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Suplidos

Cantidades pagadas por el profesional autónomo en nombre y por cuenta del cliente que se le repercuten sin coste adicional ni IVA propio. Típicos en abogados, procuradores, notarios y otros profesionales colegiados que adelantan gastos por cuenta del cliente (tasas judiciales, copias compulsadas, registros, etc.).

Características

  • No son ingreso del profesional: solo se cobran al cliente al coste exacto, sin margen.
  • No llevan IVA del profesional: el IVA ya está incluido en el documento original (si lo lleva).
  • Se identifican como suplido en la factura con concepto y referencia del documento original.
  • Se contabilizan como cobro por cuenta de tercero, no como ingreso ni gasto del profesional.

Requisitos para considerarse suplido

  1. Documento original a nombre del cliente (no del profesional).
  2. Pago efectivo por el profesional en nombre del cliente.
  3. Repercusión exacta al cliente sin margen.
  4. Identificación clara en la factura como suplido.

Si el documento está a nombre del profesional, ya no es suplido: es un gasto del profesional que repercute al cliente con su correspondiente IVA propio.

Casos típicos

  • Abogados y procuradores: tasas judiciales, copias compulsadas en notaría, certificados registrales.
  • Notarios: tasas y aranceles oficiales abonados por cuenta del cliente.
  • Gestores administrativos: tasas administrativas, ITV, registros.
  • Arquitectos: tasas municipales por licencias de obra.

Aplicación al autónomo

En el modelo 303 de IVA y en el modelo 130 de IRPF, los suplidos:

  • No entran en la base imponible del IVA repercutido.
  • No constituyen ingreso a efectos del IRPF.

El profesional debe llevar un registro separado de suplidos para acreditar su naturaleza ante una inspección.

Distinción con gasto reembolsable

  • Suplido: documento a nombre del cliente, sin margen, sin IVA del profesional.
  • Gasto reembolsable: documento a nombre del profesional, con o sin margen, con IVA del profesional aplicable.

Términos relacionados

  • [[factura-completa]]
  • [[iva]]
  • [[estimacion-directa]]

Ver también

  • Factura completa
  • IVA
  • Estimación directa

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes