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Con un rendimiento neto de 120.000 €/año (sin incluir aún cuota RETA), el autónomo paga 607,35 €/mes de cuota RETA (tramo T15) más un IRPF estimado de 40.019 € (territorio común). Neto disponible estimado: 72.693 €/año (6.058 €/mes). La SL es casi siempre más eficiente a este nivel.
Con 120.000 € de rendimiento neto anual, el autónomo individual destina más de un tercio de su rendimiento a IRPF y cuota RETA. El tipo marginal del 45 % aplica sobre una base amplia y la presión fiscal efectiva supera el 39 %. Es el nivel donde el análisis de alternativas societarias no es un capricho de planificación fiscal agresiva, sino una revisión de la estructura económica básica de la actividad.
La cuota RETA es la misma que en el tramo anterior: el rendimiento neto mensual de 10.000 €/mes supera holgadamente el umbral del tramo T15 (>6.000 €/mes), con cuota mínima de 607,35 €/mes (Orden PJC/297/2026), es decir, 7.288,20 €/año. La cuota RETA no sigue creciendo más allá de este techo (salvo elección voluntaria de una base superior).
El IRPF, en cambio, sí sigue creciendo: cada euro adicional de rendimiento neto a partir de 60.000 € de base liquidable tributa al 45 %.
Usa la calculadora de neto disponible para ajustar los supuestos.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rendimiento neto operativo (sin cuota RETA) | 120.000,00 € |
| Cuota RETA tramo T15 (607,35 × 12) | −7.288,20 € |
| Rendimiento neto previo a difícil justificación | 112.711,80 € |
| 5 % gastos difícil justificación (tope 2.000 €) | −2.000,00 € |
| Rendimiento neto reducido | 110.711,80 € |
| Mínimo personal (art. 57 LIRPF) | −5.550,00 € |
| Base liquidable | 105.161,80 € |
Escala aplicada tramo a tramo:
| Tramo | Base en tramo | Tipo | Cuota |
|---|---|---|---|
| Hasta 12.450 € | 12.450 € | 19 % | 2.365,50 € |
| 12.450 – 20.200 € | 7.750 € | 24 % | 1.860,00 € |
| 20.200 – 35.200 € | 15.000 € | 30 % | 4.500,00 € |
| 35.200 – 60.000 € | 24.800 € | 37 % | 9.176,00 € |
| 60.000 – 300.000 € | 45.161,80 € | 45 % | 20.322,81 € |
| Total IRPF estimado | 38.224,31 € |
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Rendimiento neto operativo | 120.000,00 € |
| Cuota RETA | −7.288,20 € |
| IRPF estimado | −38.224,31 € |
| Neto disponible año | 74.487,49 € |
| Neto disponible mes | 6.207 € |
El tipo medio efectivo sobre el rendimiento neto reducido de 110.711 € es del 34,5 %. La fiscalidad efectiva total (RETA + IRPF) sobre el rendimiento neto de 120.000 € es del 37,9 %.
Esta estimación corresponde al territorio común. Comunidades con tipos autonómicos elevados en el tramo del 45 % (Cataluña aplica hasta un tipo autonómico del 25,5 % en los tramos altos, llevando el tipo conjunto por encima del 50 % en esa fracción) elevan significativamente la cuota. La parte autonómica varía por CCAA y puede modificar el resultado final en varios miles de euros.
| Destino | Importe | % |
|---|---|---|
| Cuota RETA | 7.288 € | 6,1 % |
| IRPF tramos 19–30 % | 8.725,50 € | 7,3 % |
| IRPF tramo 37 % | 9.176,00 € | 7,6 % |
| IRPF tramo 45 % | 20.322,81 € | 16,9 % |
| Total carga | 45.512,51 € | 37,9 % |
| Neto disponible | 74.487,49 € | 62,1 % |
El tramo del 45 % es el mayor componente individual de la carga, por delante de la cuota RETA. Es el resultado de que 45.162 € de base liquidable tributan a ese tipo.
El rendimiento neto previo a difícil justificación es 112.711 €. El 5 % teórico sería 5.636 €, pero el tope legal limita la deducción a 2.000 €. Los 3.636 € de diferencia tributan al 45 %, suponiendo 1.636 € de IRPF adicional respecto a un sistema sin tope. Es un coste real y creciente para los tramos altos.
A 120.000 € de rendimiento neto, el análisis de la SL no es opcional. El mecanismo fundamental:
La eficiencia concreta depende de cuánto necesita extraer el socio cada año y de los costes adicionales de la estructura societaria. Esta comparativa requiere asesoramiento fiscal individualizado: los números de esta ficha son orientativos.
La guía de IRPF para autónomos ofrece contexto adicional sobre la tributación en estimación directa y los elementos que conforman la base liquidable.
Con retención del 15 % sobre 120.000 € de facturación:
Este importe exige planificación de tesorería con meses de antelación. El autónomo con este nivel de ingresos debería fraccionar el pago de junio (la AEAT permite aplazamiento del 60 % al 5 de noviembre sin intereses si se solicita en plazo) o gestionar la liquidez durante el año con una cuenta separada de provisiones fiscales.
Fuentes: Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF (BOE-A-2006-20764); Orden PJC/297/2026 (cuotas RETA 2026). La parte autonómica de la tarifa del IRPF varía por comunidad autónoma: esta estimación utiliza los tipos de referencia del territorio común. Estimación informativa, no vinculante. Para confirmar tu situación, consulta a tu asesor fiscal o a la Agencia Tributaria.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes