Salario Mínimo Interprofesional. Cuantía mínima legal de retribución para trabajadores por cuenta ajena en España, fijada cada año por Real Decreto. Aunque solo afecta directamente a asalariados, es una referencia indirecta clave para autónomos en varios supuestos del RETA.
Cifra publicada en el BOE por el Real Decreto correspondiente al ejercicio.
El SMI es la referencia del salario; el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es la referencia para el acceso a prestaciones y ayudas sociales. No son intercambiables.
Comparativa orientativa 2026:
| Concepto | Cifra mensual |
|---|---|
| SMI bruto trabajador | 1.184 €/mes (14 pagas) |
| Cuota mínima autónomo (tramo 1R) | 205,88 €/mes |
| Tarifa plana autónomo | 87,15 €/mes |
Un autónomo en tramo 1R que factura el SMI íntegro como rendimiento neto (1.184 €/mes) paga ~205,88 €/mes de cuota = 17,4 % de sus ingresos solo en RETA. Esta presión efectiva explica por qué la tarifa plana es decisiva para que el autoempleo sea viable en perfiles de baja facturación.
¿El SMI sube cada año? Sí, por Real Decreto antes del 1 de enero.
¿Qué pasa si mi rendimiento neto supera el SMI durante el segundo año? Pierdes la prórroga de tarifa plana automáticamente. Pasas a cotizar la cuota mínima del tramo.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes