EORI son las siglas de Economic Operator Registration and Identification, el código europeo único de identificación de los operadores económicos para todas las operaciones aduaneras con países terceros (importación, exportación, tránsito). Es el identificador que el autónomo o empresa necesita para presentar el DUA ante la aduana y para cualquier gestión que implique el cruce de mercancías con el exterior del territorio aduanero de la Unión Europea.
El EORI fue creado por el Reglamento (CE) núm. 2913/92, actualizado por el Reglamento (UE) núm. 952/2013 (Código Aduanero de la Unión), con el objetivo de tener un sistema de identificación único de los operadores aduaneros en toda la UE. Antes del EORI, cada Estado miembro tenía su propio sistema de identificación; la unificación simplificó los trámites en operaciones que atraviesan varios países miembros.
Sin EORI no es posible presentar un DUA, y sin DUA no es posible despachar legalmente mercancías en aduana para importarlas o exportarlas. El EORI es, por tanto, el requisito previo e imprescindible para cualquier operación aduanera con países fuera de la UE.
Esto afecta directamente a autónomos que:
Desde el Brexit en enero de 2021, las operaciones con el Reino Unido también requieren DUA y EORI, aunque antes no fuera necesario por tratarse de operaciones intracomunitarias.
El trámite es gratuito e inmediato y se gestiona ante la AEAT:
El formato del EORI español es: ES seguido de los 9 dígitos del NIF o CIF. Por ejemplo, un autónomo con NIF 12345678X tiene el EORI ES12345678X; una sociedad con CIF A12345678 tiene el EORI ESA12345678.
El EORI es un identificador único y permanente: una vez obtenido, no caduca ni requiere renovación mientras el operador mantenga actividad. Si el autónomo cambia su NIF (cambio de forma jurídica, por ejemplo de persona física a SL), el EORI anterior queda asociado al NIF antiguo y hay que obtener uno nuevo para la nueva entidad.
El EORI se confunde con frecuencia con el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) porque ambos son necesarios para operaciones transfronterizas. La diferencia es clara:
| Identificador | Finalidad | Cómo se obtiene |
|---|---|---|
| EORI | Operaciones aduaneras con países terceros (no UE) | Sede AEAT, trámite «Alta en EORI» |
| ROI + NIF-IVA intracomunitario | Operaciones B2B entre empresarios de distintos Estados miembros UE | Modelo 036, casilla 130 |
| NIF estándar | Operaciones nacionales y cualquier gestión tributaria en España | Alta censal modelo 036/037 |
Un autónomo puede necesitar los tres identificadores simultáneamente si opera tanto en el mercado interior como con otros países de la UE y con países terceros.
Si el autónomo intenta importar mercancías sin EORI registrado:
El autónomo que trabaja con un agente o despachante de aduanas puede delegar en él la presentación del DUA. El agente puede actuar como representante directo (actúa en nombre del importador, que asume la responsabilidad) o como representante indirecto (actúa en nombre propio, asumiendo él parte de la responsabilidad). En ambos casos, el EORI del importador sigue siendo necesario porque es el identificador del operador económico, no del representante.
No obtener el EORI antes de la primera importación. El error más habitual. La solución es sencilla (trámite inmediato en la sede AEAT), pero la mercancía ya retenida en aduana genera costes adicionales que no existirían con el EORI obtenido previamente.
Confundir el EORI con el VIES o el ROI. Son identificadores para situaciones distintas: el EORI para aduanas con países terceros, el ROI para operaciones intracomunitarias. Un autónomo que vende a Francia no necesita EORI (operación intracomunitaria); uno que vende a Marruecos sí.
Usar el EORI de la sociedad como autónomo persona física. Si el autónomo primero operó como persona física (con su NIF) y luego creó una SL, el EORI de la persona física y el de la SL son distintos. Usar el EORI equivocado en el DUA es un error formal que puede generar incidencias en el despacho.
Importa antes de realizar cualquier operación de importación o exportación con países fuera de la UE, incluyendo el Reino Unido desde el Brexit. El coste de obtenerlo es cero y el trámite es inmediato; el coste de no tenerlo cuando se necesita puede ser significativo.
¿El EORI es válido en toda la UE? Sí. El EORI español es reconocido en todos los Estados miembros de la UE. Un autónomo español que importa mercancías entrando por el puerto de Rotterdam puede usar su EORI español en ese despacho aduanero.
¿Necesito EORI si solo vendo en marketplaces como Amazon y los envíos los gestiona Amazon? Depende del programa. En Amazon FBA con envíos a países no UE, Amazon puede actuar como importador registrado. Sin embargo, en algunos programas o para ciertos tipos de envíos, el vendedor sigue siendo el importador de registro y necesita EORI. Consulta la política específica del programa antes de iniciar operaciones.
¿El EORI cuesta algo o tiene cuotas anuales? No. La obtención es gratuita y no hay cuotas de mantenimiento. El EORI es un registro administrativo, no una licencia.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes