Cuota reducida para nuevos autónomos en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. Desde 2023, el RDL 13/2022 fijó la tarifa plana en 87,15 €/mes durante los primeros 12 meses de alta como autónomo en el RETA. Sustituye al esquema escalonado anterior (80 €, 60 %, 30 % de bonificación) y unifica la entrada al sistema en una cuota única, baja y plana. La cuantía es revisable anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
La tarifa plana es la herramienta más utilizada de fomento del autoempleo en España: aproximadamente 400.000 altas anuales se acogen a ella (estimación TGSS 2024). Reduce el coste de iniciar la actividad a menos de la mitad de la cuota mínima estándar y permite probar la viabilidad del negocio sin que la cotización al RETA sea un impedimento decisivo en los primeros meses.
Frente a la cuota mínima del tramo 1 reducida (~205,88 €/mes en 2026), la tarifa plana ahorra:
El esquema vigente reconoce dos tramos:
Si en el segundo año tus rendimientos netos previstos superan el SMI, pierdes la prórroga y pasas a cotizar por la cuota mínima del tramo correspondiente.
Carmen, consultora freelance que se da de alta el 15 de enero de 2026:
| Periodo | Cuota mensual | Total |
|---|---|---|
| Mes 1 (proporcional 15-31 enero) | ~46,90 € | 46,90 € |
| Meses 2-12 (febrero-diciembre 2026) | 87,15 € | 958,65 € |
| Año 1 total | ~1.005 € | |
| Meses 13-24 con prórroga | 87,15 € × 12 | 1.045,80 € |
| Total 24 meses con tarifa plana | ~2.050 € |
Sin tarifa plana cotizando por el tramo 1 reducida pagaría ~205,88 €/mes × 24 = ~4.940 €. Ahorro: ~2.890 € en 24 meses.
La tarifa plana estatal es compatible y la base de varias Cuotas Cero autonómicas (Andalucía, Murcia, Cantabria, Baleares, Castilla-La Mancha, Aragón, Galicia, Extremadura, entre otras). Estas autonomías reembolsan los 87,15 € efectivamente pagados a la TGSS, llevando el coste neto del autónomo a 0 € durante el período cubierto por el decreto autonómico (habitualmente los mismos 12 o 24 meses).
Si tenías derecho y no la solicitaste al alta, puedes reclamar hasta 4 años atrás presentando solicitud específica ante la TGSS. La devolución incluye la diferencia entre lo pagado y lo que correspondía con tarifa plana. El plazo de prescripción es de 4 años según LGSS art. 21.
¿La tarifa plana cubre el [[mei]]? Sí. Los 87,15 € incluyen el MEI vigente; no se aplica por separado.
¿Cuento prestaciones reales con tarifa plana? Sí, las prestaciones se calculan sobre la base mínima de cotización del tramo 1 (653,59 € en 2026), no sobre los 87,15 € pagados. La cobertura es completa.
¿Puedo subir de base con tarifa plana? No. La tarifa plana fija la cotización en el mínimo del tramo. Si quieres una base superior, renuncias a la tarifa plana.
¿Se aplica a societarios? Sí, desde 2023 los autónomos societarios pueden acceder a la tarifa plana en las mismas condiciones (suprimida la restricción anterior).
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes