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Sección N · CNAE 81

Autónomos en Servicios a edificios y actividades de jardinería

Actividades administrativas y servicios auxiliares · Sector económico de actividad autónoma con régimen fiscal específico y actividades IAE acogibles.

En detalle

El autoempleo en el sector Servicios: referencia para servicios a edificios y jardinería

Los servicios a edificios —limpieza, jardinería, fumigación y mantenimiento— forman parte del gran bloque de Servicios, que según la Encuesta de Población Activa (EPA) del INE agrupaba en España unos 2.338.700 trabajadores por cuenta propia en el 4.º trimestre de 2023. El INE no publica el dato de autoempleo desglosado por cada actividad CNAE concreta, por lo que esta cifra corresponde al gran sector económico; los servicios a edificios se distinguen dentro de él por la facturación predominantemente a empresas y comunidades, sin retención IRPF y con un riesgo elevado de falso autónomo, aspectos que se detallan a continuación.

Fuente: Encuesta de Población Activa, INE (4.º trimestre de 2023, trabajo por cuenta propia por sector económico).

Autónomos en servicios a edificios y jardinería: fiscalidad y cotización

El perfil del autónomo en este sector es predominantemente empresarial: limpiadores de comunidades de propietarios y edificios de oficinas, empresas de jardinería y mantenimiento de zonas verdes, servicios de fumigación y control de plagas, limpieza de cristales en altura y mantenimiento general de inmuebles. La actividad suele dirigirse a empresas, administraciones y comunidades de vecinos, lo que implica facturación sin retención IRPF y obligación de presentar el modelo 130 trimestral.

Es un sector con costes operativos bien identificables (mano de obra, productos, vehículo de trabajo, uniformes, seguros) y con una presión frecuente hacia la figura del falso autónomo cuando la actividad se presta de forma continuada para un único cliente.

Epígrafes IAE del sector

  • 922.1 — Servicios de limpieza de edificios.
  • 922.2 — Servicios de desinsectación, desinfección y desratización.
  • 922.9 — Otros servicios de limpieza.
  • 913.1 — Servicios de jardinería.

Los jardineros que realizan diseño y consultoría de jardines pueden encuadrarse adicionalmente en epígrafes de la sección 2 (actividades técnicas), lo que cambiaría el régimen de retenciones.

Régimen de IRPF: estimación directa simplificada

Las actividades de limpieza, jardinería y servicios a edificios no están incluidas en el régimen de módulos. El régimen de tributación es la estimación directa simplificada para quienes no superen 600.000 € de cifra de negocios, y la estimación directa normal por encima de ese umbral.

En estimación directa simplificada, el rendimiento neto se calcula como la diferencia entre ingresos y gastos reales justificados con factura. Se admite además la deducción del 5 % del rendimiento neto previo por gastos de difícil justificación, con un tope máximo de 2.000 €. Esta deducción es automática y no exige justificación documental adicional.

Los gastos típicos deducibles en este sector incluyen:

  • Productos de limpieza, fitosanitarios y material de trabajo: 100 % si están vinculados a la actividad.
  • Vehículo de trabajo (furgoneta, vehículo industrial): 100 % deducible en IVA e IRPF si es exclusivamente profesional y no se usa para desplazamientos privados. Para turismos sin acreditación de uso exclusivo, la deducción en IVA es del 50 % y en IRPF la AEAT suele admitir el 50 %.
  • Seguro de responsabilidad civil: 100 % deducible. En limpieza de altura e instalaciones, el seguro RC es prácticamente una obligación contractual para acceder a clientes corporativos.
  • Uniformes y equipos de protección individual: 100 % si son obligatorios para la actividad.
  • Asesoría fiscal y gestión administrativa: 100 %.

La guía de gastos deducibles del autónomo desarrolla los criterios de deducción para cada categoría de gasto, incluyendo la deducción del vehículo.

Retenciones IRPF: sin retención como regla general

La mayoría de las actividades de este sector son de sección 1 IAE (actividad empresarial), no de sección 2 (profesional). Esto implica que las facturas emitidas a empresas y comunidades de propietarios no llevan retención de IRPF.

El autónomo sin retención en sus facturas está obligado a presentar el modelo 130 trimestral (pago fraccionado de IRPF), salvo que tribute en módulos, lo que aquí no aplica. El pago fraccionado en estimación directa es el 20 % del rendimiento neto acumulado hasta el trimestre, menos los pagos ya realizados en trimestres anteriores.

La excepción es el autónomo que realiza servicios técnicos de jardinería o consultoría de mantenimiento con la consideración de actividad profesional (sección 2 IAE): en ese caso las facturas a empresas llevan retención del 15 % (o 7 % en los tres primeros años de actividad).

IVA: tipo general 21 %

Los servicios de limpieza, jardinería, fumigación y mantenimiento de edificios tributan al tipo general del 21 % de IVA. No existe tipo reducido aplicable a estos servicios.

