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Pregunta frecuente

¿Cuánto cobra un autónomo cuando se jubila?

La pensión de jubilación del autónomo se calcula igual que en el Régimen General: porcentaje sobre la base reguladora de los últimos 25 años de cotización, según escala de años cotizados. El problema estructural es que la mayoría de autónomos ha cotizado durante décadas por la base mínima, lo que lastra directamente la cuantía final.

En detalle

Respuesta directa

El autónomo cobra pensión de jubilación contributiva calculada sobre su base reguladora con el porcentaje que corresponde a sus años cotizados. No hay un importe fijo: depende enteramente de cuánto ha cotizado y durante cuántos años.

La fórmula básica:

Pensión = Base Reguladora × % (según años cotizados)

Años cotizados% base reguladora
1550 %
2058,6 %
2567,2 %
3078,5 %
3589,4 %
37+100 %

La base reguladora (BR) es la media mensual de las bases de cotización de los últimos 25 años (régimen general desde 2027), dividida entre 350 para obtener la cuantía mensual a efectos de la fórmula.

El problema real: cotizar por la mínima

Durante décadas, la práctica mayoritaria entre los autónomos españoles ha sido cotizar por la base mínima para reducir el coste mensual de la cuota. Consecuencia directa: una carrera de 35 años cotizando por la base mínima produce una pensión sensiblemente inferior a la de un asalariado con ingresos similares.

Con el nuevo sistema de cotización por rendimientos netos (en vigor desde 2023), la base de cotización debe ajustarse progresivamente a los ingresos reales declarados. Esto corrige el problema para las carreras futuras, pero no repara los años ya cotizados por la base mínima.

Caso numérico

Jorge, autónomo con 35 años cotizados, base reguladora media 1.000 €/mes:

  • % aplicable: 89,4 %.
  • Pensión mensual: 1.000 × 89,4 % = 894 €.
  • Pensión anual (14 pagas): 894 × 14 = 12.516 €.

Si Jorge hubiera cotizado por base media 1.800 €/mes durante los mismos 35 años:

  • Pensión mensual: 1.800 × 89,4 % = 1.609 €.
  • Pensión anual: 1.609 × 14 = 22.526 €.

La diferencia entre ambos escenarios es de más de 10.000 € anuales por haber cotizado por una base casi el doble.

Edad de jubilación en 2026

ModalidadEdadCotización mínima
Jubilación ordinaria (carrera corta)66 años y 10 mesesMenos de 38 años y 3 meses
Jubilación ordinaria (carrera larga)65 años38 años y 3 meses o más
Jubilación anticipada voluntaria63 años35 años cotizados
Jubilación anticipada involuntaria61 años33 años cotizados

La carencia mínima general es 15 años, de los cuales 2 deben estar dentro de los 15 años anteriores a la jubilación.

Topes de pensión

La pensión de jubilación tiene un mínimo garantizado y un máximo legal que fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para conocer los importes vigentes en 2026, consulta la Orden de revalorización de pensiones publicada en el BOE o la herramienta de simulación del INSS. Este observatorio no reproduce esas cifras para evitar desactualización entre actualizaciones anuales.

Cómo saber cuánto cobrarás

El INSS ofrece la herramienta "Tu Seguridad Social" (importass.seg-social.es), donde cualquier autónomo puede simular su pensión con los datos reales de su vida laboral. Es el único cálculo vinculante: cualquier simulación externa (incluida esta ficha) es orientativa.

Más información

  • Guía completa: Jubilación del autónomo: pensión y planificación.
  • Jubilación compatible con actividad: Jubilación activa del autónomo.
  • Cómo afecta la base de cotización: Tu base de cotización y tus prestaciones.

Fuentes

  • LGSS arts. 204-220, jubilación contributiva.
  • Ley 27/2011, reforma del sistema de pensiones.
  • RDL 2/2023, medidas de sostenibilidad.

Preguntas relacionadas

  • ¿Puedo jubilarme y seguir siendo autónomo?
  • ¿Puede un autónomo cobrar la jubilación?
  • ¿Qué cubre la Seguridad Social del autónomo?

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Cifras vigentes en 2026 según BOE citado. Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la administración correspondiente.