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Cl@ve

Sistema de identificación electrónica del sector público estatal español, desplegado por la Administración General del Estado como alternativa al certificado digital. Permite a un ciudadano operar en las sedes administrativas (AEAT, TGSS, Seguridad Social, ayuntamientos, comunidades autónomas) sin necesidad de instalar un certificado en el navegador y sin lector de DNI electrónico.

Tiene dos modalidades principales:

  • Cl@ve PIN: código de un solo uso enviado a la aplicación móvil oficial, válido para trámites puntuales y de duración limitada.
  • Cl@ve Permanente: usuario y contraseña con validez prolongada, reforzada con un segundo factor de autenticación por SMS o aplicación móvil. Imprescindible para acceso a notificaciones electrónicas y trámites recurrentes.

Aplicación al autónomo

Cl@ve cubre la mayoría de las gestiones cotidianas del autónomo: presentación de modelos en la AEAT (303, 130, 111, 100), alta y baja en el RETA por Import@ss, consulta de informes de cotización, gestión del expediente Renta, consulta del borrador, acceso a notificaciones administrativas y trámites con la Seguridad Social.

Para firmar documentos con plena validez jurídica vinculante o para realizar presentaciones masivas (por ejemplo, gestores con muchos clientes), el certificado digital sigue siendo la herramienta de referencia. Cl@ve y certificado son compatibles y un mismo autónomo puede usar uno u otro según el contexto.

Cifra de referencia o caso

El registro en Cl@ve se realiza una sola vez. Opciones de alta:

  • Presencial en una oficina de registro autorizada (AEAT, TGSS, SEPE, ayuntamientos adheridos), aportando DNI o NIE.
  • Por carta de invitación que la AEAT envía al domicilio fiscal con un código de activación.
  • Por videoidentificación en determinados supuestos limitados.

La contraseña de Cl@ve Permanente caduca y debe renovarse periódicamente desde el área personal del usuario.

Cuándo importa (o no)

Importa al autónomo que no quiere o no puede instalar certificado digital en sus equipos, al que opera ocasionalmente desde el móvil o desde ordenadores compartidos, y como sistema de respaldo cuando el certificado caduca. No sustituye al certificado en trámites de firma cualificada vinculante ni en plataformas de facturación electrónica obligatoria con la Administración.

Términos relacionados

  • certificado digital
  • AEAT
  • TGSS
  • Import@ss

Ver también

  • Certificado digital
  • AEAT
  • TGSS
  • Import@ss

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes