Escala progresiva de tipos impositivos que aplica la Administración General del Estado sobre la base liquidable general del IRPF. Es la mitad estatal del IRPF; la otra mitad la aplica la comunidad autónoma con su propia tarifa autonómica.
| Hasta (€/año) | Tipo marginal estatal |
|---|---|
| 12.450 | 9,50 % |
| 20.200 | 12,00 % |
| 35.200 | 15,00 % |
| 60.000 | 18,50 % |
| 300.000 | 22,50 % |
| Resto | 24,50 % |
El cálculo es progresivo por tramos: cada euro tributa al tipo del tramo en que se encuentra. Para 30.000 € de base liquidable:
La cuota total es la suma de estatal + autonómica. Cada CCAA tiene su propia escala (Madrid baja, Cataluña alta, ver tarifa autonómica). El tipo agregado máximo combinado oscila entre el 45 % en Madrid y el 54 % en Comunidad Valenciana.
Sobre el rendimiento neto del autónomo (después de gastos deducibles y reducciones) se aplica esta tarifa para obtener la cuota íntegra. Después se restan deducciones (mínimos personales y familiares, deducciones por inversión, donativos, etc.).
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes