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  3. Regularización de cuotas

Regularización de cuotas

Procedimiento por el cual la TGSS ajusta las cuotas RETA pagadas por el autónomo en un año en función de sus rendimientos netos reales comunicados por la AEAT. Es el cierre formal del nuevo sistema de cotización por rendimientos vigente desde 2023.

Cómo funciona

  1. Durante el año, el autónomo cotiza por la base correspondiente a sus rendimientos previstos (estimación al alta o tras cambio de tramo).
  2. Al año siguiente, en julio, la AEAT comunica a la TGSS los rendimientos netos definitivos del autónomo (a través del modelo 100 del IRPF).
  3. La TGSS calcula la cuota que correspondería con esos rendimientos reales.
  4. Si cotizó por debajo de lo que correspondía: el autónomo paga la diferencia con un plazo voluntario.
  5. Si cotizó por encima: la TGSS reintegra el exceso en cuenta.

Cuándo se notifica

La primera regularización efectiva se hizo en 2024 sobre el ejercicio 2023. Las posteriores siguen este calendario aproximado:

  • Marzo-junio: presentación del IRPF del año anterior.
  • Julio: AEAT comunica datos a TGSS.
  • Otoño-fin de año del año siguiente: notificación de regularización al autónomo.

Aplicación al autónomo

Si infravaloras los rendimientos para pagar menos cuota durante el año, la regularización te reclamará la diferencia. Si los sobreestimas, pagas más durante el año pero recuperas el exceso al año siguiente. La gestión activa de los cambios de tramo (hasta 6 al año) permite evitar regularizaciones grandes.

Aplazamiento

Si la regularización al alza es elevada, se puede solicitar aplazamiento ante la TGSS con intereses de demora. El aplazamiento ordinario admite hasta 12 mensualidades; en supuestos especiales hasta 36-60 meses.

Norma y entrada en vigor

Introducida por el RDL 13/2022 a partir del ejercicio 2023.

Caso numérico

Pedro, autónomo que en 2026 cotizó por tramo 5 (base 1.029,41 € × 31,50 % = 324,26 €/mes durante 12 meses = 3.891,12 € totales):

  • Rendimientos previstos al alta: 1.700 €/mes (tramo 5).
  • Rendimientos reales del año (modelo 100): 2.500 €/mes (corresponde tramo 7).
  • Cuota correspondiente al tramo 7: 360,29 €/mes × 12 = 4.323,48 €.
  • Diferencia a ingresar: 4.323,48 − 3.891,12 = 432,36 €.

Pedro recibe la notificación en otoño de 2027 con plazo voluntario de pago. Si quiere, solicita aplazamiento.

Caso al revés (cotizó de más)

Sara cotizó por tramo 10 al alta (1.356,21 × 31,50 % = 427,21 €/mes), pero solo facturó tramo 7 (cuota correspondiente 360,29 €/mes):

  • Diferencia mensual: 66,92 €/mes.
  • Devolución: 66,92 × 12 = 803,04 € a su cuenta.

Errores frecuentes

  • Declarar rendimientos previstos muy bajos para pagar menos: la regularización corregirá. Si quieres pagar menos durante el año, declara honestamente y cambia de tramo si la actividad mejora.
  • No revisar el correo electrónico de TGSS: las notificaciones llegan al buzón Importass. Ignorarlas activa el cargo automático tras el plazo voluntario.
  • No solicitar aplazamiento cuando la diferencia es alta: hasta 30.000 € se puede aplazar sin garantía.

Preguntas frecuentes

¿La regularización tiene recargo? No si pagas en plazo voluntario. Si demoras, recargo 10-20 % + intereses.

¿Cuándo me notifican? Normalmente en otoño del año siguiente al ejercicio (octubre-diciembre 2027 para el ejercicio 2026).

¿Y si rectifico el modelo 100 después? La rectificación se traslada a la TGSS y la regularización se ajusta automáticamente.

Términos relacionados

  • [[rendimientos-netos]]
  • [[cuota-reta]]
  • [[reta]]
  • [[tramo-rendimientos]]
  • [[base-de-cotizacion]]
  • [[aplazamiento-cuotas]]

Fuentes

  • RDL 13/2022 art. 38, regularización.

Ver también

  • Rendimientos netos
  • Cuota RETA
  • RETA
  • Tramo de rendimientos netos
  • Base de cotización

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes