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Actividad IAE 775

Ingenieros (sin especificar)

Sección IAE 2 (profesional)

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 742 — Ingenieros agrupa el ejercicio libre de la profesión de ingeniero superior (grado más máster habilitante, antes Ingeniero Superior) en cualquiera de sus 9 especialidades clásicas. Requiere colegiación obligatoria en el Colegio Profesional correspondiente (cuando lo hay para la especialidad y trabajo concreto), así como visado de trabajos cuando sea preceptivo (Ley 25/2009 y RD 1000/2010).

Las especialidades de ingeniería superior son:

  • Ingeniería industrial (la más numerosa).
  • Ingeniería de caminos, canales y puertos.
  • Ingeniería de telecomunicaciones.
  • Ingeniería naval y oceánica.
  • Ingeniería aeronáutica y aeroespacial.
  • Ingeniería de minas y energía.
  • Ingeniería de montes.
  • Ingeniería agrónoma (epígrafe específico 740).
  • Ingeniería química (perfil emergente, frecuente como industrial especializado).

Métodos de tributación admitidos

Solo estimación directa (simplificada si la facturación no excede 600.000 €/año; normal por encima). No elegible para módulos.

Régimen IVA

  • Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
  • Tipo IVA aplicable: 21 % general sobre los servicios de ingeniería.
  • No hay exención sanitaria ni reducción especial salvo casos muy concretos (peritaje judicial designado por turno tributa al 21 %).

Retenciones en facturas

  • Particulares: sin retención.
  • Empresas y otros profesionales: retención del 15 % de IRPF.
  • Nuevos ingenieros: en su primer año y dos siguientes pueden solicitar retención del 7 %.

Particularidades fiscales

  • Cuotas colegiales obligatorias: deducibles al 100 %.
  • Seguro de responsabilidad civil profesional: obligatorio en muchas ingenierías (proyectos visados, dirección de obra), deducible.
  • Software CAD/CAE/simulación (AutoCAD, Revit, SolidWorks, ANSYS, MATLAB): suscripciones deducibles al 100 % como intangible.
  • Hardware especializado (estación de trabajo, plotter, escáner topográfico, dron): inmovilizado amortizable.
  • Visados de proyectos (cuando son obligatorios): gasto deducible.
  • Despacho técnico: deducible al 100 % si es local exclusivo. Desde casa: regla del 30 % sobre suministros.
  • Formación continuada: cursos de actualización tecnológica, normativa, certificaciones (BIM, PMP) deducibles.

Mutualidades alternativas según especialidad

  • PREMAAT (Mutualidad de Aparejadores y Arquitectos Técnicos) → no para ingenieros superiores.
  • HNA (Hermandad Nacional de Arquitectos Superiores) → no para ingenieros.
  • MUPITI (Mutualidad de Ingenieros Técnicos Industriales) → para ITI específicamente.
  • MUPMSGE (Mutualidad de Ingenieros Superiores Industriales) → para ingenieros industriales (régimen transitorio quien optó antes de 2023).
  • Caminos, telecomunicaciones, naval, aeronáutica: no tienen mutualidad alternativa significativa hoy; van por RETA.

Caso típico con cifras

Perfil: ingeniero industrial autónomo con despacho propio compartido o coworking, proyectos B2B (industria, energía, edificación industrial), sin asalariados.

  • Facturación bruta anual: 60.000-130.000 € + 21 % IVA.
  • Gastos reales: alquiler despacho 4.000-12.000 €, suministros, software profesional 2.000-5.000 €, amortización hardware, colegial, seguro RC, formación continua, gestoría.
  • Rendimiento neto IRPF: 30.000-65.000 €/año según especialidad y cartera.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 30.000-65.000 €/año (2.500-5.416 €/mes), tramos 9-14 generales. Cuota mensual aproximada: 401-546 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (87,15 €/mes en 2025; cifra revisable cada año).

Pluriactividad muy frecuente

Caso habitual en ingeniería: autónomo + asalariado en industria, consultora grande o administración pública.

