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Actividad IAE 682

Hospedaje en hostales y pensiones

Sección IAE 1 (empresarial)

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 682 — Hospedaje en hostales y pensiones corresponde a establecimientos hoteleros de categoría menor con clasificación turística específica: hostal de 1 o 2 estrellas, pensión, casa de huéspedes con autorización autonómica. Requiere inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) y autorización del órgano autonómico de turismo.

La actividad incluye:

  • Hostal de 1 o 2 estrellas con clasificación oficial.
  • Pensión completa o pensión a media tabla.
  • Casa de huéspedes urbana o rural.
  • Hospedaje complementario sin servicio integral de hotel (cocina, bar abierto al público): si los presta requieren epígrafe adicional.

Métodos de tributación admitidos

Solo estimación directa (simplificada si la facturación no excede 600.000 €/año; normal por encima). No elegible para módulos desde la reforma del IRPF de 2018.

Régimen IVA

  • Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
  • Tipo IVA aplicable: 10 % reducido en hospedaje (art. 91 LIVA), tanto en habitación como en desayuno incluido.
  • Servicios accesorios (parking, lavandería separada): pueden tener tipos distintos.

Particularidades fiscales

  • Modelo 115 trimestral por retención del 19 % si el local es alquilado a propietario no exento.
  • Modelo 111 si hay asalariados (limpieza, recepción).
  • Tasa turística autonómica en algunas CCAA (Cataluña, Baleares, Comunidad Valenciana): no es IVA, es ingreso del cliente que el hostal recauda y entrega a Hacienda autonómica.
  • Registro de viajeros: obligación de identificar al huésped y reportar al Ministerio del Interior (Real Decreto 933/2021).

Caso típico con cifras

Perfil: hostal familiar de 12 habitaciones en capital de provincia, gestión por autónomo titular y cónyuge colaborador.

  • Facturación bruta anual: 80.000-150.000 € (sin IVA repercutido).
  • Gastos reales: alquiler 12.000-20.000 €, suministros 8.000-12.000 €, limpieza 6.000-10.000 €, gestoría 1.500-2.500 €, mantenimiento 3.000-5.000 €.
  • Rendimiento neto IRPF: 15.000-35.000 €/año según ocupación y región.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 15.000-35.000 €/año (1.250-2.916 €/mes), tramos 4-10 generales. Cuota mensual aproximada: 300-427 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (80,00 €/mes en 2026; cifra revisable cada año), prorrogable a 24 si rendimientos < SMI.

Estacionalidad

  • Hostal urbano: ocupación estable todo el año, con picos en festivos y congresos.
  • Hostal rural/turismo: estacionalidad pronunciada (Semana Santa, julio-agosto, puentes).
  • Hospedaje de obreros (mineros, agrícolas temporeros): contratos largos con descuentos.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal en alta inicial: ahorra ~200-250 €/mes durante el primer año.
  • Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
  • Mujer rural en municipios <5.000 habitantes (hostal rural).
  • Familiar colaborador: muy frecuente en negocio familiar.
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Datos sectoriales

España tiene aproximadamente 9.000 hostales y pensiones activos, en retroceso por la presión de:

  • Apartamentos turísticos (VUT) gestionados via Airbnb, Booking.
  • Cadenas low-cost (Ibis Budget, Travelodge).
  • Albergues juveniles con régimen específico.

Errores fiscales frecuentes

  • Aplicar 21 % al hospedaje (debe ser 10 %).
  • No registrar viajeros ante el Ministerio del Interior (multa hasta 30.000 €).
  • No diferenciar tasa turística del ingreso propio (la tasa no es ingreso, se reembolsa).
  • No declarar comisión de Booking, Expedia (afecta el IVA, modelo 349 intracomunitario).

Tabla detallada de cuota RETA 2026

La cuota mensual del RETA depende del tramo de rendimientos netos: va desde 205,88 €/mes en el tramo mínimo hasta 607,35 €/mes en el tramo máximo (cotizando por la base mínima de cada tramo), con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026. La tabla completa por tramo, con bases mínima y máxima de cotización, está en Cuota de autónomo 2026; para el cálculo a partir de tus rendimientos, la calculadora de cuota. Las nuevas altas pagan 80,00 €/mes con la tarifa plana durante los primeros 12 meses (art. 38 ter de la Ley 20/2007).

Estrategia de crecimiento

  • Optimización de gastos deducibles: revisar trimestre a trimestre que se computa todo el gasto afecto (vehículo, suministros, software, formación, seguros).
  • Crecimiento en plantilla: contratación del primer asalariado con modelo 111 mensual o trimestral según volumen.
  • Forma societaria: cuando rendimientos consolidados superan 60.000-80.000 €/año, valorar el salto a SL para optimizar fiscalidad.

Bonificaciones autonómicas

Las CCAA con Cuota Cero cubren el RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja son las más activas en 2026 para perfiles empresariales de este sector.

Norma de referencia

  • Ley 35/2006 del IRPF: BOE-A-2006-20764.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 91 (tipo reducido del 10 %).
  • Real Decreto 933/2021 (registro de viajeros).
  • Normativa autonómica de turismo: cada CCAA regula su clasificación de hostales y pensiones.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en hospedaje en hostales y pensiones y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 682.

Calculadora de cuota RETANeto disponible

Actividades relacionadas

Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:

  • Hospedaje en hoteles y moteles (IAE 681)
  • Hospedaje en fondas y casas de huéspedes (IAE 683)
  • Alojamiento turístico extrahotelero (apartamentos turísticos y casas rurales) (IAE 685)

Recursos relacionados

  • Cómo se calcula la cuota del autónomo según tus rendimientos
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene
  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 22 de agosto de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.