Persona o entidad obligada a declarar e ingresar el IVA ante la Hacienda Pública. En la mayoría de operaciones, el sujeto pasivo es el empresario o profesional que entrega los bienes o presta los servicios (vendedor o prestador). Sin embargo, en supuestos específicos la obligación se traslada al destinatario mediante la inversión del sujeto pasivo (ISP).
El autónomo que factura es el sujeto pasivo: repercute IVA al cliente, lo cobra y lo ingresa en el modelo 303 trimestral.
En las operaciones con inversión, el destinatario es quien debe declarar e ingresar el IVA, no el emisor. Casos típicos:
En estos casos, el emisor no repercute IVA en la factura (con mención al artículo correspondiente de la Ley 37/1992), y el destinatario lo autorrepercute en su modelo 303 (casillas 12-13) y se lo deduce simultáneamente.
Casos habituales:
El sujeto pasivo NO obligado a repercutir IVA debe incluir en la factura una mención expresa:
"Operación con inversión del sujeto pasivo según artículo 84.Uno.2.º de la Ley 37/1992 del IVA. No se repercute IVA."
El destinatario recibe la factura sin IVA y la autorrepercute en su declaración.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes