Pregunta frecuente
Un autónomo con rendimientos netos de 3.000 €/mes cotiza en el tramo 11 general del RETA y paga una cuota mínima de 452,94 €/mes en 2026. Con tarifa plana, 80,00 €/mes durante 12 meses.
Con rendimientos netos previstos de 3.000 €/mes (36.000 €/año) corresponde el tramo 11 general del sistema de cotización por ingresos reales. La cuota mínima mensual es 452,94 € y la anual asciende a 5.435 €. Si es alta nueva y se cumplen los requisitos, la tarifa plana reduce esa cuota a 80,00 €/mes durante los 12 primeros meses, sin posibilidad de prórroga a este nivel de ingresos porque superan el SMI anual.
El sistema de cotización por ingresos reales, vigente desde 2023 y plenamente consolidado en 2026, asigna a cada autónomo un tramo en función de los rendimientos netos previstos declarados ante la Seguridad Social.
El tramo 11 cubre el intervalo superior a 2.760 €/mes e inferior o igual a 3.190 €/mes. La base mínima de cotización fijada para ese intervalo es 1.437,91 €/mes. Aplicando el tipo general del 31,50 % (que incluye contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional), la cuota mínima resultante es:
1.437,91 × 0,3150 = 452,94 €/mes
El autónomo puede elegir una base superior, hasta el tope máximo del tramo (3.190,00 €/mes), lo que elevaría la cuota hasta 1.004,85 €/mes. Una base más alta implica mayor protección en prestaciones (baja, cese, jubilación), pero también mayor coste inmediato.
Fuente: Orden PJC/297/2026.
Los rendimientos netos que determinan el tramo son los ingresos del negocio menos los gastos deducibles, antes de deducir la propia cuota de autónomos. La Seguridad Social permite ajustar la base de cotización hasta seis veces al año si los ingresos varían, lo que hace que el tramo final pueda diferir del tramo de partida.
Puntos que condicionan el resultado:
Para situar el tramo 11 en el contexto de la escala:
| Tramo | Rendimientos netos | Base mínima | Cuota mínima |
|---|---|---|---|
| 10 | > 2.330 € y ≤ 2.760 € | 1.348,27 €/mes | 424,71 €/mes |
| 11 | > 2.760 € y ≤ 3.190 € | 1.437,91 €/mes | 452,94 €/mes |
| 12 | > 3.190 € y ≤ 3.620 € | 1.519,07 €/mes | 478,51 €/mes |
Pasar del tramo 10 al 11 supone 28,23 €/mes más de cuota. Pasar del 11 al 12, otros 25,57 €/mes. Los incrementos son graduales: el sistema está diseñado para que subir de tramo no genere un salto brusco.
Perfil: Pablo, arquitecto autónomo en estimación directa simplificada. Factura 45.000 €/año, gastos deducibles acreditados 9.000 €, rendimientos netos 36.000 €/año (3.000 €/mes).
| Concepto | Sin tarifa plana | Con tarifa plana (año 1) |
|---|---|---|
| Rendimientos netos | 36.000 € | 36.000 € |
| Cuota RETA anual | 5.435 € | 960,00 € |
| Reducción 5 % difícil justificación (máx. 2.000 €) | -1.800 € | -1.800 € |
| Rendimiento neto reducido | 34.200 € | 34.200 € |
| IRPF estimado (tipo medio orientativo ~27 %) | ~9.234 € | ~9.234 € |
| Retenciones soportadas (15 % s/ 45.000 €) | -6.750 € | -6.750 € |
| IRPF a ingresar (modelo 100) | ~2.484 € | ~2.484 € |
| Total carga fiscal anual | ~7.919 € | ~3.444 € |
El IRPF indicado es una estimación orientativa. El tipo medio real varía según la comunidad autónoma, las deducciones personales y familiares aplicables, y la estructura completa de la renta.
Ahorro tarifa plana primer año: 4.475 €.
Confundir ingresos brutos con rendimientos netos. Muchos autónomos calculan su tramo sobre lo que facturan, no sobre lo que ganan después de restar gastos. El tramo se fija sobre los rendimientos netos, no sobre la facturación.
No comunicar cambios de ingresos a la Seguridad Social. Si los ingresos reales del año resultan superiores a los previstos, la regularización al año siguiente puede implicar una cuota adicional. Si son inferiores, se devuelve la diferencia.
Asumir que la tarifa plana se prorroga. A partir de 3.000 €/mes de rendimientos netos, que superan el SMI anual (unos 15.876 € en 2026), no existe prórroga de la tarifa plana. El mes 13 se tributa al tramo correspondiente.
Elegir base mínima sin valorar la prestación por cese. Cotizar en base mínima reduce la cuota, pero también reduce la base reguladora de la prestación si se solicita el cese de actividad.
| Concepto | Cifra |
|---|---|
| Tramo asignado | 11 general |
| Base mínima | 1.437,91 €/mes |
| Cuota mínima sin tarifa plana | 452,94 €/mes |
| Cuota anual sin tarifa plana | 5.435 €/año |
| Cuota con tarifa plana | 80,00 €/mes |
| Cuota anual con tarifa plana | 960,00 €/año |
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes