Pregunta frecuente
La mayoría de los autónomos presentan el modelo 303 cuatro veces al año: hasta el 20 de abril (1T), 20 de julio (2T), 20 de octubre (3T) y 30 de enero del año siguiente (4T). También hay una declaración informativa anual de IVA, el modelo 390, en enero. Hay obligados a presentación mensual, pero son minoritarios.
El IVA se declara y liquida mediante el modelo 303 (autoliquidación periódica de IVA). La periodicidad habitual para autónomos es trimestral. Los plazos son los mismos que los del modelo 130 de IRPF:
| Período | Trimestre | Plazo de presentación |
|---|---|---|
| Enero – marzo | 1T | Hasta el 20 de abril |
| Abril – junio | 2T | Hasta el 20 de julio |
| Julio – septiembre | 3T | Hasta el 20 de octubre |
| Octubre – diciembre | 4T | Hasta el 30 de enero del año siguiente |
Están obligados todos los autónomos dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores que realicen operaciones sujetas a IVA, incluyendo los que estén en el régimen simplificado de IVA (módulos). Los autónomos que operen exclusivamente con actividades exentas del art. 20 LIVA (sanidad, educación reglada) tienen obligaciones distintas y en muchos casos no presentan el 303, o lo presentan sin cuota a ingresar.
Los que no están obligados a presentar el 303 son principalmente quienes tributan en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAG y P), que tiene sus propias reglas.
La presentación mensual del modelo 303 solo aplica a las empresas que superen los 6 millones de euros de volumen de operaciones o que se inscriban voluntariamente en el Registro de Devolución Mensual (REDEME). La gran mayoría de los autónomos individuales no alcanzan ese umbral y presentan trimestralmente.
En cada período se declaran:
La presentación se hace aunque el resultado sea a cero o negativo: es obligatoria siempre que exista actividad.
Además de los cuatro modelos 303, los autónomos presentan el modelo 390 en enero (generalmente hasta el 30 de enero) como declaración informativa anual. Recoge el resumen de todas las operaciones del año. No supone un pago adicional; es una declaración informativa. Los autónomos que presentan el 303 mensualmente están exonerados del 390 si presentan el 303 del último período con los datos anuales integrados.
Hay que tener en cuenta que el modelo 390 es independiente del 303: no presentarlo tiene sus propias sanciones. Esta ficha no lo desarrolla para no solapar con la ficha específica.
Sofía es fotógrafa autónoma. En el segundo trimestre de 2026 ha emitido facturas con IVA al 21 % por un total de 8.000 € de base imponible. Ha comprado material fotográfico y pagado el alquiler de su estudio con IVA por un total de 1.200 € de IVA soportado.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| IVA repercutido (21 % × 8.000 €) | 1.680 € |
| IVA soportado deducible | 1.200 € |
| A ingresar en modelo 303 2T | 480 € |
Sofía presenta el modelo 303 antes del 20 de julio e ingresa 480 €. Si en el siguiente trimestre tiene gastos altos y el resultado es negativo, puede compensarlo en el 3T.
Al igual que el modelo 130, el 303 admite domiciliación bancaria. El plazo de presentación cuando se domicilia el pago termina cinco días antes del límite habitual (por ejemplo, el 15 de julio para el 2T). La carga en cuenta se realiza el último día del período.
Si en un trimestre no has emitido ninguna factura con IVA ni has tenido gastos deducibles (por ejemplo, estuviste de baja), igualmente debes presentar el modelo 303 a cero. No presentarlo es una infracción formal aunque el resultado sea nulo.
Para el procedimiento detallado de cumplimentación del modelo 303, consulta /guias/modelo-303-iva-trimestral. El calendario con todos los plazos está en /calendario-fiscal.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes