Cantidad sobre la que se calcula el IRPF antes de aplicar reducciones y mínimos. Es la suma de todos los rendimientos del contribuyente (trabajo, actividades económicas, capital, ganancias patrimoniales) menos las reducciones legales específicas. Para un autónomo, la base imponible se forma principalmente por el rendimiento neto de actividades económicas.
Composición típica para un autónomo
- Rendimientos del trabajo (si los tiene en pluriactividad): salario neto del Régimen General.
- Rendimientos de actividades económicas: ingresos − gastos deducibles − 5 % de difícil justificación.
- Rendimientos del capital mobiliario: intereses, dividendos, rentas de fondos.
- Rendimientos del capital inmobiliario: alquileres no afectos a la actividad.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales: ventas de bienes, acciones, criptomonedas.
Base imponible general y base imponible del ahorro
El IRPF distingue dos bases:
- Base imponible general: rendimientos del trabajo, actividades económicas, capital inmobiliario y la mayoría de ganancias patrimoniales no derivadas de transmisiones. Se aplica la tarifa progresiva del 9,5 al 24,5 % (más autonómica).
- Base imponible del ahorro: rendimientos del capital mobiliario y ganancias por transmisiones de elementos patrimoniales. Tipos del 19, 21, 23, 27 y 30 % en 2026.
Cálculo del IRPF a pagar
base imponible → reducciones específicas → base liquidable
base liquidable × tarifa = cuota íntegra
cuota íntegra − deducciones (mínimo personal, donativos, vivienda, etc.) = cuota líquida
cuota líquida − retenciones y pagos fraccionados = cuota diferencial
Aplicación al autónomo
Para un autónomo con rendimiento neto de 30.000 € sin otros ingresos:
- Base imponible general: 30.000 €.
- Base liquidable (sin reducciones aplicables): 30.000 €.
- Cuota íntegra estatal aprox.: 3.582,75 € (ver tarifa estatal).
- Cuota íntegra autonómica aprox.: 2.500-3.500 € según CCAA.
- Cuota líquida tras deducción mínimo personal (1.054,50 €): ≈ 5.000-6.000 €.
Términos relacionados
- [[base-liquidable]]
- [[tarifa-irpf-estatal]]
- [[tarifa-irpf-autonomica]]
- [[minimo-personal-familiar]]
- [[modelo-100]]
- [[ganancias-patrimoniales]]