Sección 1.ª · Grupo 392

Fabricación de material médico-quirúrgico y de aparatos ortopédicos

Grupo 392 de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990. Es el código que se declara en el modelo 036 o 037 al darse de alta en Hacienda y el que determina si la actividad es empresarial a efectos fiscales.

Retención de IRPF en factura

No. Las facturas de una actividad empresarial no llevan retención, aunque el cliente sea una empresa.

Régimen de IRPF

Estimación directa (normal o simplificada) y, si la actividad figura en la Orden anual de módulos y se respetan los límites de magnitud, estimación objetiva.

Pagos fraccionados

Modelo 130 trimestral en estimación directa; modelo 131 si se tributa por módulos.

Epígrafes que contiene

2 epígrafes dentro del grupo 392. Si la actividad encaja en uno de ellos, el código que se declara es el suyo, no el del grupo.

Códigos próximos

Cómo se declara

  1. El código va en la casilla de actividad del modelo 036 o 037, antes de empezar a facturar.
  2. Se puede declarar más de una actividad. Cada una lleva su código y sus obligaciones: si una es de Sección 1.ª y otra de Sección 2.ª, conviven regímenes distintos de retención.
  3. El alta en el IAE es independiente del alta en el RETA, que se tramita en la Seguridad Social y usa el código CNAE, no el epígrafe.

La cuota mensual de la Seguridad Social no depende del epígrafe sino de los rendimientos netos: consulta la tabla por tramos de 2026 o calcula tu cuota.

Fuente: Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE-A-1990-23930), texto consolidado de las Tarifas y la Instrucción del IAE. Denominación literal del BOE.

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de agosto de 2026 · Autor: Borja Cifuentes