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  3. ¿Puedo deducir el alquiler de mi vivienda siendo autónomo?

Pregunta frecuente

¿Puedo deducir el alquiler de mi vivienda siendo autónomo?

Sí, pero solo la parte proporcional a la superficie afecta a la actividad. Si destinas el 20 % de los metros cuadrados de tu vivienda al trabajo, puedes deducir el 20 % del alquiler. Requiere comunicar la afectación a Hacienda en el modelo 036/037.

En detalle

Respuesta directa

Un autónomo que trabaja desde su vivienda puede deducir la parte del alquiler correspondiente a la superficie que destina exclusivamente a la actividad económica. El porcentaje se calcula dividiendo los metros cuadrados del espacio de trabajo entre los metros cuadrados totales de la vivienda.

Esta deducción requiere haber comunicado la afectación parcial de la vivienda a la AEAT mediante el modelo 036 (o 037 simplificado). Sin esa comunicación, la AEAT puede rechazar la deducción en una comprobación.

Cómo se calcula el porcentaje deducible

La fórmula es la proporción de superficie:

Porcentaje deducible = (m² de la zona de trabajo / m² totales de la vivienda) × 100

Ejemplo: si tienes una vivienda de 80 m² y dedicas una habitación de 12 m² exclusivamente al trabajo:

  • 12 / 80 = 15 %
  • Puedes deducir el 15 % del alquiler mensual.

Si el alquiler son 900 €/mes, la deducción mensual es 135 €/mes (1.620 €/año).

La zona debe estar dedicada exclusivamente al trabajo

El requisito clave es la afectación exclusiva: el espacio debe usarse solo para la actividad económica, no de forma simultánea para uso personal. Una habitación que de día es despacho y de noche dormitorio no cumple estrictamente el requisito, aunque en la práctica muchos asesores aplican la proporción de horas. La interpretación estricta de la AEAT exige exclusividad espacial.

Un despacho con mesa, ordenador y archivadores dedicado solo al trabajo tiene mejor defensa que una mesa plegable en el salón.

Qué ocurre con el IVA del alquiler

Si el arrendador no repercute IVA en el alquiler (lo más frecuente en arrendamientos residenciales con destino mixto), no hay IVA deducible.

Si el contrato es de arrendamiento de local de negocio y el casero factura con IVA, sí puedes deducirlo en la proporción afecta. Consulta con tu arrendador el tipo de contrato.

Modelo 036 / 037: la comunicación obligatoria

Para que la deducción sea válida, debes comunicar a la AEAT que tu vivienda está parcialmente afecta a la actividad. Esto se hace marcando la casilla correspondiente en el modelo 036 (epígrafe "Locales") o en el 037 simplificado.

Si ya estás dado de alta y no lo comunicaste en su momento, puedes presentar una modificación censal (036 de modificación) antes de que la AEAT inicie una comprobación.

La comunicación no es vinculante en el sentido de que "blinda" la deducción, pero sin ella la AEAT tiene un argumento formal para rechazarla.

Ejemplo completo

Paula, traductora autónoma, vive en un piso de 70 m² en alquiler por 800 €/mes. Tiene un despacho de 10 m² dedicado exclusivamente a traducciones.

ConceptoCifra
Superficie total70 m²
Superficie afecta10 m²
Porcentaje afecto14,28 %
Alquiler mensual800 €
Deducción mensual IRPF114,28 €
Deducción anual1.371,43 €

Además, Paula puede aplicar la regla del 30 % a los suministros (luz, agua, gas) sobre ese mismo porcentaje del 14,28 %. Ver ¿Puedo deducir la luz, el agua y el gas de casa?.

Diferencia con el propietario que trabaja en su vivienda

Si eres propietario (no arrendatario), no pagas alquiler, por lo que no hay cuota de arrendamiento que deducir. Lo que sí puedes deducir es la parte proporcional de:

  • Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
  • Gastos de comunidad.
  • Seguros del hogar (parte proporcional).
  • Amortización del inmueble (1,5 % del valor de construcción catastral sobre el porcentaje afecto).

La lógica de proporcionalidad es la misma, pero los conceptos cambian.

Avisos

La afectación de la vivienda tiene una implicación fiscal adicional: cuando vendas el inmueble, la parte que estuvo afecta a la actividad no se beneficia de la exención por reinversión en vivienda habitual. Es un aspecto que conviene valorar con tu asesor antes de formalizar la afectación si tienes intención de vender en el futuro.

Para el marco completo, consulta:

  • /doctrina/suministros-vivienda-afecta-regla-30
  • Guía: vivienda del autónomo deducible
  • Guía: gastos deducibles del autónomo

Fuentes

  • Ley 35/2006, IRPF, arts. 29 y 30.

Preguntas relacionadas

  • ¿Puedo deducir la luz, el agua y el gas de mi casa siendo autónomo?
  • ¿Puedo deducir el móvil y el internet siendo autónomo?
  • ¿Qué gastos puede deducir un autónomo?

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Cifras vigentes en 2026 según BOE citado. Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la administración correspondiente.