionan tanto la actividad como su estacionalidad.

En detalle

El engrase y lavado de vehículos en estimación objetiva

El lavadero de vehículos sin venta de carburante se encuadra en el epígrafe IAE 751.5 (engrase y lavado de vehículos). Cubre el lavado manual, los túneles automáticos, los boxes de autoservicio, el engrase y cambio de aceite sin reparación mecánica y los servicios de detallismo del automóvil.

El acceso a estimación objetiva exige no superar los límites de exclusión por ingresos y compras de la normativa anual. El lavadero de barrio, con su superficie y su consumo eléctrico, encaja en la lógica de signos del régimen.

Los módulos aplicables al engrase y lavado

La Orden ministerial de módulos fija para el epígrafe 751.5 signos propios de una instalación con maquinaria intensiva en agua y electricidad:

  • Personal asalariado: operarios contratados.
  • Personal no asalariado: titular y, en su caso, cónyuge colaborador.
  • Superficie del local en metros cuadrados: relevante porque el túnel o los boxes ocupan mucho espacio.
  • Potencia eléctrica contratada: la maquinaria de lavado (bombas, motores del túnel, secadores) consume notablemente.
  • Consumo de energía eléctrica.

La doble presencia de potencia y consumo eléctrico como signos distintos refleja que la actividad es intensiva en electricidad, a diferencia de un comercio. La cuantía de cada signo se publica en la Orden de módulos de cada ejercicio y no es trasladable de un año a otro. Para el importe vigente en 2026, recurre a la calculadora o a la ficha de la actividad.

Pagos fraccionados: modelo 131

El lavadero en módulos ingresa los pagos a cuenta del IRPF con el modelo 131 trimestral, aplicando el porcentaje correspondiente al rendimiento neto de la Orden según el número de módulos. La declaración anual va en el modelo 100.

IVA: régimen simplificado al 21 %

El engrase y lavado en estimación objetiva tributa en IVA régimen simplificado, con cuotas determinadas por módulos. El tipo aplicable a los servicios es el 21 % general: el lavado de vehículos no goza de ningún tipo reducido. Quien factura a empresas (flotas, renting, talleres) emite factura con ese IVA.

Módulos frente a estimación directa en el lavado

En este sector los gastos reales son altos —agua, electricidad, productos químicos, mantenimiento del túnel— y muy deducibles, lo que puede inclinar la balanza hacia la estimación directa cuando el negocio tiene fuerte componente de maquinaria. Los módulos, en cambio, suelen favorecer al lavadero manual sencillo con poca inversión y buena rotación.

La marcada estacionalidad —pico en primavera y verano, valle en invierno— hace recomendable revisar cada año qué régimen conviene, porque un año flojo penaliza más en módulos (que no atienden a la facturación real) que en directa.

Interacción con la cuota RETA

El rendimiento neto de módulos es la referencia para el tramo de cotización en el RETA 2026. La calculadora de cuota convierte el rendimiento mensualizado en tramo. La regularización anual de la TGSS parte del rendimiento declarado en el modelo 100.

Errores frecuentes

  • No declarar correctamente el ingreso del autoservicio: los boxes de monedas generan caja en efectivo de difícil trazabilidad, foco de inspección.
  • No actualizar la potencia o la superficie tras instalar un nuevo túnel o ampliar las instalaciones, alterando ambos módulos.
  • Mezclar el lavado con reparación mecánica menor sin epígrafe separado: la reparación tiene su propio epígrafe y régimen de IVA.
  • Operar sin autorización ambiental vigente de vertidos de agua, lo que, sin ser un error fiscal, puede acarrear sanción autonómica y paralizar la actividad.

Recursos

  • Calculadora IRPF módulos
  • Estimación directa frente a módulos: guía comparativa
  • Régimen general de estimación objetiva
  • Ficha de la actividad: engrase y lavado de vehículos
  • Cuota RETA según rendimientos netos

Fuente: Ley 35/2006 del IRPF; Reglamento IRPF (RD 439/2007), arts. 32-38; Ley 37/1992 del IVA (régimen simplificado, arts. 122-134); Orden HAC/1425/2025 de módulos vigente en 2026 (BOE-A-2025-25272); Real Decreto 815/2013 sobre prevención y control integrado de la contaminación. Las cuantías por unidad de módulo para el epígrafe 751.5 se publican en la Orden anual de módulos de la AEAT.

Calculadoras dinámicas

  • Calculadora de cuota RETA
  • Calculadora IRPF estimación directa
  • Calculadora ahorro tarifa plana
  • Calculadora neto disponible

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 14 de julio de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Cálculo orientativo basado en cifras vigentes 2026. Para casos concretos consulta a tu asesor fiscal o a la AEAT.