Qué incluye la actividad
El epígrafe IAE 682 — Hospedaje en hostales y pensiones corresponde a establecimientos hoteleros de categoría menor con clasificación turística específica: hostal de 1 o 2 estrellas, pensión, casa de huéspedes con autorización autonómica. Requiere inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) y autorización del órgano autonómico de turismo.
La actividad incluye:
- Hostal de 1 o 2 estrellas con clasificación oficial.
- Pensión completa o pensión a media tabla.
- Casa de huéspedes urbana o rural.
- Hospedaje complementario sin servicio integral de hotel (cocina, bar abierto al público): si los presta requieren epígrafe adicional.
Métodos de tributación admitidos
Solo estimación directa (simplificada si la facturación no excede 600.000 €/año; normal por encima). No elegible para módulos desde la reforma del IRPF de 2018.
Régimen IVA
- Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
- Tipo IVA aplicable: 10 % reducido en hospedaje (art. 91 LIVA), tanto en habitación como en desayuno incluido.
- Servicios accesorios (parking, lavandería separada): pueden tener tipos distintos.
Particularidades fiscales
- Modelo 115 trimestral por retención del 19 % si el local es alquilado a propietario no exento.
- Modelo 111 si hay asalariados (limpieza, recepción).
- Tasa turística autonómica en algunas CCAA (Cataluña, Baleares, Comunidad Valenciana): no es IVA, es ingreso del cliente que el hostal recauda y entrega a Hacienda autonómica.
- Registro de viajeros: obligación de identificar al huésped y reportar al Ministerio del Interior (Real Decreto 933/2021).
Caso típico con cifras
Perfil: hostal familiar de 12 habitaciones en capital de provincia, gestión por autónomo titular y cónyuge colaborador.
- Facturación bruta anual: 80.000-150.000 € (sin IVA repercutido).
- Gastos reales: alquiler 12.000-20.000 €, suministros 8.000-12.000 €, limpieza 6.000-10.000 €, gestoría 1.500-2.500 €, mantenimiento 3.000-5.000 €.
- Rendimiento neto IRPF: 15.000-35.000 €/año según ocupación y región.
Cuota RETA orientativa
Con rendimientos 15.000-35.000 €/año (1.250-2.916 €/mes), tramos 4-10 generales. Cuota mensual aproximada: 300-427 €/mes en 2026.
Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (80,00 €/mes en 2026; cifra revisable cada año), prorrogable a 24 si rendimientos < SMI.
Estacionalidad
- Hostal urbano: ocupación estable todo el año, con picos en festivos y congresos.
- Hostal rural/turismo: estacionalidad pronunciada (Semana Santa, julio-agosto, puentes).
- Hospedaje de obreros (mineros, agrícolas temporeros): contratos largos con descuentos.
Bonificaciones aplicables al perfil
- Tarifa plana estatal en alta inicial: ahorra ~200-250 €/mes durante el primer año.
- Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
- Mujer rural en municipios <5.000 habitantes (hostal rural).
- Familiar colaborador: muy frecuente en negocio familiar.
- Cuota Cero autonómica según CCAA.
Datos sectoriales
España tiene aproximadamente 9.000 hostales y pensiones activos, en retroceso por la presión de:
- Apartamentos turísticos (VUT) gestionados via Airbnb, Booking.
- Cadenas low-cost (Ibis Budget, Travelodge).
- Albergues juveniles con régimen específico.
Errores fiscales frecuentes
- Aplicar 21 % al hospedaje (debe ser 10 %).
- No registrar viajeros ante el Ministerio del Interior (multa hasta 30.000 €).
- No diferenciar tasa turística del ingreso propio (la tasa no es ingreso, se reembolsa).
- No declarar comisión de Booking, Expedia (afecta el IVA, modelo 349 intracomunitario).
Tabla detallada de cuota RETA 2026
La cuota mensual del RETA depende del tramo de rendimientos netos: va desde 205,88 €/mes en el tramo mínimo hasta 607,35 €/mes en el tramo máximo (cotizando por la base mínima de cada tramo), con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026. La tabla completa por tramo, con bases mínima y máxima de cotización, está en Cuota de autónomo 2026; para el cálculo a partir de tus rendimientos, la calculadora de cuota. Las nuevas altas pagan 80,00 €/mes con la tarifa plana durante los primeros 12 meses (art. 38 ter de la Ley 20/2007).
Estrategia de crecimiento
- Optimización de gastos deducibles: revisar trimestre a trimestre que se computa todo el gasto afecto (vehículo, suministros, software, formación, seguros).
- Crecimiento en plantilla: contratación del primer asalariado con modelo 111 mensual o trimestral según volumen.
- Forma societaria: cuando rendimientos consolidados superan 60.000-80.000 €/año, valorar el salto a SL para optimizar fiscalidad.
Bonificaciones autonómicas
Las CCAA con Cuota Cero cubren el RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja son las más activas en 2026 para perfiles empresariales de este sector.
Norma de referencia
- Ley 35/2006 del IRPF:
BOE-A-2006-20764.
- Ley 37/1992 del IVA, art. 91 (tipo reducido del 10 %).
- Real Decreto 933/2021 (registro de viajeros).
- Normativa autonómica de turismo: cada CCAA regula su clasificación de hostales y pensiones.