Si el cliente es una empresa de otro Estado miembro de la UE, aplica la inversión del sujeto pasivo: el autónomo emite factura sin IVA y el cliente lo autorepercute en su país. La operación se declara en el modelo 349.

Las comunidades de propietarios son destinatarias especiales desde el punto de vista fiscal: no son empresarios ni profesionales, pero tienen obligación de retener si satisfacen rentas sujetas a retención. En la práctica, los autónomos de limpieza de comunidades no soportan retención porque su actividad es empresarial (sección 1 IAE).

Cuota RETA 2026: tramos y cuotas mensuales

La cotización al RETA en 2026 está regulada por la Orden PJC/297/2026 (BOE-A-2026-7296), con un tipo conjunto del 31,50 %. Los tramos con mayor presencia en este sector:

TramoRendimiento neto (€/año)Cuota mínima/mesCuota máxima/mes
T51.300–1.500302,65 €472,50 €
T61.500–1.700302,65 €535,50 €
T71.700–1.850360,29 €582,75 €
T81.850–2.030380,88 €639,45 €
T92.030–2.330401,47 €733,95 €

Un autónomo de limpieza sin asalariados con rendimiento neto de 1.900 €/mes (22.800 €/año) está en el tramo T8. Su cuota mínima mensual es de 380,88 € (4.570,56 €/año). El detalle de todos los tramos está en /cuota/2026. La calculadora de cuota de autónomo permite obtener el cálculo con el rendimiento previsto de cada año.

Bonificaciones en el alta y Cuota Cero

El alta inicial en el RETA da acceso a la tarifa plana de 80,00 €/mes durante los primeros 12 meses. Si al finalizar el primer año el rendimiento neto anual previsto es inferior al SMI, la tarifa plana se prorroga automáticamente por otros 12 meses. Detalles en /bonificaciones/tarifa-plana.

Algunas comunidades autónomas aplican programas de Cuota Cero que van más allá de la tarifa plana estatal. La disponibilidad, cuantía y duración varía por comunidad y convocatoria anual.

Caso numérico: empresa unipersonal de limpieza en estimación directa

Javier tiene una empresa de limpieza unipersonal, trabaja para cuatro comunidades de propietarios y dos empresas de servicios. Factura sin retención (sección 1 IAE) y tributa en estimación directa simplificada.

ConceptoImporte
Ingresos facturados (sin IVA)38.000 €
IVA repercutido al 21 %7.980 € (liquidado a Hacienda)
Retenciones soportadas0 € (sección 1 IAE)
Productos de limpieza y material4.200 €
Furgoneta: gasoil y mantenimiento2.800 €
Seguro RC profesional950 €
Asesoría fiscal1.200 €
Cuota RETA (tramo T8, base mínima, 12 meses)4.571 €
Total gastos deducibles13.721 €
Rendimiento neto previo24.279 €
Deducción 5 % difícil justificación (tope 2.000 €)1.214 €
Rendimiento neto reducido23.065 €

Con 23.065 € anuales, Javier está en el tramo T9 (2.030–2.330 €/mes). Su modelo 130 trimestral ingresa el 20 % del rendimiento neto acumulado cada trimestre. La cuota anual de IRPF se liquida en el modelo 100 de junio. La calculadora de neto disponible permite estimar el neto después de RETA e IRPF.

Riesgos específicos del sector

Falso autónomo. El sector de la limpieza concentra un porcentaje elevado de relaciones que la Inspección de Trabajo califica como falso autónomo: autónomo que trabaja exclusivamente para una empresa, con horario fijo, herramientas del cliente y dependencia organizativa plena. Las consecuencias son el alta retroactiva en el Régimen General, el pago de las cuotas de empresa y trabajador no ingresadas, y sanciones tanto al contratante como al trabajador.

No tener seguro de RC en altura. La limpieza de cristales en edificios de más de tres plantas requiere seguro de responsabilidad civil específico para trabajos en altura. La ausencia de seguro puede derivar en responsabilidad civil personal ante cualquier accidente y excluir al autónomo de contratos con empresas o administraciones públicas.

Deducir IVA de gastos de vehículo turismo al 100 %. Para un turismo sin uso exclusivo acreditado, la AEAT solo admite la deducción del 50 % del IVA soportado en gastos de vehículo (combustible, reparaciones, seguros). Deducir el 100 % es un error que se detecta habitualmente en comprobaciones formales. La guía de gastos deducibles detalla el tratamiento correcto.

Recursos útiles

  • Guía de gastos deducibles del autónomo
  • Calculadora de cuota de autónomo 2026
  • Calculadora de neto disponible
  • Guía de IVA del autónomo
  • Tarifa plana del autónomo

Recursos relacionados

  • Hub de sectores económicos
  • Hub de actividades IAE
  • Catálogo de bonificaciones
  • Calculadora de cuota

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

La afiliación por sector se publica por MITES con varios meses de retraso. Las cifras concretas pueden variar respecto a otros recursos según la actualización oficial.