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Modelo 714

Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio. Tributo cedido a las CCAA que grava la titularidad del patrimonio neto de las personas físicas residentes a 31 de diciembre del ejercicio. Obligatorio para quienes superen los umbrales establecidos por su CCAA.

Quién está obligado

Existen dos vías de obligación:

  1. Por cuota a ingresar: cuando, tras aplicar el mínimo exento, hay cuota a pagar.
  2. Por valor del patrimonio: cuando el valor de bienes y derechos (a precio de mercado o valoración legal) supera los 2.000.000 €, aunque la cuota sea cero por aplicación de bonificaciones autonómicas.

Mínimo exento

  • Régimen común estatal: 700.000 € por contribuyente (puede haber elevación autonómica).
  • Vivienda habitual: exenta hasta 300.000 €.

Variabilidad por CCAA

  • Madrid: bonificación del 100 % efectivo (el patrimonio se declara pero no se paga, salvo el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas estatal).
  • Andalucía: bonificación significativa, en línea con Madrid.
  • Cataluña, Valencia, Asturias, Baleares: tributación efectiva.
  • País Vasco y Navarra: regulación foral propia.

Plazo

Mismo que el modelo 100 del IRPF: abril-junio del año siguiente al ejercicio.

Aplicación al autónomo

Los autónomos con:

  • Vivienda habitual de alto valor + segunda residencia.
  • Inversiones en bolsa, fondos, acciones.
  • Bienes inmuebles para alquiler.
  • Vehículos de alta gama, embarcaciones.
  • Joyas, antigüedades, obras de arte.
  • Negocio empresarial valorado (con exenciones específicas en algunos casos).

deben evaluar si superan los umbrales y, en su caso, presentar el modelo 714.

Exenciones específicas para el autónomo

  • Bienes y derechos afectos a la actividad económica (con requisitos): exentos del impuesto.
  • Participaciones en sociedades familiares con actividad económica y participación significativa: exentas si se cumplen los requisitos de la Ley.

Términos relacionados

  • [[aeat]]
  • [[modelo-100]]

Ver también

  • AEAT
  • Modelo 100

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes