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Actividad IAE 641

Comercio menor de frutas, verduras y hortalizas

Sección IAE 1 (empresarial) · Tributable por módulos del IRPF

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 641 — Comercio menor de frutas, verduras y hortalizas cubre fruterías y verdulerías de barrio, mercados de abastos y puestos en mercadillos sedentarios. Producto fresco no transformado al consumidor final.

La actividad incluye:

  • Venta de frutas frescas (cítricos, frutas de hueso, exóticas, frutos rojos).
  • Venta de verduras y hortalizas frescas.
  • Patatas, ajos, cebollas, otros tubérculos.
  • Frutos secos sin transformación.
  • Hierbas aromáticas y plantas culinarias.

Excluye productos transformados (conservas, mermeladas, zumos elaborados) que requieren epígrafe distinto.

Métodos de tributación admitidos

Estimación directa simplificada o estimación objetiva (módulos).

Régimen IVA: recargo de equivalencia (obligatorio)

Reventa pura sin transformación → recargo obligatorio:

  • 4 % superreducido + recargo 0,5 % para frutas, verduras y hortalizas en estado natural.

No se presenta modelo 303 ni 390. No se deduce IVA soportado.

Módulos vigentes 2026

Orden HAC/1425/2025. Signos típicos:

  • Personal asalariado.
  • Personal no asalariado.
  • Potencia eléctrica (kW).
  • Superficie del local (m²).

Reducción general del 5 %.

Caso típico con cifras

Perfil: frutería de barrio, 40 m², gestión familiar (titular + cónyuge colaborador), 4 kW.

En módulos

  • Rendimiento neto previo: ~17.000 €/año.
  • Tras 5 %: ~16.150 €.

En estimación directa con recargo

  • Facturación bruta: 95.000 € + 4 % IVA.
  • Compras en mercado central de mayoristas (Mercamadrid, Mercabarna, etc.): 65.000 € + IVA + recargo.
  • Alquiler local: 9.000 € + IVA.
  • Suministros: 2.500 €.
  • Otros (consumibles, transporte): 2.000 €.
  • Rendimiento neto directa: ~16.500 €.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 14.000-22.000 €/año (1.166-1.833 €/mes), tramos 4-7 generales. Cuota mensual: 300-360 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana (87,15 €/mes en 2025, importe revisable anualmente), frecuentemente con prórroga (rendimientos < SMI).

Particularidades fiscales

  • Mostradores y exposición (cestas, cajas, escaparates): bienes de inversión.
  • Balanza homologada: bien de inversión menor.
  • Vehículo industrial (si lleva pedidos a domicilio): deducible al 100 %.
  • Bolsas y envases: consumibles.
  • Hielo y agua para mantener producto fresco: deducibles.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal (con prórroga frecuente).
  • Bonificación joven (< 30 años).
  • Familiar colaborador: muy frecuente.
  • Mujer rural en municipios <5.000 habitantes.
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Datos sectoriales

España tiene aproximadamente 15.000 fruterías activas. El sector mantiene presencia en barrios residenciales, mercados de abastos y mercadillos. Tendencias 2024-2026:

  • Fruterías ecológicas y de proximidad.
  • Especialización en producto premium (cesta a domicilio, suscripciones).
  • Tiendas multi-producto que combinan frutería con otras actividades alimentarias.

Errores fiscales frecuentes

  • Intentar deducir IVA estando en recargo.
  • Aplicar 10 % o 21 % en lugar del 4 % superreducido a frutas y verduras.
  • No declarar ventas en efectivo.
  • Confundir IAE 641 (al por menor) con 612.1 (mayorista).

Tabla detallada de cuota RETA 2026

Cuotas mensuales mínimas derivadas de la base mínima de cada tramo, con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026 (Orden PJC/297/2026):

Rendimiento neto previstoTramoBase mínimaCuota mensual
≤ 670 €/mes1 reducida653,59 €205,88 €
670 - 900 €/mes2 reducida718,94 €226,47 €
900 - 1.166 €/mes3 reducida849,67 €267,65 €
1.166 - 1.300 €/mes4 reducida955,07 €300,85 €
1.300 - 1.500 €/mes5 general960,78 €302,65 €
1.500 - 1.700 €/mes6 general1.026,80 €323,44 €
1.700 - 1.850 €/mes7 general1.054,16 €332,06 €
1.850 - 2.030 €/mes8 general1.209,15 €380,88 €
2.030 - 2.330 €/mes9 general1.225,40 €385,99 €
2.330 - 2.760 €/mes10 general1.225,40 €385,99 €
2.760 - 3.190 €/mes11 general1.350,53 €425,42 €
3.190 - 3.620 €/mes12 general1.519,61 €478,68 €
3.620 - 4.050 €/mes13 general1.575,07 €496,15 €
4.050 - 6.000 €/mes14 general1.700,73 €535,73 €
> 6.000 €/mes15 general1.928,10 €607,35 €

Estrategia de crecimiento y opciones jurídicas

A medida que la actividad se consolida, el autónomo en módulos suele plantearse tres saltos cualitativos:

  • Pasar a estimación directa: cuando los rendimientos reales superan claramente a los estimados por módulos, lo que es habitual en años de alta facturación. La renuncia se comunica con el modelo 036/037 y vincula 3 años.
  • Constituir una Sociedad Limitada (SL): cuando los rendimientos netos superan los 60.000-80.000 €/año, la fiscalidad de SL (tipo IS 23-25 %) compensa la mayor complejidad contable.
  • Contratar el primer asalariado: paso natural cuando el volumen requiere apoyo permanente. Implica gestión laboral (modelo 111, 190, nómina, alta Régimen General del trabajador).

Bonificaciones autonómicas relevantes

Las CCAA con Cuota Cero o Tarifa Cero cubren el coste del RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares, La Rioja y Madrid (modalidad propia) son las más activas en 2026 para este perfil.

Norma de los módulos

  • Orden HAC/1425/2025 vigente 2026: BOE-A-2025-25272.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 91 (tipo superreducido) y art. 154-163 (recargo).
  • Normativa sanitaria autonómica de comercio alimentario.

Tabla oficial de módulos

Esta actividad puede tributar por estimación objetiva. Consulta los módulos vigentes y su importe anual en la ficha específica: módulos IRPF para comercio menor de frutas, verduras y hortalizas.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en comercio menor de frutas, verduras y hortalizas y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 641.

Calculadora de cuota RETAMódulos IRPF 641Neto disponible

Actividades relacionadas

Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:

  • Comercio menor de carne y despojos (IAE 642.1)
  • Comercio menor de pescados y mariscos (IAE 642.5)
  • Comercio menor de pan, pasteles, confitería y lácteos (IAE 643.1)
  • Comercio menor de pan, pastelería y similares (IAE 644.1)
  • Comercio menor de alimentación en establecimientos polivalentes (IAE 647.1)
  • Comercio menor en establecimientos con vendedor (menos de 120 m²) (IAE 647.2)

Recursos relacionados

  • Cómo se calcula la cuota del autónomo según tus rendimientos
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene
  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.