Sección 1.ª · Grupo 612
Comercio al por mayor de materias primas agrarias, productos alimenticios, bebidas y tabacos
Grupo 612 de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990. Es el código que se declara en el modelo 036 o 037 al darse de alta en Hacienda y el que determina si la actividad es empresarial a efectos fiscales.
Retención de IRPF en factura
No. Las facturas de una actividad empresarial no llevan retención, aunque el cliente sea una empresa.
Régimen de IRPF
Estimación directa (normal o simplificada) y, si la actividad figura en la Orden anual de módulos y se respetan los límites de magnitud, estimación objetiva.
Pagos fraccionados
Modelo 130 trimestral en estimación directa; modelo 131 si se tributa por módulos.
Epígrafes que contiene
9 epígrafes dentro del grupo 612. Si la actividad encaja en uno de ellos, el código que se declara es el suyo, no el del grupo.
- 612.1 Comercio al por mayor de toda clase de productos alimenticios, bebidas y tabacos especificados en los epígrafes 612.2 a 612.7 y 612.9
- 612.2 Comercio al por mayor de cereales, simientes, plantas, abonos, sustancias fertilizantes, plaguicidas, animales vivos, tabaco en rama, alimentos para el ganado y materias primas marinas (peces vivos, algas, esponjas, conchas, etc.)
- 612.3 Comercio al por mayor de frutas y frutos, verduras, patatas, legumbres frescas y hortalizas
- 612.4 Comercio al por mayor de carnes, productos y derivados cárnicos elaborados, huevos, aves y caza
- 612.5 Comercio al por mayor de leche, productos lácteos, miel, aceites y grasas comestibles
- 612.6 Comercio al por mayor de bebidas y tabaco
- 612.7 Comercio al por mayor de vinos y vinagres del país
- 612.8 Comercio al por mayor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura
- 612.9 Comercio al por mayor de otros productos alimenticios, helados de todas clases, etc
Códigos próximos
- 611 Comercio al por mayor de toda clase de mercancías especificadas en los grupos 612 al 617 y 619
- 613 Comercio al por mayor de textiles, confección, calzado y artículos de cuero
- 614 Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, de perfumería y para el mantenimiento y funcionamiento del hogar
- 615 Comercio al por mayor de artículos de consumo duradero
- 616 Comercio al por mayor interindustrial de la minería y la química
- 617 Otro comercio al por mayor interindustrial (excepto de la minería y de la química)
- 618 Comerciales exportadoras y comercio al por mayor en zonas y depósitos francos
- 619 Otro comercio al por mayor no especificado en los grupos 612 al 618
Cómo se declara
- El código va en la casilla de actividad del modelo 036 o 037, antes de empezar a facturar.
- Se puede declarar más de una actividad. Cada una lleva su código y sus obligaciones: si una es de Sección 1.ª y otra de Sección 2.ª, conviven regímenes distintos de retención.
- El alta en el IAE es independiente del alta en el RETA, que se tramita en la Seguridad Social y usa el código CNAE, no el epígrafe.
La cuota mensual de la Seguridad Social no depende del epígrafe sino de los rendimientos netos: consulta la tabla por tramos de 2026 o calcula tu cuota.
Fuente: Real Decreto Legislativo 1175/1990 (BOE-A-1990-23930), texto consolidado de las Tarifas y la Instrucción del IAE. Denominación literal del BOE.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de agosto de 2026 · Autor: Borja Cifuentes