Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VAT Information Exchange System), gestionado por la Comisión Europea. Es la base de datos pública que permite verificar si un NIF-IVA de cualquier Estado de la Unión Europea está activo y vigente a efectos de operaciones intracomunitarias.
Antes de facturar a un cliente empresa de otro país de la UE, hay que comprobar en VIES que su NIF-IVA está dado de alta. Solo entonces se puede facturar sin IVA (exenta intracomunitaria de bienes, o tributación en destino para servicios B2B).
Acceso libre en la web oficial: https://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/.
Introduces:
El sistema responde con:
Casos típicos:
Si emites factura sin IVA a un cliente UE cuyo NIF-IVA no está en VIES (porque está dado de baja, o porque no se inscribió en su Estado), la operación no es intracomunitaria y deberías haber repercutido IVA español. La AEAT en una inspección puede reclamar ese IVA con sanción.
Para que el autónomo español aparezca en VIES, debe inscribirse en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) mediante el modelo 036, casilla 130. El NIF-IVA español tiene el formato ESxxxxxxxxx.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes