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  3. IRPF estimado de un autónomo facturando 35.000 €/año

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IRPF estimado de un autónomo facturando 35.000 €/año

Con 35.000 € facturados y 8.000 € de gastos, el rendimiento neto reducido es 25.650 € y la cuota de IRPF estimada (territorio común) asciende a 4.202 €. A este nivel aparece el tercer tramo marginal del 30 %, aunque con impacto moderado.

En detalle

Por qué 35.000 € es un umbral relevante

Facturar 35.000 € anuales (unos 2.917 €/mes brutos) sitúa al autónomo en el tramo donde la base liquidable empieza a entrar con cierta entidad en el 30 % de la escala IRPF. No es el tipo marginal más penalizado, pero es el momento en que la planificación de gastos deducibles empieza a tener impacto visible en la cuota.

También es el rango en que el rendimiento neto mensual supera los 2.000 €, lo que ubica la cuota RETA en los tramos T9 o T10 de la tabla 2026 (cuotas mínimas de 401,47 o 427,21 €/mes respectivamente, según el rendimiento definitivo). La cuota RETA anual puede situarse entre 4.818 y 5.127 €, superando al IRPF estimado.

Supuestos del cálculo

  • Régimen: estimación directa simplificada.
  • Gastos deducibles: 8.000 € (cuota RETA, asesoría, suministros, equipamiento, formación, desplazamientos).
  • Sin reducciones adicionales por familia ni discapacidad.
  • CCAA de referencia: territorio común.

Para un resultado ajustado a tu perfil, usa la calculadora de IRPF en estimación directa.

Cálculo paso a paso

ConceptoImporte
Facturación35.000 €
Gastos deducibles−8.000 €
Rendimiento neto previo27.000 €
5 % gastos de difícil justificación (tope 2.000 €)−1.350 €
Rendimiento neto reducido25.650 €
Mínimo personal (art. 57 LIRPF)−5.550 €
Base liquidable20.100 €

Escala aplicada tramo a tramo:

TramoBase en tramoTipoCuota
Hasta 12.450 €12.450 €19 %2.365,50 €
12.450 – 20.200 €7.650 €24 %1.836,00 €
20.200 – 35.200 €0 € (no llega)30 %0 €
Total cuota íntegra4.201,50 €

Con base liquidable de 20.100 €, la declaración no alcanza el umbral de 20.200 € que abre el tramo del 30 %: solo 100 € lo separan. El tipo medio efectivo sobre el rendimiento neto reducido de 25.650 € es del 16,4 %.

Esta estimación varía con la parte autonómica de la tarifa. Comunidades como Cataluña o Valencia tienen tipos autonómicos más elevados en los tramos medios; otras como Madrid los reducen.

El efecto del umbral del 30 %

La base liquidable de 20.100 € se sitúa apenas 100 € por debajo del tramo del 30 %. Si los gastos deducibles fueran 100 € menores, la base subiría a 20.200 € y el tercer tramo empezaría a aplicarse sobre 0 €. Si subiera 1.000 €, sobre 1.000 € se aplicaría el 30 % en lugar del 24 %, suponiendo 60 € de IRPF adicional (la diferencia entre el 30 % y el 24 % sobre esos 1.000 €).

El sistema es marginal: no se salta al tipo superior sobre toda la base, solo sobre el exceso que supera cada umbral. Este error conceptual es frecuente y genera angustia innecesaria ante los saltos de tramo.

Retenciones y flujo de caja

Con retención del 15 % sobre 35.000 € facturados a empresas:

  • Retenciones practicadas durante el año: 35.000 × 15 % = 5.250 €.
  • Cuota de IRPF resultante: 4.202 €.
  • Resultado: 1.048 € a devolver en el modelo 100.

Con retención del 7 % (autónomo nuevo):

  • Retenciones: 35.000 × 7 % = 2.450 €.
  • Resultado: 4.202 − 2.450 = 1.752 € a ingresar en junio.

A partir del cuarto año natural, el 7 % pasa automáticamente al 15 %. Si no se avisa al cliente del cambio, este seguirá practicando el 7 % por defecto; el autónomo deberá liquidar la diferencia vía modelo 130 o absorberla en la declaración anual.

Los autónomos de actividad empresarial (sección 1 IAE) sin retención en sus ventas liquidan IRPF trimestralmente vía modelo 130.

Carga fiscal total y cuota RETA

ConceptoEstimación
Cuota RETA anual (tramo T9–T10, según rendimiento definitivo)4.818 – 5.127 €
IRPF4.202 €
Total carga año9.020 – 9.329 €
Fiscalidad efectiva sobre rendimiento neto 25.650 €35 – 36 %

La cuota RETA y el IRPF son de magnitud similar a este nivel. El tramo RETA concreto lo fija el rendimiento neto mensual definitivo, que Hacienda y la Seguridad Social regularizarán al cierre del ejercicio. Puedes consultar el tramo exacto en el cuadro de cuotas 2026.

Gastos que más impactan a este nivel

Con rendimiento neto previo de 27.000 €, los 5 % de gastos de difícil justificación se aplican sobre ese importe: 1.350 €, sin llegar al tope de 2.000 €. Aumentar gastos reales y justificados hasta que el rendimiento neto previo supere los 40.000 € permite absorber el tope íntegro de 2.000 €.

Los gastos más habituales que elevan la deducción: gastos deducibles para autónomos, incluyendo cuota de colegio profesional, suscripciones de software, formación continua y una parte proporcional de suministros del domicilio si se trabaja desde casa.

Recursos

  • Calculadora de IRPF en estimación directa
  • Guía IRPF para autónomos
  • Cuota RETA según rendimientos netos 2026
  • Guía de gastos deducibles para autónomos
  • Tabla de cuotas RETA 2026

Fuentes: Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF (BOE-A-2006-20764); Real Decreto 439/2007 (retenciones); Orden PJC/297/2026 (cuotas RETA 2026). La parte autonómica de la tarifa del IRPF varía por comunidad autónoma: esta estimación utiliza los tipos de referencia del territorio común. Estimación informativa, no vinculante. Para confirmar tu situación, consulta a tu asesor fiscal o a la Agencia Tributaria.

Calculadoras dinámicas

  • Calculadora de cuota RETA
  • Calculadora IRPF estimación directa
  • Calculadora ahorro tarifa plana
  • Calculadora neto disponible

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Cálculo orientativo basado en cifras vigentes 2026. Para casos concretos consulta a tu asesor fiscal o a la AEAT.