Qué incluye la actividad
El epígrafe IAE 774 — Aparejadores y arquitectos técnicos corresponde al ejercicio libre de la profesión de Arquitecto Técnico (antiguo Aparejador, hoy formalmente "Graduado en Edificación" en titulaciones nuevas), competente en dirección de ejecución de obra, coordinación de seguridad y salud en construcción, certificados energéticos, peritajes y ITE (Inspección Técnica de Edificios). Requiere colegiación obligatoria en el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos (CAAT) provincial o autonómico.
La actividad incluye:
- Dirección de ejecución de obra (DEO): figura clave en la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
- Coordinación de Seguridad y Salud (CSS): obligatoria en obras con varios contratistas.
- Certificado de eficiencia energética (CEE) en edificación.
- ITE (Inspección Técnica de Edificios) en edificios de más de 50 años.
- Peritaje judicial y privado de patología constructiva.
- Project Management y supervisión técnica.
- Mediciones, presupuestos y planificación de obra.
Métodos de tributación admitidos
Solo estimación directa (simplificada si la facturación no excede 600.000 €/año; normal por encima). No elegible para módulos.
Régimen IVA
- Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
- Tipo IVA aplicable: 21 % general sobre los servicios.
- No aplica el 10 % reducido salvo en obras de rehabilitación de vivienda en las que el técnico aporta material (situación inusual).
Retenciones en facturas
- Particulares: sin retención.
- Empresas, promotoras, constructoras, comunidades de propietarios: retención del 15 %.
- Nuevos arquitectos técnicos: pueden solicitar retención del 7 % los 3 primeros años.
Particularidades fiscales
- Cuota colegial obligatoria: deducible al 100 %.
- Seguro de responsabilidad civil profesional: obligatorio (importes elevados, 800-1.800 €/año por el riesgo de la dirección de obra).
- Software técnico (BIM, AutoCAD, Presto, Arquímedes): suscripciones deducibles.
- Visado de proyectos cuando sea preceptivo: gasto deducible.
- Vehículo de servicio para visitas a obra: si afecto al 100 %, deducible.
Mutualidades alternativas
- MUSAAT: Mutualidad Social de Arquitectos Técnicos. Gestiona seguro RC obligatorio del colegiado.
- PREMAAT: Mutualidad de Previsión Social de los Aparejadores y Arquitectos Técnicos. Alternativa al RETA reconocida historicamente para quien optó antes de 2023.
PREMAAT es relevante porque ha generado litigios en años recientes sobre prestaciones y derechos jubilatorios. Quien está en PREMAAT debe vigilar la suficiencia de su capitalización individual.
Caso típico con cifras
Perfil: arquitecta técnica autónoma individual con despacho propio compartido, especializada en dirección de obra y CSS, sin asalariados.
- Facturación bruta anual: 50.000-100.000 € + 21 % IVA.
- Gastos reales: alquiler 3.500-8.000 €, software 1.500-3.000 €, colegial + MUSAAT 1.000-2.000 €, seguro RC, formación continua, gestoría.
- Rendimiento neto IRPF: 25.000-55.000 €/año.
Cuota RETA orientativa
Con rendimientos 25.000-55.000 €/año (2.083-4.583 €/mes), tramos 8-14 generales. Cuota mensual aproximada: 381-546 €/mes en 2026.
Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (87,15 €/mes en 2025; cifra revisable cada año).
Pluriactividad muy frecuente
Caso habitual: autónomo + asalariado en estudio de arquitectura, constructora, promotora o administración pública (ayuntamiento, comunidad autónoma).
Bonificaciones aplicables al perfil
- Tarifa plana estatal en alta inicial.
- Pluriactividad frecuente.
- Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
- Cuota Cero autonómica según CCAA.
Datos sectoriales
España tiene aproximadamente 55.000 arquitectos técnicos colegiados (datos CGATE). La crisis inmobiliaria de 2008-2014 redujo a la mitad la actividad del sector, pero desde 2018 hay recuperación sostenida por:
- Rehabilitación residencial (Plan NextGenerationEU, RD 853/2021).
- ITE obligatoria: certificación periódica de edificios antiguos.
- CEE actualizado: certificado energético obligatorio en compraventa y alquiler.
- Construcción nueva en zonas con demanda estructural.
Errores fiscales frecuentes
- No solicitar la retención del 7 % en los primeros 3 años.
- Confundir Arquitecto Técnico con Arquitecto Superior (epígrafes y atribuciones distintas).
- No declarar pluriactividad.
- Imputar gastos de obra como gasto propio (los gastos de la obra son de la constructora, no del aparejador director).
Comparativa entre PREMAAT y RETA
| Concepto | PREMAAT (mutualidad) | RETA |
|---|
| Sistema | Capitalización individual | Reparto público intergeneracional |
| Cuota | Aportación variable por tramo elegido | Tramo 1 reducida 205,88 €/mes; tramo 14 general 545,59 € |
| Prestación jubilación | Capital acumulado + rentabilidad | Pensión vinculada a bases cotizadas (años cotizados) |
| Incapacidad temporal | Cobertura contractual | Sí desde el cuarto día (común) o primero (profesional) |
| Cese de actividad | Solo con cobertura específica | Sí, cuando se cumplen requisitos |
| Acceso desde 2023 | Solo régimen transitorio o pluriactividad | Por defecto |
| Litigios recientes | Sí, sobre suficiencia de capitalización | No |
Caso numérico ampliado: aparejador con cartera de DEO y CSS
Perfil: arquitecto técnico con 8 años de experiencia, dirección de ejecución de obra y coordinación de seguridad y salud para cuatro promotoras locales.
- Facturación bruta anual: 85.000 € + 21 % IVA = 102.850 €.
- Alquiler despacho compartido: 4.800 €.
- Software (Arquímedes, Presto, AutoCAD): 2.600 €.
- MUSAAT + cuota colegial: 1.800 €.
- Seguro RC adicional: 1.200 €.
- Visados anuales: 1.500 €.
- Vehículo afecto + combustible: 5.500 €.
- Formación continua: 1.200 €.
- Gestoría: 1.500 €.
- Rendimiento neto previo: ~64.900 €.
- 5 % gastos de difícil justificación: 2.000 € (tope).
- Rendimiento neto IRPF: ~62.900 €.
Cuota RETA tramo 14 general: 545,59 €/mes.
Recursos relacionados
Norma de referencia
- Ley 35/2006 del IRPF:
BOE-A-2006-20764.
- Ley 37/1992 del IVA.
- Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE).
- Ley 12/1986 de atribuciones profesionales de Arquitectos e Ingenieros Técnicos.
- Real Decreto 1627/1997 sobre seguridad y salud en obras de construcción.
- Real Decreto 235/2013 sobre Certificado de Eficiencia Energética (CEE).
- Estatutos de PREMAAT, MUSAAT y del Consejo General de la Arquitectura Técnica.