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IAE 644.1 · módulos 2026

Módulos IRPF 2026: Comercio menor de pan, pastelería y similares

Tabla de signos, índices y módulos vigentes en 2026 para la actividad de comercio menor de pan, pastelería y similares (epígrafe IAE 644.1). Cada signo se multiplica por su número de unidades y se suma para obtener el rendimiento neto previo.

Módulos definidos

7

Suma rend. anual por unidad

22.676,25 €

Si todos los módulos valen 1 unidad

Reducción general

5,00 %

Aplicable a 2026 por DA 1ª

Tabla de módulos

Fuente: BOE-A-2025-25272 · Vigencia: 1 enero 2026.
MóduloDefiniciónUnidad€/año por unidad
#1Personal asalariado de fabricaciónPersona6248,22 €
#2Resto personal asalariadoPersona1058,17 €
#3Personal no asalariadoPersona14.530,89 €
#4Superficie del local de fabricaciónMetro cuadrado49,13 €
#5Resto superficie local independienteMetro cuadrado34,01 €
#6Resto superficie local no independienteMetro cuadrado125,97 €
#7Superficie del horno100 decímetros cuadrados629,86 €

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 644.1 — Comercio menor de pan, pastelería y similares cubre el despacho de pan, dulces y bollería sin elaboración propia (compra a obrador externo y reventa al consumidor final). Diferencia clave respecto al epígrafe 643.1 — panadería con horno propio: aquí no hay horno ni transformación.

Métodos de tributación admitidos

Estimación directa simplificada o estimación objetiva (módulos).

Régimen IVA: recargo de equivalencia (obligatorio)

Reventa pura sin transformación → obligatoriamente en recargo:

  • Pan común al 4 % + recargo 0,5 %.
  • Pastelería al 10 % + recargo 1,4 %.
  • Bebidas y otros al 21 % + recargo 5,2 %.

No se presenta modelo 303 ni 390. No se deduce IVA soportado.

Módulos vigentes 2026

Orden HAC/1425/2025. Signos típicos:

  • Personal asalariado.
  • Personal no asalariado.
  • Potencia eléctrica (kW).
  • Superficie del local (m²).

Reducción general del 5 %.

Caso típico con cifras

Perfil: despacho de pan de barrio, 25 m², titular sin asalariados.

En módulos

  • Rendimiento neto previo: ~15.000 €/año.
  • Tras 5 %: ~14.250 €.

En estimación directa con recargo

  • Facturación bruta: 60.000 € + IVA mix.
  • Compras a obrador externo: 35.000 € + IVA + recargo (todo coste).
  • Alquiler local: 7.200 € + IVA.
  • Suministros: 2.400 €.
  • Rendimiento neto directa: ~12.000 €.

Módulos y directa salen similares en este perfil.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 13.000-19.000 €/año (1.083-1.583 €/mes), tramos 3 reducida a 6 general. Cuota mensual: 268-360 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana (87,15 €/mes en 2025, importe revisable anualmente), frecuentemente con prórroga (rendimientos < SMI).

Particularidades fiscales

  • Vitrinas refrigeradas para pastelería: bien de inversión.
  • Mostradores y exposición: amortizables.
  • Diferenciación entre tipos de IVA en la facturación: pan común (4 %), pastelería (10 %), refrescos (21 %).
  • Manipulador de alimentos: obligatorio.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal (con prórroga frecuente por SMI).
  • Familiar colaborador: muy frecuente.
  • Mujer rural en municipios <5.000 habitantes.
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Datos sectoriales

Los despachos de pan de barrio mantienen alta presencia en España (~12.000-15.000 establecimientos) pese a la competencia de grandes superficies. Especialización en pan artesanal y panes ecológicos como reformulación competitiva.

Errores fiscales frecuentes

  • Intentar deducir IVA estando en recargo.
  • Aplicar mal el tipo de IVA entre pan (4 %) y pastelería (10 %).
  • Confundir despacho (644.1) con panadería con horno (643.1) en el modelo 036.
  • No declarar ventas en efectivo.

Tabla detallada de cuota RETA 2026

Cuotas mensuales mínimas derivadas de la base mínima de cada tramo, con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026 (Orden PJC/297/2026):

Rendimiento neto previstoTramoBase mínimaCuota mensual
≤ 670 €/mes1 reducida653,59 €205,88 €
670 - 900 €/mes2 reducida718,94 €226,47 €
900 - 1.166 €/mes3 reducida849,67 €267,65 €
1.166 - 1.300 €/mes4 reducida955,07 €300,85 €
1.300 - 1.500 €/mes5 general960,78 €302,65 €
1.500 - 1.700 €/mes6 general1.026,80 €323,44 €
1.700 - 1.850 €/mes7 general1.054,16 €332,06 €
1.850 - 2.030 €/mes8 general1.209,15 €380,88 €
2.030 - 2.330 €/mes9 general1.225,40 €385,99 €
2.330 - 2.760 €/mes10 general1.225,40 €385,99 €
2.760 - 3.190 €/mes11 general1.350,53 €425,42 €
3.190 - 3.620 €/mes12 general1.519,61 €478,68 €
3.620 - 4.050 €/mes13 general1.575,07 €496,15 €
4.050 - 6.000 €/mes14 general1.700,73 €535,73 €
> 6.000 €/mes15 general1.928,10 €607,35 €

Estrategia de crecimiento y opciones jurídicas

A medida que la actividad se consolida, el autónomo en módulos suele plantearse tres saltos cualitativos:

  • Pasar a estimación directa: cuando los rendimientos reales superan claramente a los estimados por módulos, lo que es habitual en años de alta facturación. La renuncia se comunica con el modelo 036/037 y vincula 3 años.
  • Constituir una Sociedad Limitada (SL): cuando los rendimientos netos superan los 60.000-80.000 €/año, la fiscalidad de SL (tipo IS 23-25 %) compensa la mayor complejidad contable.
  • Contratar el primer asalariado: paso natural cuando el volumen requiere apoyo permanente. Implica gestión laboral (modelo 111, 190, nómina, alta Régimen General del trabajador).

Bonificaciones autonómicas relevantes

Las CCAA con Cuota Cero o Tarifa Cero cubren el coste del RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares, La Rioja y Madrid (modalidad propia) son las más activas en 2026 para este perfil.

Norma de los módulos

  • Orden HAC/1425/2025 vigente 2026: BOE-A-2025-25272.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 154-163 (recargo de equivalencia) y art. 91 (tipos).
  • Normativa sanitaria autonómica de alimentación.

Relacionado

  • Ficha completa de comercio menor de pan, pastelería y similares con perfil de autónomo y cuota RETA orientativa.
  • Calculadora de IRPF por módulos con esta tabla aplicada.
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene.

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Tabla literal de la Orden Ministerial. El rendimiento neto final aplica también índices correctores específicos (no recogidos aquí) y la reducción general del 5 %. Para el cálculo concreto consulta a tu asesor fiscal.