  • Bonificación de pluriactividad durante 36 meses (50 % + 25 %).
  • Devolución por exceso de cotización si superan tope.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal en alta inicial.
  • Pluriactividad muy frecuente.
  • Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Datos sectoriales

España tiene aproximadamente 165.000 ingenieros superiores colegiados según los Colegios Profesionales. Industrial es la especialidad más numerosa (95.000 colegiados), seguida de telecomunicaciones (28.000) y caminos (32.000). El ejercicio libre representa entre el 15-25 % del total, con mucha pluriactividad.

Errores fiscales frecuentes

  • No solicitar la retención del 7 % en los primeros 3 años.
  • Confundir con ingeniería técnica (ingeniero técnico tiene epígrafes distintos: 731).
  • No visar trabajos cuando es preceptivo (sanción colegial).
  • No declarar pluriactividad y perder la bonificación.
  • No prorratear el IVA en gastos comunes cuando hay pluriactividad con asalariado.

Visado y proyectos con responsabilidad firmada

El visado colegial es obligatorio para los proyectos del artículo 2 del Real Decreto 1000/2010: proyectos de edificación, instalaciones eléctricas de alta tensión, proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental, instalaciones receptoras de gas y proyectos solicitados por la administración. La firma del ingeniero genera responsabilidad civil profesional decenal (artículo 17 de la Ley 38/1999) en obra de edificación, lo que justifica el seguro de responsabilidad civil con cuantías elevadas (habitualmente 600.000-1.500.000 € de capital asegurado).

Caso numérico ampliado: ingeniero con asalariado y oficina técnica

Perfil: ingeniero industrial titular de oficina técnica con un delineante asalariado, despacho de 80 m² en alquiler.

  • Facturación bruta anual: 145.000 € + 21 % IVA = 175.450 €.
  • Sueldo y cotización del delineante: 32.000 €.
  • Alquiler despacho: 13.000 € + 21 %.
  • Software CAD y simulación: 4.500 €/año.
  • Amortización hardware y plotter: 3.800 €.
  • Visados colegiales pasados: 2.200 €.
  • Seguro RC profesional: 1.800 €.
  • Cuota colegial: 600 €.
  • Gestoría y suministros: 4.500 €.
  • Rendimiento neto previo: ~82.600 €.
  • 5 % gastos de difícil justificación: 2.000 € (tope).
  • Rendimiento neto IRPF: ~80.600 €.

Cuota RETA tramo 14 general: 545,59 €/mes. Si elige base máxima del tramo (5.101 €), cuota 1.606,88 €/mes con mejora notable de la pensión futura.

Calendario operativo del año

PeriodoHitos
EneroModelo 130 T4, modelo 303 T4, modelo 390, modelo 111 y 190 retenciones empleados, modelo 180 alquiler.
AbrilModelo 130 T1, modelo 303 T1, modelo 111 T1.
Abril-junioModelo 100 IRPF.
JulioModelo 130 T2, modelo 303 T2, modelo 111 T2.
OctubreModelo 130 T3, modelo 303 T3, modelo 111 T3.
FebreroModelo 347 con promotoras, constructoras y administración.

Recursos relacionados

  • MUPITI y mutualidad de ingenieros técnicos
  • Visado colegial obligatorio Real Decreto 1000/2010
  • Pluriactividad asalariado + autónomo
  • Cuota RETA tramo 12 general

Norma de referencia

  • Ley 35/2006 del IRPF: BOE-A-2006-20764.
  • Ley 37/1992 del IVA.
  • Ley 25/2009 Ley Ómnibus (visado profesional).
  • Real Decreto 1000/2010 sobre visado colegial obligatorio.
  • Real Decreto 1393/2007 que regula las enseñanzas universitarias oficiales (acceso al ejercicio).
  • Estatutos de cada Colegio Profesional.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en ingenieros (sin especificar) y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 775.

Calculadora de cuota RETANeto disponible

Actividades relacionadas

Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:

  • Ingenieros agrónomos, de montes y técnicos en agricultura (IAE 722)
  • Arquitectos (IAE 773)
  • Aparejadores y arquitectos técnicos (IAE 774)
  • Ingenieros técnicos (IAE 776)

Recursos relacionados

  • Cómo se calcula la cuota del autónomo según tus rendimientos
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene
  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026
  • Mutualidad alternativa al RETA (profesionales colegiados)

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.