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Cierre fiscal anual

Declaración de la Renta del autónomo 2026 (campaña 2025)

La campaña de la Renta del IRPF 2025 se presenta entre abril y 30 de junio de 2026. Autónomos en estimación directa declaran rendimientos de actividades económicas en el modelo 100, con cuatro pagos fraccionados modelo 130 previos (estimación directa) o modelo 131 (módulos). Plazo domiciliación: 25 de junio.

En detalle

Calendario de la campaña Renta 2026

La declaración del IRPF 2025 (que se presenta en 2026) sigue el calendario AEAT publicado en la Orden HFP/2025:

HitoFecha
Borrador y datos fiscales disponibles2 de abril de 2026
Inicio presentación online2 de abril de 2026
Inicio cita previa teléfono6 de mayo de 2026
Inicio cita previa oficina2 de junio de 2026
Fin domiciliación bancaria25 de junio de 2026
Fin de plazo general30 de junio de 2026

Quién debe declarar (autónomo)

Están obligados siempre a presentar la declaración:

  • Quien haya estado de alta en RETA aunque sea un día durante 2025.
  • Quien haya obtenido rendimientos de actividades económicas, salvo las exenciones del art. 96 LIRPF.

No aplica el umbral genérico de no obligación (15.876 € rendimientos del trabajo) porque la mera condición de autónomo durante el ejercicio impone obligación de declarar.

Documentación que necesita un autónomo

Ten preparado antes de empezar:

  1. Libro de ingresos y gastos (estimación directa) o de operaciones / bienes inversión (módulos).
  2. Modelos 130 / 131 trimestrales presentados durante 2025.
  3. Modelo 390 (resumen anual IVA) ya presentado en enero 2026.
  4. Modelo 347 (operaciones > 3.005,06 €) presentado en febrero 2026.
  5. Recibos de cotización RETA (descargables desde Importass).
  6. Facturas emitidas y recibidas archivadas conforme a la Ley General Tributaria art. 29.
  7. Justificantes de retenciones IRPF practicadas por clientes (modelo 190 recibido).
  8. Datos fiscales AEAT (descargables desde Renta Web).

Casillas clave de la declaración

Rendimientos de actividades económicas (estimación directa)

CasillaConcepto
0173Ingresos íntegros (incluye autoconsumo)
0175Gastos fiscalmente deducibles
0177Rendimiento neto
0178-0185Reducciones (start-up, vinculados...)
0186Rendimiento neto reducido

Estimación directa simplificada

Mismas casillas + provisiones y gastos de difícil justificación: 5 % del rendimiento neto positivo (tope 2.000 €/año).

Estimación objetiva (módulos)

CasillaConcepto
1465Rendimiento neto previo (módulos)
1470-1485Minoración por incentivos al empleo
1490-1500Reducciones aplicables

Pagos fraccionados ya ingresados

Suma los modelos 130 o 131 trimestrales y consigna su importe en la casilla 0599 (pagos a cuenta de actividades económicas). Lo que ya pagaste en trimestrales se descuenta del IRPF anual.

Caso práctico: estimación directa simplificada

Perfil: autónomo con 30.000 € de ingresos, 6.000 € de gastos, soltero sin hijos, residente CCAA tipo medio.

ConceptoImporte
Ingresos íntegros30.000 €
Gastos deducibles6.000 €
Gastos difícil justificación (5 %)1.200 €
Rendimiento neto22.800 €
Cuota RETA aportada (deducible cot. obligatoria)4.675 €
Base imponible general18.125 €
Mínimo personal5.550 €
Base liquidable~12.575 €
Cuota íntegra IRPF aproximada~2.390 €
Retenciones a cuenta2.250 €
Pagos fraccionados modelo 1300-1.500 €
ResultadoA devolver o cuota baja

Cifras orientativas; varían por CCAA y circunstancias.

Resultado a ingresar o devolver

  • A ingresar: cargo en cuenta el 30 de junio (pago único) o 60 %/40 % (5 noviembre 2026 si fraccionado).
  • A devolver: AEAT abona en 6 meses (art. 103 LIRPF), normalmente antes.

Errores frecuentes del autónomo

  1. No declarar la cuota RETA como gasto: la cuota mensual ingresada en TGSS es gasto deducible en actividades económicas (no en deducciones generales).
  2. Olvidar el modelo 130 pagado: si no consignas casilla 0599, pagas dos veces.
  3. Confundir cuotas obligatorias y voluntarias: la voluntaria (mejora de cobertura) no es íntegramente deducible.
  4. Aplicar mal el 5 % de difícil justificación: solo en estimación directa simplificada y solo si rendimiento neto positivo (tope 2.000 €/año).
  5. No imputar autoconsumo: si retiras existencias o usas activos para uso personal, se imputa a valor de mercado.

Reducciones específicas

Reducción start-up

  • 20 % del rendimiento neto los dos primeros años con beneficio.
  • Solo nuevos autónomos sin actividad económica previa.

Reducción rendimientos irregulares

  • 30 % sobre rendimientos generados en > 2 años (límite 300.000 €).
  • Aplicable a indemnizaciones, ventas de elementos patrimoniales afectos.

Plazo prescripción

La declaración prescribe a los 4 años desde la fecha límite (30 junio 2026 → prescribe 30 junio 2030). Conserva documentación al menos ese plazo.

Recursos

  • Modelo 390 resumen anual IVA
  • Modelo 184 comunidad de bienes
  • IRPF autónomos 2026
  • Calendario fiscal
  • Guía cierre fiscal anual

Recursos relacionados

  • Hub de cierre fiscal
  • Guía cierre fiscal anual
  • Calendario fiscal
  • IRPF autónomos 2026

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Cifras y plazos vigentes en 2026. Para casos concretos consulta a tu asesor fiscal o a la sede electrónica AEAT.