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SL (Sociedad Limitada)

Sociedad mercantil capitalista con personalidad jurídica propia, capital dividido en participaciones sociales y responsabilidad limitada de los socios al capital aportado. Es la forma jurídica más común para microempresas y pymes en España, y la alternativa típica al autónomo individual cuando el negocio crece o el riesgo personal es elevado.

Características

  • Personalidad jurídica propia: la SL es persona jurídica distinta de sus socios.
  • Responsabilidad limitada: los socios responden hasta el capital aportado, no con su patrimonio personal.
  • Capital social mínimo: 3.000 € desembolsados íntegramente al constituirse. Con la Ley Crea y Crece, también es posible constituir SL con 1 € en régimen de formación sucesiva.
  • Participaciones sociales: nominativas, no admiten libre transmisión a terceros sin acuerdo entre socios.
  • Órganos de gobierno: Junta de Socios (decisiones) y Administrador (gestión).

Tributación

  • Impuesto de Sociedades (IS): tipo general 25 %, reducido 23 % para microempresas con cifra de negocios < 1 M€ en los primeros 50.000 €, 15 % para entidades de nueva creación durante los dos primeros ejercicios con beneficios.
  • Declaración anual: modelo 200, plazo 1-25 de julio.
  • Pagos fraccionados: modelo 202 (tres pagos al año).
  • IVA: modelo 303 trimestral (igual que autónomo).
  • Retenciones: modelo 111 (trabajadores), 115 (alquileres), 190 (resumen anual).

Constitución

  1. Certificación negativa del nombre en el Registro Mercantil Central.
  2. Apertura de cuenta bancaria y depósito del capital social.
  3. Escritura pública de constitución ante notario.
  4. Solicitud del CIF provisional en la AEAT (modelo 036).
  5. Inscripción en el Registro Mercantil Provincial.
  6. CIF definitivo en la AEAT.

Coste total típico: 600-1.500 € (notaría + registro + asesoría).

Cuándo conviene pasar de autónomo a SL

  • Beneficios anuales > 60.000-80.000 €: la tributación combinada del autónomo (IRPF marginal 30-45 %) puede superar a la SL (IS 25 % + IRPF sobre dividendos).
  • Negocio con riesgo patrimonial significativo: la limitación de responsabilidad protege la vivienda y bienes personales.
  • Inversores o socios externos: la SL es la estructura habitual.
  • Crecimiento previsto con contratación de empleados y operativa compleja.

Autónomo societario

Si el socio mayoritario administrador trabaja en la sociedad, debe darse de alta como autónomo societario en el RETA, con base mínima alineada con el grupo 1 del Régimen General (~1.000 €/mes en 2026).

Términos relacionados

  • [[autonomo-societario]]
  • [[capital-social]]
  • [[modelo-200]]
  • [[modelo-202]]
  • [[comunidad-de-bienes]]
  • [[sociedad-civil]]

Ver también

  • Autónomo societario
  • Capital social
  • Modelo 200
  • Comunidad de bienes (CB)

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes