Cuenta bancaria separada que el autónomo destina exclusivamente a su actividad económica, distinta de su cuenta personal. No es legalmente obligatoria para autónomos individuales, pero es muy recomendable y, en algunos casos, exigida por la práctica.
Por qué conviene tenerla
- Trazabilidad de movimientos profesionales: facilita identificar cobros de clientes y pagos a proveedores.
- Defensa ante una inspección: si Hacienda revisa la actividad, una cuenta separada reduce el riesgo de que se cuestionen ingresos o gastos.
- Justificación de gastos deducibles: pagos con tarjeta o transferencia desde la cuenta profesional son más fáciles de defender.
- Contabilidad ordenada sin necesidad de programa contable complejo.
- Domiciliación de cuotas RETA, IVA, IRPF y otros tributos desde una cuenta dedicada.
Casos en que es prácticamente obligatoria
- Estimación directa normal (facturación ≥ 600.000 €): obligación de contabilidad mercantil exige separación efectiva.
- Sociedades civiles y comunidades de bienes: necesitan cuenta a nombre del NIF de la entidad, no del comunero individual.
- Solicitud de aplazamientos a TGSS o AEAT: las administraciones exigen cuenta operativa identificada.
- Solicitud de subvenciones autonómicas: la convocatoria suele exigir IBAN dedicado.
Diferencia con la cuenta de empresa de las sociedades
Para una sociedad mercantil (SL, SA) la cuenta de la sociedad es obligatoria y va a nombre del NIF social, no del socio individual. Para autónomo individual, la cuenta sigue siendo personal a su nombre, pero dedicada a la actividad.
Cuentas bancarias y comisiones
Las entidades bancarias ofrecen cuentas específicas para autónomos con condiciones diferenciadas:
- Comisiones de mantenimiento específicas.
- TPV físico o virtual para cobros con tarjeta.
- Servicios de domiciliación y nóminas.
- Tarjetas de crédito empresariales.
Algunas neobancos (N26, Revolut Business, Bnext, Fintonic, Pibank) ofrecen alternativas digitales con menos comisiones.
Aplicación al autónomo
Recomendación práctica:
- Abrir una segunda cuenta desde el primer día de actividad (no necesariamente en el mismo banco).
- Domiciliar todas las cuotas profesionales (RETA, IVA, IRPF, otros impuestos) en esa cuenta.
- Cobrar de clientes en esa cuenta.
- Pagar a proveedores desde esa cuenta.
- Transferir mensualmente al autónomo un "sueldo" estimado para diferenciar liquidez personal de profesional.
Términos relacionados
- [[estimacion-directa]]
- [[factura-completa]]
- [[modelo-303]]