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  3. Modelo 347 operaciones con terceros 2026

Cierre fiscal anual

Modelo 347 operaciones con terceros 2026

El modelo 347 es la declaración informativa anual de operaciones con terceros superiores a 3.005,06 € (IVA incluido). Se presenta del 1 al 28 de febrero de 2026 para el ejercicio 2025. Telemática obligatoria. Exentos del SII y de algunas otras situaciones específicas. Cruza con 390 y con los 347 de proveedores y clientes.

En detalle

Qué es el modelo 347

El modelo 347 (Orden EHA/3012/2008) es la declaración anual informativa de operaciones con terceras personas que superen, en conjunto durante el año natural, 3.005,06 € (IVA incluido), ya sean adquisiciones o entregas de bienes o prestaciones de servicios.

Naturaleza: informativa, sin ingreso ni devolución. Permite a AEAT cruzar datos entre el autónomo, sus proveedores y sus clientes.

Plazo de presentación 2026

EjercicioPlazo
20251 al 28 de febrero de 2026

Solo presentación telemática (Sede Electrónica AEAT). Certificado, DNIe o Cl@ve PIN.

Quién está obligado

  • Empresarios y profesionales que desarrollan actividades económicas (autónomos, sociedades).
  • Comunidades de bienes y entidades en régimen de atribución de rentas.
  • Administraciones públicas por sus operaciones no exentas.

Exentos del modelo 347

  • Sujetos pasivos incluidos en SII (Suministro Inmediato de Información). Orden HFP/417/2017.
  • Quienes no han realizado durante el año ninguna operación que supere los 3.005,06 € por persona/entidad.
  • Operaciones ya declaradas en modelo 184 (atribución de rentas).
  • Operaciones intracomunitarias declaradas en modelo 349.
  • Importaciones / exportaciones (DUA).
  • Operaciones por las que se haya retenido o ingresado a cuenta IRPF/IS (modelos 190, 193…).

Umbral del 3.005,06 €

El umbral de 3.005,06 € (IVA incluido) se calcula por persona o entidad y por año natural. Se computan tanto:

  • Operaciones de entrega (ventas, prestaciones de servicios).
  • Operaciones de adquisición (compras, servicios recibidos).

Ejemplo umbral

Proveedor único de material de oficina durante 2025:

FechaFacturaIVA incl.
15-feb100121 €
20-may800968 €
10-sep1.5001.815 €
02-dic250302,50 €
Total3.206,50 €

Como 3.206,50 € > 3.005,06 €, declarar al proveedor en el 347.

Mismo proveedor con 2.900 € totales no se declara.

Información requerida por contacto

Para cada persona/entidad superando el umbral:

  • NIF/CIF.
  • Apellidos y nombre / razón social.
  • Importe total anual de las operaciones (sin desglose por factura, salvo casos especiales).
  • Desglose trimestral (cuatro casillas, una por trimestre).
  • Provincia / código postal.

Desglose trimestral

Desde 2014 es obligatorio detallar:

TrimestreImporte
1T 2025121 €
2T 2025968 €
3T 20251.815 €
4T 2025302,50 €

Útil para que AEAT cuadre con los 303 trimestrales del declarante y del declarado.

Casos especiales

Operaciones de seguro

Importes de primas / indemnizaciones declarables aunque no superen 3.005,06 €, agrupados.

Arrendamientos locales

Cualquier importe de arrendamiento de local de negocio se incluye, independiente del umbral (clave A para arrendador, B para arrendatario).

Cobros en metálico

Cobros recibidos en metálico superiores a 6.000 € de una misma persona durante el año se desglosan aparte. Recordar Ley 7/2012 art. 7: prohibición de cobros en metálico ≥ 1.000 € en operaciones empresariales/profesionales.

Subvenciones públicas

Importes percibidos por subvenciones, ayudas o auxilios públicos: clave G.

Conciliación con otros modelos

Cruce con modelo 390

Suma de bases del 347 + operaciones < 3.005,06 € no declaradas en 347 = volumen total que debe cuadrar con el 390 (con algunos ajustes).

Cruce con modelos 303

El desglose trimestral del 347 debe coincidir, agregadamente, con las cifras declaradas en los 303 de cada trimestre.

Cruce con el 347 del contraparte

AEAT cruza tu 347 con el 347 de tu cliente o proveedor. Si Empresa A declara haber comprado 5.000 € a Empresa B pero Empresa B no declara haber vendido a Empresa A, salta requerimiento.

Errores frecuentes

1. Olvidar contar el IVA

El umbral es 3.005,06 € IVA incluido, no base imponible. Un proveedor con 2.500 € base + 21 % IVA = 3.025 € se declara.

2. Mal desglose trimestral

Declarar todo en un único trimestre, o no respetar fecha de devengo IVA.

3. No declarar a la propia comunidad de propietarios

Comunidades de vecinos con NIF jurídico que realicen actividad económica también superan el umbral con frecuencia.

4. No incluir cobros en metálico ≥ 6.000 €

Hay que desglosarlos aparte aunque el total con la persona no supere 3.005,06 €.

5. Confundir con SII

Si el autónomo está en SII (poco habitual, > 6.010.121 € de facturación o opción voluntaria), no presenta 347. Si no está en SII, sí lo presenta.

Sanciones por no presentar

Ley 58/2003 art. 198:

  • Infracción leve: 20 €/dato omitido, mínimo 300 €, máximo 20.000 €.
  • Si se presenta antes de requerimiento, reducción del 50 %.
  • Si se hace con conformidad y pago en plazo, reducción adicional 25 %.

Modelo 347 ↔ otras declaraciones

ModeloRelación
303 trimestralDesglose trimestral debe cuadrar
390 resumen anual IVAOperaciones totales deben cuadrar
349 intracomunitariasLas operaciones intracomunitarias se declaran en 349, NO en 347
180 retenciones alquileresSi hay retención, no va en 347 (en clave A/B sí)
184 atribución rentasOperaciones de la CB no van duplicadas en 347

Recursos

  • Modelo 100 declaración Renta autónomos
  • Modelo 390 resumen anual IVA
  • Modelo 184 comunidad de bienes
  • Calendario fiscal
  • Guía cierre fiscal anual

Recursos relacionados

  • Hub de cierre fiscal
  • Guía cierre fiscal anual
  • Calendario fiscal
  • IRPF autónomos 2026

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Cifras y plazos vigentes en 2026. Para casos concretos consulta a tu asesor fiscal o a la sede electrónica AEAT.