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  3. Prestación por nacimiento y cuidado del menor

Prestación por nacimiento y cuidado del menor

Prestación de la Seguridad Social que sustituye los ingresos del autónomo durante el periodo de descanso por nacimiento, adopción o acogimiento de un menor. Reemplazó en 2019 a las anteriores prestaciones separadas de maternidad y paternidad. Aplicable a ambos progenitores en igualdad de duración.

Duración

  • 16 semanas ininterrumpidas por cada progenitor, ampliables 2 semanas en casos especiales (parto múltiple, discapacidad del menor).
  • Obligatorias: 6 primeras semanas tras el parto (a tiempo completo).
  • Resto de semanas (10): pueden disfrutarse en periodos sucesivos hasta que el menor cumpla 12 meses.

Cuantía

  • 100 % de la base reguladora desde el primer día.
  • La base reguladora se calcula como la base de cotización del mes anterior dividida entre 30 (importe diario).

Requisitos

  • Estar en alta o situación asimilada al alta en el RETA.
  • Tener cotizado un periodo mínimo previo:
    • < 21 años: sin periodo mínimo exigible.
    • 21-26 años: 90 días en los 7 años anteriores o 180 días totales.
    • > 26 años: 180 días en los 7 años anteriores o 360 días totales.
  • Estar al corriente con la TGSS.

Suspensión de la actividad

Durante el cobro, el autónomo debe suspender la actividad económica. Si se acredita que continúa trabajando, la TGSS reclama el reintegro de la prestación.

Bonificación específica adicional

Las autónomas que se reincorporan tras el descanso tienen acceso a una bonificación específica (tarifa plana (87,15 €/mes en 2025, importe revisable anualmente por LPGE)) durante los 12 meses siguientes a la reincorporación, según artículo 38 bis Ley 20/2007.

En Cantabria: cobertura ampliada

La Triple Cuota Cero de Cantabria (Decreto 43/2024) cubre 24 meses de cotización para mujeres autónomas tras maternidad, adopción o acogimiento, ampliando significativamente el apoyo nacional.

Cómo se solicita

  1. Comunicación a la mutua colaboradora dentro del plazo (mes siguiente al hecho causante).
  2. Aportar certificado de nacimiento o resolución de adopción/acogimiento.
  3. Vida laboral y bases de cotización de los últimos meses.
  4. Resolución y abono mensual o en pago único según se solicite.

Términos relacionados

  • [[contingencias-comunes]]
  • [[base-reguladora]]
  • [[tarifa-plana]]
  • [[mutua-colaboradora]]

Ver también

  • Contingencias comunes
  • Base reguladora
  • Tarifa plana

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes