Procedimiento por el cual la TGSS ajusta las cuotas RETA pagadas por el autónomo en un año en función de sus rendimientos netos reales comunicados por la AEAT. Es el cierre formal del nuevo sistema de cotización por rendimientos vigente desde 2023.
La primera regularización efectiva se hizo en 2024 sobre el ejercicio 2023. Las posteriores siguen este calendario aproximado:
Si infravaloras los rendimientos para pagar menos cuota durante el año, la regularización te reclamará la diferencia. Si los sobreestimas, pagas más durante el año pero recuperas el exceso al año siguiente. La gestión activa de los cambios de tramo (hasta 6 al año) permite evitar regularizaciones grandes.
Si la regularización al alza es elevada, se puede solicitar aplazamiento ante la TGSS con intereses de demora. El aplazamiento ordinario admite hasta 12 mensualidades; en supuestos especiales hasta 36-60 meses.
Introducida por el RDL 13/2022 a partir del ejercicio 2023.
Pedro, autónomo que en 2026 cotizó por tramo 5 (base 1.029,41 € × 31,50 % = 324,26 €/mes durante 12 meses = 3.891,12 € totales):
Pedro recibe la notificación en otoño de 2027 con plazo voluntario de pago. Si quiere, solicita aplazamiento.
Sara cotizó por tramo 10 al alta (1.356,21 × 31,50 % = 427,21 €/mes), pero solo facturó tramo 7 (cuota correspondiente 360,29 €/mes):
¿La regularización tiene recargo? No si pagas en plazo voluntario. Si demoras, recargo 10-20 % + intereses.
¿Cuándo me notifican? Normalmente en otoño del año siguiente al ejercicio (octubre-diciembre 2027 para el ejercicio 2026).
¿Y si rectifico el modelo 100 después? La rectificación se traslada a la TGSS y la regularización se ajusta automáticamente.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes