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Actividad IAE 761.1

Profesionales relacionados con la enseñanza (general, idiomas)

Sección IAE 2 (profesional)

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 761.1 — Profesionales relacionados con la enseñanza cubre a profesionales independientes que prestan servicios formativos o de asesoramiento educativo no vinculados a centros oficiales: formadores corporativos, asesores pedagógicos, consultores de tecnología educativa, expertos en diseño curricular y evaluación.

La actividad incluye:

  • Formador corporativo (in-company training).
  • Asesor pedagógico para editoriales o centros.
  • Consultor de tecnología educativa (LMS, e-learning, EdTech).
  • Diseñador instruccional (e-learning, MOOC).
  • Experto en evaluación educativa.
  • Coach o mentor con metodología pedagógica formal.

Métodos de tributación admitidos

Solo estimación directa (simplificada hasta 600.000 €/año). No elegible para módulos.

Régimen IVA: especialidad de enseñanza

  • Enseñanza reglada y oficial (formación profesional oficial, cursos en plan oficial, formación bonificada FUNDAE en casos): exenta del IVA (art. 20.1.9º LIVA).
  • Formación no reglada (corporativa, talleres, e-learning comercial): 21 % general.
  • Asesoramiento puro (consultoría): 21 %.
  • Actividad mixta: aplicación de prorrata del IVA soportado.

Retenciones en facturas

  • Particulares: sin retención.
  • Empresas, editoriales, instituciones: retención del 15 %.
  • Nuevos profesionales: pueden solicitar retención del 7 % los 3 primeros años.

Particularidades fiscales

  • Software educativo (LMS propio, plataformas de evaluación): suscripciones deducibles.
  • Plataformas de impartición (Zoom, Teams, Moodle, plataformas LMS): deducibles.
  • Equipo informático y de grabación: ordenador, micrófono, cámara, software de edición.
  • Despacho propio o coworking: deducible al 100 % si local exclusivo.
  • Formación continua del propio formador: deducible.
  • Material didáctico propio: deducible.

Mutualidad y RETA

  • Sin mutualidad alternativa específica: alta obligatoria en RETA.

Caso típico con cifras

Perfil: consultor educativo autónomo individual con cartera B2B (editoriales, empresas, centros formativos), trabajo desde casa o coworking.

  • Facturación bruta anual: 40.000-75.000 € (mix exento + sujeto al 21 %).
  • Gastos reales: software, equipo, plataformas, formación continua, coworking, gestoría.
  • Rendimiento neto IRPF: 18.000-40.000 €/año.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 18.000-40.000 €/año (1.500-3.333 €/mes), tramos 6-11 generales. Cuota mensual aproximada: 303-453 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (87,15 €/mes en 2025; cifra revisable cada año).

Pluriactividad muy frecuente

  • Profesional + asalariado en universidad (profesor asociado).
  • Profesional + asalariado en empresa de formación o editorial.
  • Profesional + docencia en centro educativo (público o privado).

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal en alta inicial.
  • Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
  • Pluriactividad muy frecuente.
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Errores fiscales frecuentes

  • No diferenciar enseñanza reglada (exenta) de no reglada (21 %).
  • No aplicar prorrata en actividad mixta.
  • No solicitar la retención del 7 % en los primeros 3 años.
  • No declarar pluriactividad con docencia oficial.

Tabla detallada de cuota RETA 2026

Cuotas mensuales mínimas derivadas de la base mínima de cada tramo, con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026 (Orden PJC/297/2026):

Rendimiento neto previstoTramoBase mínimaCuota mensual
≤ 670 €/mes1 reducida653,59 €205,88 €
670 - 900 €/mes2 reducida718,94 €226,47 €
900 - 1.166 €/mes3 reducida849,67 €267,65 €
1.166 - 1.300 €/mes4 reducida955,07 €300,85 €
1.300 - 1.500 €/mes5 general960,78 €302,65 €
1.500 - 1.700 €/mes6 general1.026,80 €323,44 €
1.700 - 1.850 €/mes7 general1.054,16 €332,06 €
1.850 - 2.030 €/mes8 general1.209,15 €380,88 €
2.030 - 2.330 €/mes9 general1.225,40 €385,99 €
2.330 - 2.760 €/mes10 general1.225,40 €385,99 €
2.760 - 3.190 €/mes11 general1.350,53 €425,42 €
3.190 - 3.620 €/mes12 general1.519,61 €478,68 €
3.620 - 4.050 €/mes13 general1.575,07 €496,15 €
4.050 - 6.000 €/mes14 general1.700,73 €535,73 €
> 6.000 €/mes15 general1.928,10 €607,35 €

RETA o mutualidad alternativa

Para los colegios profesionales con mutualidad alternativa al RETA reconocida (Abogacía, Procuradores, Arquitectos, ingenieros técnicos vía MUPITI, peritos, etc.), el RDL 2/2025 reordenó el encuadramiento:

  • Colegiados antes del RDL 2/2025: pueden mantenerse en su mutualidad o ejercer la opción de paso al RETA.
  • Nuevos colegiados: alta obligatoria en RETA, con la mutualidad como cobertura complementaria voluntaria.

La principal diferencia económica está en la pensión de jubilación: el RETA es sistema de reparto con base reguladora; la mutualidad es capitalización individual. Para perfiles con expectativa de aportación creciente durante 25-30 años, el RETA tiende a ofrecer pensión más predecible.

Bonificaciones autonómicas

Las CCAA con Cuota Cero cubren el RETA del nuevo profesional durante 12-24 meses. La compatibilidad con la mutualidad alternativa depende de cada decreto autonómico.

Norma de referencia

  • Ley 35/2006 del IRPF: BOE-A-2006-20764.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 20.1.9º y 20.1.10º (exención enseñanza reglada).
  • Real Decreto 694/2017 (FUNDAE).
  • Real Decreto 439/2007 Reglamento del IRPF.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en profesionales relacionados con la enseñanza (general, idiomas) y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 761.1.

Calculadora de cuota RETANeto disponible

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  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026
  • Mutualidad alternativa al RETA (profesionales colegiados)

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.